Martes, 9 de febrero de 2016 | Hoy
EL PAíS › EL ABOGADO PABLO SALINAS PEDIRá PERPETUA PARA LOS MAGISTRADOS DE MENDOZA ACUSADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD
El representante del MEDH adelantó a Página/12 qué pena solicitará para Luis Miret, Guillermo Petra, Evaristo Carrizo y Otilio Romano. En el comienzo de su alegato explicó que “brindaron la impunidad que permitió” para secuestros y desapariciones.
Por Alejandra Dandan
Dicen que durante las audiencias los cuatro jueces acusados se la pasan haciendo objeciones por lo bajo como las tías en las mesas de fin de año. Pero esta vez escucharon y no abrieron la boca. Cada vez más enmudecidos, escucharon la primera jornada de alegatos de Pablo Salinas, abogado del Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos (MEDH) que proyectó varias páginas de un PowerPoint en una pantalla con números de expedientes, fojas de causas y palabras textuales con las que esos mismos jueces rechazaron y cerraron unos 200 expedientes durante la dictadura, sin investigar, ni mover un papel. Salinas no sabe qué les pasó exactamente a los jueces durante audiencia pero está convencido de que la rotunda y desgarradora literalidad de los viejos papeles en casos como el de la adolescente Luz Amanda Faingold, de 17 años, los calló.
“El entonces juez Luis Miret en el expediente 34.498 B, caratulado como NATALIO FAINGOLD/solicita entrega de su hija LUZ AMANDA FAINGOLD, negó restituir a la joven de 17 años Luz Faingold a sus padres a través de la resolución del día 6 de septiembre de 1975”, señaló uno de los PowerPoint. “Los argumentos fueron los siguientes: ‘No obstante sus escasos 17 años podría ser un sujeto de gran peligrosidad’, ‘la nombrada hace vida de adulto siendo aún una niña’. Y siguiendo con el dictamen del Fiscal Otilio Romano fs 13 vta, no hizo entrega de la menor a los padres y la mandó alojar en dependencias de la Dirección Provincial del Menor”.
El MEDH concluyó la primera de tres audiencias previstas del alegato del llamado juicio a los jueces que recomenzó la semana pasada con una esperada duplicación de horas de audiencias. Entre los 38 acusados –junto a integrantes del Ejército, Fuerza Aérea y Policía– figura Luis Miret y Otilio Romano, juez y fiscal federal durante la dictadura, premiados con una carrera judicial en ascenso que los llevó a integrar hasta hace muy poco la Cámara Federal de Mendoza. También son juzgados Guillermo Petra Recabarren y Evaristo Carrizo. En línea con el pedido de ampliación de acusación que presentó la fiscalía el año pasado, el MEDH los acusa por participación primaria en homicidio y torturas; asociación ilícita y participación primaria en delitos de ataque sexual. Aunque hay gradualidades, el organismo va a pedir para los cuatro condenas a perpetuas como lo hizo en el alegato que acaba de concluir esta semana la Secretaría de Derechos Humanos de Nación, representada por el abogado Fernando Peñaloza. El de Mendoza es uno de los juicios de más importantes del año. En la primera jornada de alegatos el MEDH delineó el rol específico de la justicia federal penal en el engranaje represivo y luego caracterizó los actos de los jueces en un debate que tiene entre sus singularidades más claras el estar atravesado por un enorme volumen de pruebas documentales. Los hábeas corpus y casi dos centenares de sumarios judiciales firmados por los acusados muestran no sólo la clausura de las investigaciones, sino cómo la justicia “hacía la retaguardia para que pudieran continuar los secuestros y las desapariciones”, dice Salinas.
–¿Qué sucedió en la audiencia con los jueces?
–Un dato es que los defensores salieron a pedirme un expediente que presenté en la pantalla. Una discusión del juicio es sobre la competencia. Los jueces cambian los argumentos de defensa, entre ellos dijeron que no eran competentes porque una ley de Videla establecía la competencia militar. Sin embargo, ellos jamás la invocaron, sino que invocaban la ley 20.840 que establecía la competencia federal para declarar la competencia. La competencia está probada entre otras cosas porque firmaban los expedientes; porque habían hecho hasta un sello para estandarizar las respuestas y porque, además, la policía reconocía la competencia dado que les mandaba todos los sumarios a ellos. Pero en el alegato presenté una prueba más: un expediente (37954-B) de una detenida en la cárcel de Devoto, Maria Susana Liggera, en el que la Corte Suprema de Justicia de Nación ya en 1977 resolvió que la competencia la tenía la Justicia Federal de Mendoza. Así que además de que ellos se declaraban competentes, la Corte de esa época también lo hacía. En ese momento, todos los defensores se pusieron como locos porque no conocían ese fallo.
–Hay causas que involucran a funcionarios del Poder Judicial en distintas etapas en todo el país. ¿Cuál es la diferencia del caso Mendoza?
–En el alegato hice referencia a esas otras causas abiertas porque los mendocinos creen que esto es sólo en contra de ellos. Repasé todas las causas para explicar que el terrorismo de Estado necesitaba a la justicia federal penal. No necesitaba de toda la justicia, ni a los 5.000 jueces de Argentina. Necesitaban a los jueces federales penales porque era un universo más chico, más manejable, pero además estaban en general compenetrados con el régimen porque, por ejemplo, los ascensos dependían de ser fieles al régimen represivo.
–¿Dependían del nombramiento de Jorge Videla, por ejemplo?
