Viernes, 3 de febrero de 2012 | Hoy
EL PAíS › EL JUEZ STADLER ACUSó A SUSANA FREYDOZ POR “HOMICIDIO CALIFICADO AGRAVADO POR EL VíNCULO”
Por el crimen del ex gobernador de Río Negro, la mujer podría afrontar una pena de hasta 25 años de cárcel o prisión perpetua. Hasta el inicio del juicio oral permanecería internada bajo atención especial por su estado de salud mental.
“Homicidio calificado, agravado por el vínculo y utilización de arma de fuego”, son los cargos por los cuales fue procesada Susana Freydoz, viuda del ex gobernador de Río Negro Carlos Soria. La mujer, acusada por el homicidio de su esposo a sólo 21 días de su elección como mandatario rionegrino, permanecería hasta el juicio oral internada bajo atención especial por su estado de salud mental, a pesar de que esos delitos implican prisión preventiva. Así lo decidió el juez de instrucción penal Emilio Stadler, quien interviene en el caso por el asesinato de Soria, ocurrido el 1º de enero en la casaquinta de la familia en las afueras de General Roca. El abogado de Freydoz, Alberto Riccheri, consideró que “la determinación del procesamiento es provisoria, porque el juez estaba urgido por los plazos de procedimiento establecidos por la ley”; tras mostrarse en desacuerdo con la interpretación de los hechos que hizo el magistrado, manifestó que la resolución “puede revocarse de oficio”.
La muerte de Soria se produjo el 1º de enero, a las 4.50, en el hospital de Roca, al que llegó con un disparo de arma de fuego que le ingresó en la cabeza por el pómulo izquierdo y quedó alojado en el cerebro. Según la reconstrucción de los hechos, que el juez Stadler menciona en el auto de procesamiento, Soria y su esposa permanecían solos en el dormitorio matrimonial, después de la cena familiar de Año Nuevo. En esos momentos se produjo una fuerte discusión que tuvo un final precipitado cuando la mujer tomó un revólver calibre 38, que estaba en la mesa de luz de su esposo, y disparó contra el hombre, que permanecía acostado en la cama.
Tras conocerse el procesamiento de Freydoz, su abogado defensor dijo que “falta conocer el resultado de algunas pruebas de carácter fundamental, como las de tipo psiquiátrico en la persona de Susana Freydoz, de carácter histopatológico en muestras de piel tomadas al cadáver de Soria para determinar la distancia del disparo, y en la misma arma con la que se cometió el homicidio”. En ese sentido, Riccheri no descartó que, “una vez recibido el resultado final de las pruebas, el juez pueda disponer la revocatoria del procesamiento”. Añadió que, por lo mismo, “vamos a analizar el dictamen y esperar la marcha de los acontecimientos antes de presentar una eventual apelación, con un eventual pedido de sobreseimiento dada la inimputabilidad de mi clienta”.
La viuda, ahora procesada, padece una fuerte depresión y, según el informe de los psiquiatras que la atienden, podría atentar contra su propia vida. Por esta razón, su abogado pidió, la semana pasada, su traslado a un centro médico con atención especializada. Así, Freydoz dejó la casa de sus familiares, en la ciudad de Allen, en donde permanecía desde la mañana de la tragedia, para quedar internada en el área de Clínica Médica del hospital de Cipolletti. Sus allegados manifestaron en ese momento que hubieran preferido un centro privado.
La viuda fue sometida a estudios por parte de psiquiatras del servicio médico forense, pero las conclusiones no fueron oficialmente informadas. El psiquiatra Luis Di Giácomo, amigo personal de la familia y actual presidente del Concejo Deliberante de Roca, dijo que “ella tiene recuerdos segmentados de lo que ocurrió aquella noche”. Todas las fuentes médicas coinciden en que la mujer se automedicaba con fármacos antidepresivos y que ello, sumado a la ingesta de alcohol en la tradicional cena de fin de año, pudo haberla llevado a un momento de profundo desequilibrio emocional. Tal diagnóstico resulta funcional a la estrategia de su defensa, que apunta al argumento de que ella habría actuado bajo “emoción violenta” y, por lo tanto, resultaría inimputable.
La calificación de “homicidio calificado, agravado por el vínculo y el uso de arma de fuego” es la más grave que prevé el Código Penal y, en caso de llegar a una condena, podría significar una pena de hasta 25 años de cárcel o prisión perpetua.
Tras el deceso de Soria se aplicó el régimen de acefalía, por primera vez en la historia institucional de Río Negro, y asumió la titularidad del Poder Ejecutivo Alberto Weretilneck, quien era hasta ese momento el vicegobernador, con la misión de completar el mandato hasta diciembre de 2015.
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