Domingo, 12 de junio de 2016 | Hoy
EL PAíS › LA PRIMA FAMIGLIA NO TENDRA RESTRICCIONES PARA PONER LOS PAPELES EN ORDEN
En cuanto Macrì fue consultado por sus empresas offshore, Sideco dejó de cotizar en Bolsa para ocultar sus balances y el Gobierno impulsó el blanqueo, a medida de la Prima Famiglia. Retrocedió con el castigo al periodismo y excluyó a los funcionarios, pero no a sus familiares. La mejora alcanzará al 10 por ciento superior de la pirámide jubilatoria, suficiente para desfinanciar al sistema y volver a liquidarlo. Las acciones estatales en empresas privadas y la inspiración corporativa de Lorenzetti.
Por Horacio Verbitsky
Los Panama Papers se difundieron en todo el mundo el domingo 3 de abril. Pero el Poder Ejecutivo conocía la inclusión de las empresas del presidente desde el 8 de marzo, cuando el Consorcio de Periodismo de Investigación le envió una consulta por escrito desde Washington. El vocero Ivan Pavlovsky se tomó una semana para contestar en un par de líneas, el 15 de marzo, que eran empresas de Franco Macrì, no de su hijo. Algunos medios amistosos sostuvieron que el gobierno desaprovechó las tres semanas que mediaron entre esa consulta y la publicación de los Panama Papers sin prever el impacto negativo que tendrían. No es así: Macrì entendió a la perfección lo que estaba en juego y obró en consecuencia. A dos días de saber que había sido descubierto, el holding familiar se dirigió a la Comisión Nacional de Valores. El 10 de marzo Sideco Americana comunicó a ese organismo de control “el retiro de la oferta pública por inexistencia de valores negociables” e invocó esa presentación para no presentar el balance del primer trimestre del año, ya que “en base a ello, no habría usuarios interesados en los estados financieros mencionados y que su emisión implicaría para la Sociedad costos y recursos que bien pudieran ser mejor utilizados en otras tareas y/o proyectos”, según otra nota enviada por Sideco a la CNV el 23 de mayo. Al día siguiente la Oficina Anticorrupción hizo pública la declaración jurada del presidente al 31 de diciembre de 2015, donde apareció la cuenta en Bahamas que antes no figuraba y la tenencia del 0,01 por ciento de las acciones de Yacylec. Pero en febrero, cuando Macrì vendió esas acciones al holding familiar Sideco, ya eran el 5,33 por ciento del paquete accionario. Con los balances en mano, la periodista y dirigente política Gabriela Cerruti demostró que las acciones que Macrì declaraba valían más de lo que él decía y lo denunció por enriquecimiento ilícito. Al retirarse de la bolsa, Sideco se libró de la obligación de informar sobre sus actividades, cegando una importantísima fuente de conocimiento público. Al mismo tiempo, el Poder Ejecutivo comenzó a preparar el proyecto de ley de blanqueo y regularización tributaria, de la seguridad social y aduanera, que la semana próxima tratará la Cámara de Diputados. Para conseguirlo, aceptó diversas modificaciones, pero hubo un punto central en el que se mantuvo irreductible: no tendrán restricción alguna para aspirar a esa amnistía los familiares de funcionarios públicos ni los contratistas de obras públicas, dos categorías que dibujan el identi-kit del presidente Maurizio Macrì.
