Se trata de una causa en la que Multicanal había cuestionado la resolución 227/08 del Comité Federal de Radiodifusión, al considerar que ese organismo carecía de facultades para adoptar una decisión respecto de la grilla de programación de los operadores de cable, según explicó el Centro de Información Judicial.
El caso llegó al Máximo Tribunal tras el recurso extraordinario presentado por el Estado Nacional contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que hizo lugar a la acción de amparo iniciada por la compañía y declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Medios.
La ley, según la Corte, "regula en forma integral la prestación de servicios de comunicación audiovisual y, en lo que ahora resulta de interés, en su artículo 65 legisla sobre los contenidos de la programación y, en particular, establece concretas disposiciones respecto del ordenamiento de la grilla de los operadores de servicios de televisión por suscripción de recepción fija”, por lo que corresponde su aplicación.
De esta manera, la Corte dejó en claro que al haberse sancionado la Ley de Medios, las resoluciones anteriores quedan subsumidas a ella, por lo que el reclamo que hizo Multicanal contiene un planteo "abstracto" acerca del cual "le está vedado expedirse" al tribunal.
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