SOCIEDAD › PRIMER INFORME DE LA PROTEX SOBRE LAS 71 CAUSAS JUDICIALES QUE LLEGARON A PROCESO POR EXPLOTACIóN DE PERSONAS

Una radiografía sobre la trata laboral

La Procuración de Trata y Explotación de Personas analizó en un informe los casos que avanzan hacia el juicio oral. El 80 por ciento de los imputados son extranjeros. El informe señala la necesidad de avanzar sobre las empresas beneficiadas con la explotación.

 Por Mariana Carbajal

La Justicia dictó el procesamiento de 760 imputados por el delito de trata en los últimos cinco años en el país. Los casos involucran a 1279 víctimas. En total, son 292 autos de procesamiento, de los cuales el 72 por ciento corresponde a la trata con finalidad de explotación sexual y el 28 por ciento restante por explotación laboral. En ese mismo lapso se lograron 76 sentencias condenatorias. Otros 14 casos terminaron en absolución luego de la realización del debate oral. En el caso de trata laboral, la explotación se da fundamentalmente en talleres textiles clandestinos y en trabajo agrario. Pero por el momento, las investigaciones pusieron la lupa sobre el explotador “directo”, es decir, el eslabón más débil de la cadena de explotación laboral. Por ejemplo, el dueño del taller o el encargado de una plantación, pero no se ha llegado al beneficiario mayor de la cadena de producción que terceriza su trabajo y obtiene amplios beneficios de la mano de obra esclava, como grandes marcas de indumentaria o compañías agrarias. La mayoría de los procesados son extranjeros y fundamentalmente bolivianos que explotan a connacionales y que presumiblemente antes ellos mismos fueron víctimas de trata.

El dato surge de una flamante investigación sobre los casos de trata con fines de explotación laboral realizada por la Procuración de Trata y Explotación de Personas (Protex) a cargo de Marcelo Colombo, que reúne y analiza la información de las primeras 71 causas judiciales en las que se avanzó hasta el auto de procesamiento, con vistas a un juicio oral y público. En total, involucran a 156 imputados –60 por ciento varones y 40 por ciento mujeres, igual proporción entre géneros que en el caso de procesamientos de trata para explotación sexual– y a 516 personas identificadas como víctimas. El trabajo titulado “La Trata Laboral en la Argentina. El tratamiento judicial de los casos en el fuero federal”, fue elevado a la Procuradora General de la Nación.

“Este número de sentencias (tanto condenas como absoluciones) es significativamente superior a los resultados que exhiben otros países de Latinoamérica, incluidos aquellos con los que habitualmente elige compararse negativamente a nuestro país en materia de rendimiento en seguridad pública o institucionalidad”, destacaron en la Protex.

El análisis de las causas de trata para explotación laboral aportó diversos hallazgos. Entre otros, que ocho de cada diez procesados son extranjeros –mayormente bolivianos–, mientras que para la generalidad de los delitos sólo el 20 por ciento es de otra nacionalidad. En la mayoría de los casos la relación de explotación se dio entre connacionales. Es decir, los tratantes de nacionalidad boliviana por lo general esclavizaron a víctimas connacionales, del mismo modo que los argentinos explotaron mayormente a argentinos, y los imputados de nacionalidad china hicieron lo mismo con víctimas de su nacionalidad. De todas formas, el estudio destaca que, “en todos los casos, los beneficiarios inmediatos y mediatos de la esclavización de personas son argentinos”. Y advierte sobre la necesidad de generar investigaciones judiciales que “eleven las perspectivas de imputación hacia escalones más altos en la cadena de producción y beneficios”.

La provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Entre Ríos son los lugares de mayor densidad de casos.

La característica principal de las víctimas de trata laboral identificadas en los casos analizados es que casi la totalidad de ellas son trabajadores migrantes. A su vez, una amplia mayoría –70 por ciento– es extranjera, documentada en su país de origen. La mayoría ingresó por un paso fronterizo habilitado, haciendo el correspondiente control migratorio.

En cuanto al género, un 34 por ciento son mujeres y el resto, hombres; la edad promedio es inferior a los 30 años de edad. El desplazamiento de los trabajadores se da generalmente de Norte a Sur. Los lugares de origen son en el norte del país o bien en la República Plurinacional de Bolivia.

En la enorme mayoría de los causas los imputados actuaron como explotadores o receptores en el camino del delito de trata. Estos mismos imputados en muchos casos eran quienes reclutaban y transportaban a sus víctimas. Entre los procesamientos analizados no hubo ningún caso en el que los imputados hubieran sido procesados exclusivamente por la captación de las víctimas, algo que sí ocurre en los casos de trata sexual analizados en otro informe anterior por el organismo. Sin embargo, se identificaron casos en los que la imputación era por el traslado de las víctimas, por hechos detectados en controles de ruta o de frontera. En estos casos, la explotación no se llevó a cabo, pero se realizaron tareas investigativas (y en ocasiones, allanamientos) destinados a identificar la finalidad de explotación, que por lo general fue en talleres textiles o en establecimientos rurales.

Otros datos que determinó el estudio: por lo general la modalidad de captación es la oferta laboral engañosa. El engaño no recayó por regla general sobre la actividad a realizar sino sobre las condiciones en las que la tarea se llevaría a cabo. Las víctimas desconocían la extensión de la jornada, las características del lugar donde vivirían, su salubridad e higiene y las condiciones de pago. La mayoría dijo que no conocía cuánto dinero cobrarían.

Al igual que en la trata sexual, el sometimiento está dado por el estado de endeudamiento al que son inducidas las víctimas por sus tratantes. Al llegar al lugar de trabajo, lejos de su lugar de arraigo, comienzan por adeudar el costo del traslado, luego se suman gastos de alimentación, alquiler, etcétera. Finalmente, cuando ya el monto de la deuda inicial supera el monto del salario prometido, se comienzan a presentar las sanciones conocidas como “multas”, impuestas por distintos motivos. “El engaño, la coerción y la necesidad de llevarse ‘algún’ dinero funcionan entonces como cadenas y rejas de más eficacia que las reales”, destaca el estudio.

En el 99 por ciento de los casos el traslado de los trabajadores fue por vía terrestre, y en un importante porcentaje cercano al 50 por ciento se realizó en empresas de transporte de pasajeros, en gran medida acompañado por alguno de los reclutadores, a diferencia de lo que suele suceder en los casos de explotación sexual. En muy pocos casos las víctimas se trasladaron solas.

Las actividades más vinculadas a prácticas de explotación según los casos analizados son el trabajo en talleres textiles y el trabajo agrario. También se presentaron casos de explotación en trabajo en casas particulares, en comercios (por lo general verdulerías y locales de ropa) y en fábricas de ladrillo y carbón. Salvo los casos de trabajo doméstico, la explotación laboral se caracteriza por la multiplicidad de víctimas y de imputados. Por cada lugar de explotación se detectaron varias personas explotadas y al menos dos personas tenían el rol de encargados de esa explotación.

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El fiscal Marcelo Colombo, a cargo del informe “La Trata Laboral en la Argentina. El tratamiento judicial en el fuero federal”.
Imagen: Rafael Yohai
 
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