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Ultimas Noticias|Martes, 18 de mayo de 2010
La Cámara porteña ratificó la absolución del ex secretario de FTV

La movilización organizada por D'Elía "no fue antijurídica"

Así lo consideraron los magistrados miembros de la Sala I de la Cámara en lo Penal Contravencional y de Faltas porteña, que coincidieron con el fallo judicial que absolvió al ex secretario Federación Tierra y Vivienda del delito de obstrucción de la vía pública e impedimento de la circulación de vehículos con una movilización organizada en mayo de 2009 por la avenida Rivadavia.

"La movilización organizada por Luis Angel D´Elía no es antijurídica (...) se ha mantenido dentro de los cauces institucionales, no habiendo sido más que el ejercicio regular del derecho constitucional del procesado, aunque hubiere sido masiva, y que por su número hubiere causado -como resulta lógico- molestias en la circulación de vehículos y transporte público", concluye la resolución que compara la manifestación en cuestión con puebladas a Plaza de Mayo de 1811, el 17 de octubre de 1945 -Día de la Lealtad peronista- y las movilizaciones de Juan Carlos Blumberg debido a que en esas ocasiones los manifestantes tampoco pidieron permiso para movilizarse y exteriorizar sus reclamos o adhesiones.

Si bien el fallo no fue unánime --los jueces José Sáez Capel y Elizabeth Marum dieron el voto mayoritario, a contrapelo de la opinión de su colega Marcelo Vázquez--, ratificó la absolución que alcanzó D'Elía tras el juicio que se le siguió por encabezar, el 7 de mayo de 2009, una manifestación desde el barrio de Liniers hasta la Plaza de Mayo por todos los carriles de la avenida Rivadavia en apoyo a la candidatura de Néstor Kirchner a diputado nacional, y en exigencia de "más morochos" en las listas de candidatos del kirchnerismo.

El fiscal Adolfo Bormida apeló ese fallo y acusó al dirigente de infringir los artículos 78 y 69 del Código Contravencional, pedido al que la Cámara porteña no dio lugar. Por el contrario, ratificó el derecho de D'Elía y sus hombres a manifestarse porque -se sostuvo- "en un Estado Constitucional de Derecho como el nuestro, la libertad de expresión no parece que en principio pueda ser limitada por una previa notificación administrativa a la autoridad".

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