Esta fue la batalla de fondo desde que se conoció el proyecto: el gobierno trató de ampliar al máximo el universo de beneficiarios, mientras otras fuerzas, de la oposición pero también de la Alianza Cambiemos, intentaron reducirlo. En ese tira y afloje, el ministro de Hacienda y Finanzas, Alfonso de Prat Gay comenzó afirmando que no habría restricciones para que los funcionarios públicos se acogieran al indulto fiscal, la aliada revoltosa Elisa Carrió hizo saber en público que sólo lo aceptaría si excluyera a funcionarios públicos y a empresarios que hicieron negocios con el Estado, y el ex ministro de Economía Axel Kicillof dijo que se trataba de una autoamnistía. La primera concesión oficial fue excluir del blanqueo a una lista restringida de funcionarios, aquellos que están obligados a presentar declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción. Pero no fue suficiente: para conseguir el apoyo de Sergio Massa y Diego Bossio extendió la nómina a un gran número de funcionarios de los tres poderes del Estado y de los tres niveles de la administración pública, nacional, provinciales y municipales: desde Presidente y vice, jefe de gabinete, ministros, secretarios y subsecretarios, jueces, diputados, senadores y concejales, hasta los directores o nivel equivalente, en empresas del Estado u organismos de control de servicios privatizados, a los encargados de otorgar habilitaciones administrativas o que participen en la adjudicación de compras o licitaciones, administren un patrimonio público, rectores, secretarios y decanos de universidades, altos mandos de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y todo el personal de los organismos de Inteligencia. La enumeración coincide con la de “Personas Expuestas Políticamente”, que la Unidad de Información Financiera (UIF) definió en la Resolución 11/11, del 29 de marzo de 2012 (http://www.uif.gov.ar/uif/index.php/es/resoluciones/343-resolucion-n522012). Sin embargo, se aparta de esa definición en un punto fundamental, porque no alcanza a los familiares de los funcionarios, ni siquiera los más cercanos como padres, esposas e hijos. También permite blanquear a otras categorías que la UIF considera Personas Expuestas Políticamente, como apoderados de partidos políticos, dirigentes sindicales y autoridades de cámaras y asociaciones patronales. En cambio el dictamen de minoría del Frente para la Victoria impide blanquear a quienes “ejerzan o hayan ejercido la función pública, sus cónyuges y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad ascendente o descendente”. Esto incluiría a los principales miembros de la Prima Famiglia. En el dictamen oficial y en el del FpV los contratistas de obra pública quedan en pie de igualdad con cualquier otro evasor. El dictamen conjunto firmado por Margarita Stolbizer y la socialista Alicia Ciciliani anuncia que de aprobarse, la ley “canalizará el blanqueo de bienes fruto de la evasión y de la corrupción” por parte de funcionarios públicos, actuales o pasados, ya que “el blanqueo podrá realizarse vía familiares o incluso terceros, conforme lo dispone el artículo 36”. Además, señalan que el proyecto permite que “ingresen al blanqueo a quienes participaron en licitaciones y contrataciones públicas, concesionarios de servicios públicos, juegos de azar, etc. Muchos de estos se encuentran seriamente comprometidos en maniobras fraudulentas que la justicia investiga”. El dictamen del Frente de Izquierda no admite el blanqueo y plantea un aumento de emergencia de 6.000 pesos para todos los jubilados y pensionados. Hasta ahora la Coalición Cívica Libertadora y su musa tonante no han dicho esta boca es mía.
Vinculado con esto, el artículo 85 del proyecto protegía con el Código Penal el secreto de la amnistía. La obligación de guardarlo no comprendía solo a los funcionarios intervinientes sino a cualquier tercero. Las críticas fueron tantas y tan fuertes que el dictamen de mayoría excluyó a los periodistas y medios de comunicación del castigo por informar sobre la evasión fiscal, como consta en la nueva redacción del ahora artículo 84. Pero hasta llegar a ese punto, el gobierno minimizó la cuestión y reivindicó el sigilo, para lo cual recurrió a razonamientos falaces. El presidente explicó que “hay actos que son públicos y otros que no lo son” y que es preciso “respetar la privacidad de las personas” (sic). Para el jefe de gabinete Marcos Peña Braun la norma no iba contra los periodistas, “tiene que ver con el secreto fiscal, con el mismo espíritu que está en el Código Penal”. Para los diputados oficialistas Pablo Tonelli (Unión PRO) y Fernando Sánchez (Coalición Cívica) desde 1978 la ley 11.683 establece el más absoluto secreto de la información tributaria y extiende la responsabilidad de guardarlo a “los terceros que divulguen o reproduzcan dichas informaciones”, quienes “incurrirán en la pena prevista por el artículo 157 del Código Penal”.
