La Sala Tercera del máximo tribunal penal bonaerense, al igual que recientemente lo hizo la Sala Primera, ratificó el criterio y, así, sobreseyó a un joven que fue sorprendido con una escasa cantidad de marihuana en su poder.
Los camaristas Ricardo Borinsky y Víctor Violini consideraron que la tenencia no es punible cuando "no se efectúa públicamente ni se incita a terceros a consumir".
"La incriminación sólo será procedente en casos en que la tenencia de estupefacientes para consumo personal se concrete de un modo tal que trascienda la esfera de intimidad del sujeto y represente un peligro para la salud pública de terceros", contrapusieron.
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