La Justicia laboral conden贸 al Sindicato Obrero de la Industria del Vestido (filial Foniva) a resarcir a la empleada de una empresa por mantener una "conducta omisiva", ya que la afiliada se postul贸 para las elecciones a delegados y accedi贸 a la conducci贸n de la entidad, pero cinco meses despu茅s fue despedida de la empresa en la que trabajaba. La firma nunca hab铆a sido notificada de esa situaci贸n y se considera que existi贸 "mala praxis sindical". Se trata de un fallo sin antecedentes en la justicia local. Mar铆a Estela P. inici贸 la demanda contra la empresa, pero a desde la firma contestaron que no est谩n al tanto del resultado de las elecciones, que el gremio inform贸 seis meses despu茅s. La justicia consider贸 culpable al sindicato por "no notificar en tiempo a la empleadora de la postulaci贸n y posterior elecci贸n de la trabajadora para el cargo gremial".
El gremio incurri贸 en omisi贸n en dos oportunidades: no comunic贸 al empleador de la trabajadora el car谩cter de postulante en el proceso eleccionario; ni que 茅sta se hab铆a convertido en integrante de la comisi贸n directiva desde 2008 a 2012.
En primera instancia la justicia le dio la raz贸n a la mujer, y ahora la sala Tercera de la C谩mara Laboral de Apelaciones confirm贸 el fallo.
La sentencia sostiene que el sindicato deber谩 pagarle a la mujer los salarios correspondientes a los seis meses previos al inicio del mandato, cuatro a帽os que le correspond铆an por su condici贸n de gremialista, y el a帽o de estabilidad laboral posterior a la culminaci贸n del cargo. En total, deben resarcirla econ贸micamente con 66 sueldos.
Para los camaristas, resulta "evidente el perjuicio de la trabajadora al "perder" la tutela o protecci贸n especial pertinente al ejercicio de su cargo gremial que conlleva el derecho a exigir mediante sanciones compulsorias su reinstalaci贸n para el caso del despido".
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