Esta verdad a medias es la forma más insidiosa de la mentira. El artículo 101 de aquel decreto mal llamado ley establecía esa restricción, pero fue modificado en democracia por el presidente Carlos Menem mediante el decreto de necesidad y urgencia 606 (el Congreso lo convalidó luego por entender que no trataba en forma estricta de materia tributaria, sino de “aspectos instrumentales”, ya que no creaba un impuesto). En consecuencia, desde 1999 el artículo 101 de la ley de procedimiento tributario establece que “no están alcanzados por el secreto fiscal los datos referidos a la falta de presentación de declaraciones juradas, a la falta de pago de obligaciones exigibles, a los montos resultantes (…) y al nombre del contribuyente o responsable y al delito que se le impute en las denuncias penales”. Esto es exactamente lo que protegía el artículo 85 enviado al Congreso y que Macrì engloba como si fuera lo más natural del mundo dentro de la privacidad de las personas que no debería ser expuesta al público, lo cual dice mucho sobre su conducta privada en relación con el interés público. El proyecto no sólo regresaba al decreto de Videla omitiendo la reforma de Menem, sino que añadía a la pena una multa equivalente a la suma blanqueada, es decir directamente proporcional al interés público de la noticia que se publicara acerca de los evasores: a mayor importancia social del caso, más pesada la multa por divulgarlo. Esto es coherente con el interés propio del gobierno de las grandes empresas en el blanqueo de capitales ocultos y la amnistía para las deudas previsionales y aduaneras. Si se recuerda que el texto original no excluía a los funcionarios se comprende mejor el alcance de esta protección tras las sombras.
Al explicar la modificación el presidente del bloque oficialista, Nicolás Massot, la atribuyó al “espíritu de siempre, a partir de comentarios para mejorar el proyecto y no empeorarlo”. En realidad, porque fueron descubiertos practicando ese contrabando (ahora conceptual) y no tienen el número para colarlo en la denominada ley de “reparación histórica” a los jubilados. El desfasaje entre la firma y la publicación de los decretos hizo que el Hada Buena incluyera en el Boletín Oficial del miércoles 8 el decreto 647, firmado el viernes 3, por el que considera “pasibles de las penas previstas por los artículos 157 y 157 bis del Código Penal” a quienes hagan públicas las declaraciones juradas de los funcionarios bonaerenses y los somete a acciones “por daños y perjuicios”. De este modo, sumó el disparate al escarnio, ya que las provincias pueden decidir sobre sus códigos procesales pero no disponer penas, que sólo competen al Congreso de la Nación. Para no perder la costumbre, esa misma noche anunció que borraría este desatino con el codo de un nuevo decreto, que se publicó el viernes 10.
En varios sentidos el blanqueo de Macrì parece inspirado en el que realizó hace cuatro años el presidente del gobierno de derechas de España, Mariano Rajoy. Tal como aquí, la amnistía fiscal fue uno de las primeras leyes de Rajoy luego de acceder al gobierno. La recaudación fue magra, como es probable que ocurra también en la Argentina, pero no desaprovecharon la ocasión el ex presidente José María Aznar, el ex ministro y ex jefe del FMI, Rodrigo Rato, una extensa lista de parientes del rey y de funcionarios del gobierno, incluyendo al ex tesorero del PP detenido por sobornos en los contratos de obra pública, Luis Bárcenas. Esto se supo por la plataforma de denuncia ciudadana “Fíltrala” y por varios medios de prensa, que están trabajando sobre los denominados “Papeles de la Castellana”, por la avenida donde tienen asiento los principales asesores en evasión tributaria.
