La entrada en vigencia del Convenio de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño en septiembre de 1990 fue el resultado de múltiples esfuerzos por obtener el reconocimiento de las necesidades y la vulnerabilidad de la/os niña/os como personas por parte de toda la comunidad internacional.
Desde el 27 de septiembre de 1990 se sancionó en Argentina los 54 artÃculos de la Convención sobre los Derechos del Niño. Fue promulgada de hecho el 16 de octubre del mismo año e incorporada el 22 de agosto de 1994 a la Constitución Nacional, dentro del artÃculo 75 (inciso 22). De aplicarse esta ley, se evitarÃa la mayor injusticia humana: bloquear el crecimiento y desarrollo de los niños abortando sus derechos más legÃtimos.
Las leyes deben ser normas jurÃdicas nacidas de prácticas sociales legÃtimas. En cada contexto sociocultural se aplica con mayor o menor intensidad, pero esta en particular defiende el ciclo vital y el futuro de la humanidad. Desconocer esta ley no solo diagnostica el riesgoso estado de Anomia sino que altera la embriologÃa de toda convivencia pacÃfica.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño constituye una lista completa de las obligaciones que deben asumir los estados para con la/os niña/os y los jóvenes; obligaciones que pueden ser directas, como el caso de la justicia de menores y el derecho a la educación o, indirectas como la protección y el cuidado de los padres hacia sus hija/os.
Se intenta hacer referencia en este espacio a las problemáticas inherentes a los derechos de la/os niña/os y los jóvenes: el derecho a la no discriminación, el especial interés por cubrir sus necesidades básicas "salud, educación y alimentación", el derecho a la vida, al crecimiento y desarrollo, el respeto de sus opiniones, la protección de su identidad, como asà también la no privación de su libertad y la protección frente al maltrato y abuso infantil.
Hoy, a nivel mundial y, en forma alarmante en los paÃses latinoamericanos, no solamente se vulneran estos derechos, sino que aumentan las situaciones de riesgo y de desprotección de niña/os y jóvenes, especialmente en aquellos sectores situados en contextos de extrema pobreza.
* Mirta Guelman, Juan Leandro Artigas, Alicia Rajmil y EfraÃn Hutt.
* http://www.naya.org.ar/eventos/2calddhh.htm http://www.unr.edu.ar/secretarias_direccion/238/subsecretaria_de_derechos_humanos.
Ponencia presentada para el II Congreso Argentino - Latinoamericano de Derechos Humanos "Un compromiso de la Universidad", que se realizará en abril.
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