Martes, 13 de septiembre de 2016 | Hoy
EL PAíS › OPINIóN
Por Julio Maier *
¿Cuál será la tropelía que el Dr. –esta persona sí doctor académicamente, no sólo como apodo costumbrista– Rafecas ha cometido para merecer este ataque presidido por la Sociedad Rural y presuntamente suscripto por un par de centenares de ciudadanos? ¿No basta con conservarlo como juez de primera instancia pese a su prestigio académico y profesional, comparado con el de superiores jerárquicos en la rígida organización vertical del Poder Judicial nacional? Que yo sepa, eso no se debe a su pertenencia a “Justicia Legítima”, una asociación de ciudadanos –no sólo juristas ni abogados– interesados en políticas públicas de independencia e imparcialidad en el Poder Judicial, pues él –según creo– no pertenece a esa asociación castigada por el gobierno nacional actual y sus adherentes; tampoco responde a su nombramiento como juez según “servilleta”, conforme a mi conocimiento –sin duda limitado– ni ha cometido prevaricato alguno, según mi escaso conocimiento por periódicos sobre los integrantes del PJN; ni ha aplicado castigo alguno basado en algo más que irregularidades interpretativas como, por ejemplo, el delito de traición a la patria, de larga historia sobre excesos incivilizados –por decir poco: piénsese en Ana Bolena- en el Derecho penal; ni, otra vez que yo sepa, se le atribuyen fortunas en el país o en otros países, bienes sospechados por mal habidos.
Todo lo contrario, la solicitada que requiere su destitución le imputa: a) haber decidido, oportunamente y con fundamentos expuestos, el archivo de una denuncia por carecer el hecho dado a conocer de entidad delictual; b) haber insistido actualmente en esa decisión frente a la nueva imputación dirigida a quien ocupaba en el período anterior la presidencia de la Nación y a quien era su ministro de Relaciones Exteriores, y c) algo así como su destitución en homenaje del fiscal Nisman, fallecido después de la denuncia archivada. No voy a extenderme. Todas esas razones carecen de sentido. a) Las relaciones con países extranjeros son competencia del PEN y, en caso de convenciones bilaterales o multilaterales, los eventuales tratados deben ser ratificados por el Congreso de la Nación. Esto es precisamente lo que ha sucedido y tales tratados pueden ser valorados como buenos o malos libremente por ciudadanos y asociaciones políticas, pero eso no les concede a ellos competencia para dirigir las relaciones exteriores del país, ni sus opiniones constituyen al tratado en una acción criminal. Desde el punto de vista subjetivo, los imputados no son competentes para producir la finalidad “delictiva” que les atribuyen –anular órdenes de detención internacionales– que sólo puede dejar sin efecto aquel juez del caso que las solicitó y ello no ha ocurrido, como es público y notorio. b) Nunca comenzó la ejecución del tratado en cuestión, celebrado ad referendum de la ratificación legislativa. La otra parte no lo ratificó, ni antes, ni ahora, y, consecuentemente, sus disposiciones no rigieron nunca ni alcanzaron algún grado de realidad, menos ahora que, incluso, fueron anuladas judicialmente. Las órdenes de detención internacionales de supuestos autores todavía rigen. c) En mi algo larga trayectoria judicial no podría nombrar tan siquiera un caso de corrupción o un nombre de corrupto, a pesar de que consiento que lo habrá con seguridad, aunque yo no lo pueda afirmar. Precisamente, el único que he terminado por conocer conforme a trascendidos periodísticos es el del fiscal a quien se pretende honrar con la destitución del Dr. Rafecas. Depósitos o giros bancarios en cuentas del exterior y varios inmuebles en países extranjeros, que superan toda posibilidad de justificación por el cargo judicial, viajes al exterior y vacaciones con niñas jovenzuelas bonitas, escasa actividad investigativa, al punto de que sólo hace días, reemplazado por otros fiscales, hemos terminado de cerrar la identificación de las víctimas de un atentado sucedido hace un cuarto de siglo, y, lo que es peor, la imputación pública, no desmentida por nadie, acerca de su costumbre de consultar los actos procesales que realizaba –requerimientos escritos– con organismos de países extranjeros o de recibir de ellos instrucciones, conducta imposible de justificar. Sería prudente el silencio ante su desaparición.
Seguramente, el ataque injustificado a un juez que ha demostrado varias veces independencia de juicio y racionalidad en sus decisiones, de condiciones académicas muy por encima de su cargo judicial responde a intereses mezquinos, como lo han resaltado periodistas independientes, con mención, incluso, de las contradicciones del requerimiento. Quiero expresar públicamente mi abrazo a quien considero un juez intachable y lamentar que algún conocido mío, persona de bien según mi juicio, haya suscripto la solicitada.
* Profesor titular consulto de DP y DPP, UBA.
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