La aversión del gobierno de la Alianza Cambiemos a la publicidad sobre los actos ilegítimos de las empresas se expresa también en la injustificada dilación de los presidentes de ambas cámaras del Congreso por constituir la “Comisión Bicameral de Identificación de las Complicidades Económicas y Financieras durante la última dictadura militar, para la búsqueda de la Verdad, la Memoria, la Justicia, la Reparación y el Fortalecimiento de las Instituciones de la Democracia”, según el conciso nombre de 36 palabras que le puso la ley 27.217/15. Originada en un proyecto del diputado Héctor Recalde y otros miembros del Frente para la Victoria, el radicalismo la apoyó luego de que se introdujeran modificaciones sugeridas por el ex diputado Ricardo Gil Lavedra. Fue sancionada en Diputados el 24 de septiembre por 170 votos a favor (de los Frentes para la Victoria, Renovador, Amplio Progresista, de la Izquierda y los Trabajadores y por la UCR), con 14 abstenciones (del PRO y de sus aliados en Jujuy y Mendoza). El diputado de PRO Pablo Tonelli dijo que no apoyaban el proyecto porque “una comisión del Congreso no puede interferir en el trabajo de la Justicia”. La Unión Industrial, IDEA y el Colegio de Abogados de la Citi de Buenos Aires utilizaron el mismo argumento en sendas declaraciones. La objeción es idéntica a la que en 1983 acompañó la formación de la Conadep, y por las mismas razones, aunque la comisión no tiene atribuciones judiciales ni facultades punitivas y sólo podrá auxiliar a los tribunales mediante el aporte de la información que reúna. El Senado la convirtió en ley el 25 de noviembre y la presidente CFK la promulgó el 2 de diciembre durante un acto realizado en la EXMA. Sin embargo, transcurridos seis meses, ni Emilio Monzó ni Gabriela Michetti han convocado a la designación de los cinco diputados y cinco senadores que deberían integrarla. Cada vez que Recalde se lo recordó durante las sesiones del Congreso, Monzó guardó silencio. El viernes once organismos defensores de los Derechos Humanos (entre ellos Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, Hijos, Familiares, el CELS, la Asamblea y la Liga) reclamaron a Monzó y Michetti que pongan en marcha la comisión sin más demoras. La comisión podrá “instar a quienes determine como cómplices económicos de la última dictadura militar a reconocer voluntariamente su participación, formular disculpas y desagravios a los afectados por sus acciones y a ofrecer mecanismos de reparación”. También se crea en el Congreso un Archivo Nacional de la Memoria, la Verdad y la Justicia, que ofrecerá al público los documentos que hubieran sido utilizados por la comisión para la elaboración de su informe final, que deberá terminar en seis meses, prorrogables por otros seis. Por lo visto, a la Alianza Cambiemos no le viene bien ningún semestre.
Si el blanqueo es el objetivo principal del gobierno, la denominada reparación histórica a los jubilados constituye el anzuelo para pescar el apoyo de otros bloques. Pero también esa parte del proyecto tiene finalidades que no surgen a primera vista. La información oficial ha sido deliberadamente oscura y distintos funcionarios y voceros oficiosos han estimado a sus beneficiarios entre 1,8 y 2,5 millones de jubilados, algo que además de ser impreciso carece de sustento fáctico. La página de la ANSES en Internet afirma que a junio de 2015 había 5,3 millones de titulares con al menos una jubilación o pensión contributiva, que ordena según se ve en el Cuadro 1.
Cuadro 1
Pero según los únicos datos ciertos, que surgen de la última liquidación realizada por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el mes pasado se pagaron 6,6 millones de jubilaciones y pensiones, por un total de casi 39 mil millones de pesos, de acuerdo a este detalle del Cuadro 2:
Cuadro 2
Al analizar esta discrepancia, el ex Administrador Nacional de la Seguridad Social Amado Boudou detectó que el Cuadro 1 no registra beneficiarios sino beneficios y que el casillero “Igual a dos mínimas” se refiere a quienes además de una jubilación cobran también una pensión por el cónyuge fallecido, es decir que el número de beneficios en ese tramo es el doble. Cuando al total del cuadro 1 se suman esos casos, el total hace un año rozaba los 6 millones. Si a esa población se agregan las 220.000 nuevas jubilaciones otorgadas desde entonces de acuerdo con la ley general y las 500.000 que se incorporaron por moratoria, la cifra se aproxima a la del cuadro 2: 6,5 millones. Esto explica también por qué el haber medio de la liquidación que practica el SIPA es de 5.867 pesos, mientras la ANSES consigna 8.135 pesos, al calcular por beneficiario y no por beneficio.
Una vez desmalezadas las confusas cifras de ANSES, su antiguo titular estimó la pirámide real de haberes, que figura en el Cuadro 3.
