La Justicia rosarina condenó a pagar 750 mil pesos al conductor de un auto, que pasó un semáforo en rojo y chocó con otro vehÃculo en el que viajaba una joven de 15 años, que posteriormente murió, en 2003. Los jueces consideraron que la vÃctima circulaba sin el cinturón de seguridad, por lo que se planteó que la vÃctima tuvo un 20 por ciento de responsabilidad en el accidente fatal. El Tribunal Colegiado Extracontractual de la 2º nominación, conformado por Delfina DomÃnguez, Viviana Cingolani y Hernán Carrillo consideró que hubo "imprudencia y negligencia" en el proceder del hombre que iba al volante de un Fiat Palio, en agosto de 2003, pasadas las 15, cuando intentó cruzar sin habilitación el semáforo de Ayolas y Alem. La chica iba en el asiento trasero de un Renault 12, pero no llevaba puesto el cinturón de seguridad, por lo que habrÃa salido despedida y falleció al poco tiempo. La sanción alcanzó también al titular registral del auto que cometió la infracción.
Los padres de la vÃctima recibirán la reparación por el accidente ocurrido el 20 de agosto de 2003. MarÃa Celeste Ruiz, la vÃctima fatal, perdió la vida de camino al hospital, a raÃz de las graves heridas y politraumatismos sufridos por el impacto. El Fiat Palio que circulaba por Ayolas y cruzó la esquina de Alem cuando el semáforo no lo habilitaba chocó contra un Renault 12 en el que viajaba la joven. El fallo del tribunal de Alzada destaca que el conductor que pasó con un semáforo en rojo "debe responder por las consecuencias dañosas que causa su comportamiento".
Sin embargo, también advirtió que la joven fallecida fue despedida del vehÃculo, mientras viajaba en el asiento trasero, porque no llevaba puesto el cinturón de seguridad "de uso obligatorio". Y detalla la ordenanza municipal que sostiene que "para poder circular en un automotor es indispensable que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehÃculos que por reglamentación deben poseerlos".
En ese sentido, los jueces entendieron que la vÃctima del accidente fue culpable del hecho en un 20 por ciento y por lo tanto, la demanda prospera en un 80 por ciento para el autor y responsable del cruce del semáforo.
Con relación a la pretensión de los padres de un resarcimiento por la muerte de su hija, el tribunal señala que "la vida humana no tiene valor económico por sÃ, pero puede tenerlo en consideración a lo que produce o puede producir". Además, apunta que "que la muerte de un hijo representa para sus progenitores la pérdida de una chance y la futura colaboración que ese hijo hubiera podido prestarle de haber seguido viviendo, en la ancianidad".
La condena para el conductor que pasó con el semáforo en rojo, y para el titular registral del vehÃculo consiste en que ambos deberán pagarle a los padres de la joven muerta 405.000 pesos (200 mil para la madre; y 205 mil para el padre, ya que tramitaron diferentes demandas, que fueron acumuladas) en concepto de capital, suma que se eleva con los intereses correspondientes.
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