–El ex juez Miret manifestó en el juicio que el día que fue nombrado camarista tocó el cielo con las manos y la designación fue la recompensa que le otorgó el teniente general Jorge Rafael Videla por su actuación desde 1975 en la justicia federal como subrogante. Pero además esto es derecho penal de acto y no juzgamos al que juzga sino al que ejecutó el plan represivo. El que lo aplicó. Y no pasaba acá nada más sino en todo el país. Lo que tuvo Mendoza fue un fiscal como Omar Palermo durante la instrucción del juicio que hizo un requerimiento impecable y los mandó a juicio sin problema. Otras provincias no tuvieron esa suerte.
–¿Pero Mendoza además tiene una serie de pruebas destacables?
–Acá están por un lado los hábeas corpus. Si a mí como fiscal, por ejemplo, viene una mujer de 26 años como Adriana Bonoldi que denuncia que le secuestraron al marido de 22, como Marcelo Carrera, y dice que lo secuestraron, la llevaron al barrio y abusaron de ella, y me presenta un hábeas corpus y lo rechazo con costas, estoy siendo partícipe de que esos hechos nunca se investiguen. El fiscal tuvo noticias del crimen. No era como el resto de la ciudadanía, porque otro argumento de ellos es que dicen que no sabían lo tremendo que era Videla. Ese es, según pude ver, el mismo argumento del defensor de los jueces nazis en el juicio a Nuremberg. Hitler era una bestia, y decían que ellos no sabían que era una bestia. Acá también tratan de descargar la culpa en el dictador, pero el dictador no es él solo responsable, sino que lo son todas las instituciones que colaboraron para que pudieran llevar adelante este genocidio.
–Además de los hábeas corpus, usted menciona otros documentos.
–Los otros documentos son expedientes que se conocen como del ‘fiscal contra autores desconocidos’: son las causas en las que el familiar además de hacer la presentación de hábeas corpus se iba a la comisaría del barrio y hacía una denuncia. Allí decía: ‘Mire, me han secuestrado a mi hija de 19 años, me han robado, roto la puerta y todo lo demás’ y la policía mandaba todos los sumarios directamente a Romano o a Miret. Había razones históricas para hacerlo. Aquí también entra el tema de la competencia. Ya desde el año 1975, la Policía estaba determinando la competencia federal de estas causas. Apenas veían la palabra subversivo lo mandaban a la justicia federal. Romano que era fiscal le ponía el sello estandarizado que indicaba que se declaraba competente y pedía el sobreseimiento de la causa y Miret daba el sobreseimiento, archivaba la causa y no investigaban nada. Esto permitía que las Fuerzas Armadas siguieran torturando, violando a las personas, secuestrando. La justicia archivaba todas las denuncias. Así, otorgaban las zonas liberadas pero no las otorgaba la Policía; eran zonas liberadas por Romano, Miret, Petra y Carrizo. Pero además, los acusé porque ya durante el año 1975 ellos usaron las torturas del D2 para armar expedientes contra los presos políticos. Los expedientes se construían con declaraciones arrancadas bajo la tortura en el D2 y los usaron porque Romano acusaba a los presos políticos a partir de esas confesiones.
–¿Por ejemplo?
–Un ejemplo es la causa Mochi, son 15 personas del COS o Partido Obrero. Van a una casa y los secuestran. Se los llevan, entre ellos está Luz Faingold. La violan. Después la hacen firmar una declaración bajo tortura. Esa declaración arrancada en el D2 se la mandan a Romano. ¿Y qué hace Romano? Acusa a Luz y al resto con esas declaraciones de la tortura. Un dato importante es que en un expediente, otro juez otorga la falta de mérito a uno de ellos al señalar que no había pruebas suficientes y dice que no se podía avanzar solo con la prueba generada en sede oficial. ¿Pero qué hizo Romano? Apeló y dijo que las pruebas en el D2 eran válidas. Sucedió lo mismo con los Consejos de Guerra. Los Consejos eran otra mentira construida por los militares para justificarse internacionalmente, eran otro de los lugares donde llegaban las víctimas a los golpes, vendadas, les hacían confesar cualquier cosa. Armaban el proceso judicial con visos de legalidad pero era ilegal.
–¿Había sólo un juez federal en Mendoza?
–Sí. Primero fue Carrizo hasta 1975. Luego renuncia y lo subrogan Petra y Miret. Más tarde Miret es ascendido a camarista por Videla y Petra pasa a ser defensor oficial. En ese momento asume como juez federal Gabriel Buzzo, ya fallecido, a quien en ocasiones lo subroga Petra. Romano siempre fue fiscal y es el que sugiere archivar todas las causas.
–¿Un caso emblemático es el de Luz Faingold?
–Por eso hablo de régimen de la dictadura. El padre y la madre se presentan a pedir que la entreguen porque el régimen de menor de edad los obligaba a hacerlo. Pero Miret le dio el expediente a Romano, Romano dice que es peligrosa. Y Miret fundamentándose en ese dictamen dice que hace una vida de adulto cuando en realidad es una niña y abusando de conceptos moralistas, como que tenía a los padres divorciados, ordena no restituirla a los padres.
–Las imputaciones cambiaron. ¿Cuál es el valor del cambio?
–El tribunal aceptó la ampliación que pidió el fiscal por participación primaria. La ampliación dejó sin efecto la omisión de investigar. Lo importante es lo que digo en todo el alegato: que ellos aplicaron el régimen de la dictadura y represivo por lo tanto fueron un engranaje más. Citando en parte el fallo del campo algodonero de Ciudad Juárez, señalo que con el hecho de que consideraran expedientes y no a personas, brindaron la impunidad que permitió que los secuestros y desapariciones continuaran ocurriendo con la garantía de que nadie iba a ser responsabilizado porque los jueces federales estaban cubriendo la retaguardia.
–¿Cuál es la pena que va a pedir?
–Perpetua para los cuatro. No hay otro pedido posible porque la acusación incluye participación en homicidios.
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