Cuadro 3
Por último, graficó el haber medio de cada tramo y el monto que insume su pago. Para ello partió del promedio conocido de las mínimas, de 4.454 pesos mensuales, y estimó las más altas en 50.000 pesos de promedio. Esta distribución es consistente con la cantidad de mínimas, el monto total liquidado y el haber medio del sistema, como se representa en el cuadro 4:
Cuadro 4
Cotejando estos números con las previsiones contenidas en los distintos artículos del proyecto de ley y con la cantidad de juicios concluidos y en trámite, Boudou aprecia que sólo se modificará la situación de unos 700.000 jubilados, que se reclutan entre las categorías más altas. Si el anterior gobierno con las moratorias y la ley de actualización fortaleció la base de la pirámide, de modo que el 75,9 por ciento de los jubilados perciben la mínima y otro 14,9 por ciento hasta dos mínimas, el actual sólo propone mejoras para la reducida cúspide. Aunque esto sólo mejorará los ingresos de uno de cada diez jubilados para el Estado tendrá un altísimo costo, que pondrá en peligro la sustentabilidad de todo el sistema previsional. Si se pagaran los 380.000 casos que ya están en juicio, con una sentencia media de 400.000 pesos en una hipótesis conservadora, el stock a pagar ascendería a 152.000 millones de pesos, unos 10.000 millones de dólares. Pero además, suponiendo un ajuste medio de 4.500 pesos por caso, el nuevo flujo a erogar cada mes sería de 1.700 millones de pesos, o 22.230 millones más por año. Esto implica un 4,4 por ciento de aumento de la partida anual de jubilaciones y pensiones, que acabará con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Y ni siquiera limitará la litigiosidad: el diario La Nación publicó una columna del abogado especializado en temas previsionales Adrián Tróccoli, quien sostiene que los jubilados deben informarse bien, porque quizás “haya diferencias significativas en el haber que se les ofrecerá y el que podrían obtener. Y, para una buena praxis, los abogados debemos ser absolutamente detallistas en cuanto a la existencia (y en su caso, a la cuantía) de algún derecho al que estarían renunciando los jubilados de firmar un acuerdo” (ya que el fallo Badaro no sólo reconoció el ajuste. También levantó el tope en el cálculo de jubilaciones). Al pie del artículo sólo falta la dirección y el teléfono de su estudio.
Con un gobierno tan amistoso, ni Techint ni el Grupo Clarín, ni los bancos Macro, Galicia o Francés, ni Telecom, Molinos, Edenor, Aluar o Transportadora de Gas del Sur tienen nada que temer, pero como todo puede cambiar, no quieren perder la oportunidad de desembarazarse del incómodo socio estatal que puede hurgar en sus balances y decisiones de inversión. Mientras el Frente para la Victoria se opuso a derogar la ley que impide vender las acciones de empresas privadas en poder del Estado, que las recibió dentro de la cartera de las ex AFJP, el Frente Renovador y el Bloque Justicialista negociaron cambios al texto oficial. El dictamen de mayoría que acompañaron establece que esas acciones no podrán ser menos del 7 por ciento del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, salvo con autorización del Congreso. Esto habilitaría, a valores de hoy, una venta de hasta la mitad de las tenencias accionarias. Pero también ese piso podría perforarse si se tratara de una Oferta Pública de Adquisición (OPA) dirigida a todos los accionistas y a un precio equitativo autorizado por la Comisión Nacional de Valores o en canje por otras acciones de la misma u otra sociedad en el marco de procesos de fusión, escisión o reorganización societaria. Además esa tenencia mínima del 7 por ciento del valor total del FGS se podrá componer de acciones, como hasta ahora, o de Obligaciones Negociables convertibles en acciones, que no otorgan derechos políticos. El tenedor es un simple acreedor de la sociedad, que puede extinguir esa deuda cuando se lo proponga. Un informe del ex director de la Comisión Nacional de Valores, Cristian Girard, sostiene que como las tenencias de la ANSES en esas empresas son muy significativas (31,5 por ciento del Banco Macro, 26,03 por ciento de Siderar, más de 26 por ciento de Edenor y Transportadora de Gas del Sur, 24,99 por ciento de Telecom Argentina, 24,88 por ciento de Consultatio, 20 por ciento del Grupo Financiero Galicia y Molinos, por ejemplo) cualquiera de esas ventas obligaría a una Oferta Pública, según la vigente Ley 26.831. De hecho ya hay Ofertas Públicas de Adquisición de Telecom, por 11.000 millones de pesos; Transportadora de Gas del Sur, por 3.000 millones; Petrobrás, por 1.880 millones; Distribuidora de Gas Cuyana, por 233 millones y Solvay Indupa, por 122 millones. Si se aprobara el dictamen de mayoría, el FGS podría desprenderse inmediatamente de todas esas tenencias accionarias, que totalizan 16.235 millones de pesos, sin autorización del Congreso y sin que rija el límite inferior del 7 por ciento para la tenencias de acciones y ONs convertibles. Girard concluye que las modificaciones son sólo cosméticas y no servirán para impedir la liquidación de esas posiciones, que es otro de los objetivos estratégico de la ley. Otra meta que el gobierno no resignó fue permitir el blanqueo de tenencias en moneda extranjera en países con los cuales la Argentina no tenga un acuerdo de intercambio de información tributaria. Por ejemplo, Panamá. Bingo.
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