Miércoles, 15 de octubre de 2014 | Hoy
LA VENTANA › MEDIOS Y COMUNICACIóN
Por otra parte, la Afsca ha dado a conocer el anteproyecto de norma nacional para el Servicio de Televisión Digital Terrestre Abierta (TDT). Néstor Pisciotta analiza algunos de sus aspectos más relevantes.
Por Néstor Pisciotta *
Una de las diferencias más importantes que existen entre la TV digital y la analógica radica en lo que debe entenderse por “canal”. El anteproyecto presentado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) define el “canal radioeléctrico” como una parte del espectro de 6 MHz de anchura, destinado a la transmisión de señales de televisión. Es lo que ya conocemos: el espacio de frecuencias con el que opera la emisora de TV y que asociamos con un número fácil: canal 10, canal 11, etc. De acuerdo con este anteproyecto, el servicio de TDT tendrá asignados los canales que van del 14 a 36, ya que una vez que cesen las actuales transmisiones analógicas los canales del 2 al 6 y del 7 al 13 serán destinados a otros servicios.
Pero ahora, con la TDT aparece un nuevo concepto: el “canal digital de televisión” definido como parte de la capacidad de un multiplex digital que se utiliza para la incorporación en él de una señal televisiva. ¿Qué significa?
Cuando sintonizamos un canal en la TV analógica encontramos solo un programa: el noticiero, un partido de fútbol, una película. En cambio, con la TDT los tres programas o más, podrán estar disponibles de manera simultánea para el televidente y dentro del mismo “canal radioeléctrico”. Si todos estos programas son ofrecidos, por ejemplo, en el canal 36, en el momento de seleccionarlo el receptor nos mostrará las opciones 36.1, 36.2, 36.3, etc., que son las señales televisivas, es decir los “canales digitales de televisión”.
Gracias a la tecnología empleada en ISDB-Tb un “canal radioeléctrico” tiene capacidad para transmitir varias señales televisivas al mismo tiempo, lo que técnicamente se denomina multiplex digital o multiplexación.
Para la TDT se han introducido las figuras de “licenciatario obligado” y “licenciatario vinculado”. La primera se refiere a la persona física o jurídica titular de una licencia con responsabilidad por la multiplexación –por sí o a través de tercero– de un canal radioeléctrico, tanto para la propia señal como para la incorporación de señales correspondientes a licenciatarios vinculados, mientras que la segunda alude a la persona física o jurídica titular de una licencia cuya señal de contenido será multiplexada y transmitida por un licenciatario obligado. En ambos casos las condiciones serán fijadas por la Afsca.
Aquí estamos frente a un cambio de paradigma, pues aquellos que posean toda la infraestructura de un canal de TDT y sean autorizados para realizar transmisiones de TV digital, estarán obligados a incluir en el canal radioeléctrico que les sea asignado otras señales generadas por licenciatarios vinculados. Estos a su vez serán “propietarios” de un canal digital de TV y podrán salir al aire y llegar a los televidentes en las mismas condiciones que los demás, sin necesidad de contar con una planta transmisora propia. Tiempo atrás esto era difícil de imaginar.
Pero, además, el anteproyecto contempla que la gestión de multiplexación y transmisión propiamente dicha pueda ser realizada por un tercero, siempre que éste cumpla con el requisito de contar con la autorización de la Secretaría de Comunicaciones. En pocas palabras: quienes sean propietarios de una planta transmisora de televisión podrán ofrecer un servicio exclusivamente técnico, sin necesidad de tener que involucrarse en la generación de contenidos.
El anteproyecto también contempla la operación de redes de frecuencia única (RFU) cuando la Afsca así lo determine. Todos estamos familiarizados con los actuales canales de TV analógicos, a los cuales les resulta posible llegar con su señal a otros pueblos y ciudades cercanas gracias a las estaciones repetidoras. En estos casos, una emisora que por ejemplo opera en una ciudad en canal 10, puede ser recibida por una población distante en canal 11 y también, luego de sortear una cadena montañosa, llegar a otra localidad en canal 2. Con la TDT esto ya no será necesario, porque la tecnología digital permite que las repetidoras operen en el mismo canal de la estación principal, es decir la misma frecuencia, y por esta razón la red de estaciones forma lo que técnicamente se llama RFU.
* Ingeniero. Investigador del Ciade-IT, Universidad Blas Pascal. Coautor del libro: Transmisión de Televisión Digital Terrestre en la Norma ISDBTb.
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