SOCIEDAD › RECHAZO A UNA LEY QUE REGLAMENTE EL ABORTO NO PUNIBLE

Eterna cruzada de la Iglesia

Un proyecto tiene dictamen de mayoría en la Comisión de Salud de Diputados y requiere el aval de Legislación Penal. La Iglesia salió al cruce con un duro documento firmado por Bergoglio.

Un proyecto que busca garantizar el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo en los casos previstos por la ley como no punibles avanza en la Cámara de Diputados: ayer, la Comisión de Salud de la Cámara baja aprobó un dictamen de mayoría que reglamenta el procedimiento en los casos de aborto no punible que establece el Código Penal. Y ahora falta el pronunciamiento de la Comisión de Legislación Penal. Pero antes de que eso ocurra, la Conferencia Episcopal salió al cruce del proyecto al advertir que “no existe” en la legislación argentina el derecho al aborto.

El proyecto que se puso a la firma en la Comisión de Salud de Diputados surgió de consensuar dos iniciativas presentadas por las diputadas Silvia Augsburger (socialista Santa Fe) y Juliana Marino (Frente para la Victoria-Capital).

El diputado Leonardo Gorbacz (ARI) manifestó que la sanción de la ley “es imprescindible fundamentalmente para dar certidumbre a los médicos que tienen que intervenir en el procedimiento”. Adelantaron su voto en contra Hugo Acuña (MPN), Nélida Mansur (Paufe) y Paula Bertol (PRO-Capital), que anunció que presentará un dictamen en minoría.

El proyecto ahora deberá pasar por la Comisión de Legislación Penal antes de estar en condiciones de llegar al recinto para su tratamiento. Pero los diputados del FPV, radicalismo y ARI manifestaron su acuerdo con el dictamen a las iniciativas originales.

La iniciativa garantiza a las mujeres el derecho a la interrupción del embarazo en los casos de abortos no punibles y establece el procedimiento que debe seguirse para la realización de esa práctica en las instituciones del sistema de salud.

En la Argentina el aborto es ilegal, aunque el Código Penal establece dos excepciones a las penas fijadas a la mujer y a quien lo practique: cuando el aborto se hace para “evitar un peligro para la vida o la salud” o “si el embarazo proviene de una violación de una mujer idiota o demente”. Sin embargo, estas normas no se cumplen habitualmente, ya que en muchos casos los médicos se niegan a practicar el aborto por razones de conciencia.

Según el dictamen aprobado ayer, cuando se trata de un aborto terapéutico, debe existir certificación de la existencia de peligro para la vida o salud físico-psíquica de la gestante y deberá mediar el consentimiento informado de la mujer.

Si se tratase de una menor de edad o de una persona declarada judicialmente incapaz, deberá ser informada por las personas que ejerzan su representación legal. Y si es un embarazo producto de una violación, deberá adjuntarse a la historia clínica constancia de la denuncia policial o trámite judicial y de la revisión efectuada por el médico forense.

Por último, en el caso de un embarazo inviable, la situación debe ser constatable mediante los estudios ecográficos apropiados. De todos modos el proyecto indica que el personal, sea médico o auxiliar del sistema de salud, tiene derecho a ejercer su objeción de conciencia con respecto a esa práctica médica.

Pese a lo que expresa el Código Penal, la Iglesia salió a decir, en un comunicado, que la ley no autoriza la interrupción del embarazo. “No existe un derecho a causar la muerte de los propios hijos”, subrayó la Conferencia Episcopal Argentina en un comunicado que lleva la firma de su presidente, cardenal Jorge Bergoglio, y de los vicepresidentes Luis Villalba y Agustín Radrizzani. El Episcopado exigió “defender la Constitución” y llamó a “cada ciudadano y ciudadana a sumar su apoyo en la defensa de la vida”.

“No existe en nuestra legislación norma alguna que autorice a los gobiernos o a las Legislaturas provinciales o de la ciudad de Buenos Aires a legislar sobre cuestiones de fondo”, reiteró el Episcopado. También consideró que “no existe acto administrativo o norma alguna que pueda excluir del control de los jueces el estudio de un caso en el que se ponga en juego el derecho a la vida”. Aunque no lo dice expresamente, se refiere al protocolo redactado por el ministro de Salud porteño, Alberto De Micheli, para que los hospitales de la ciudad actúen en los casos previstos por la ley.

En tanto, el Secretariado Nacional para la Familia afirmó, en otro comunicado, que “el aborto siempre es un crimen y, aunque en algunos casos se lo excluya de la sanción de las leyes, no por ello deja de ser un delito”. El organismo dependiente del Episcopado reiteró que “la persona por nacer posee derechos reconocidos por la Constitución nacional y demás leyes nacionales, desde el mismo momento de la concepción”.

Según organizaciones no gubernamentales, la norma que está en Diputados busca evitar casos como el ocurrido en Santa Fe, donde una mujer de 20 años embarazada y enferma de cáncer murió debido a que la Justicia no permitió la realización de un aborto para poder someterse a un tratamiento oncológico.

El proyecto establece que los hospitales deben realizarlo sin cargo, así como las entidades de medicina prepaga. Por otra parte, contempla la obligatoriedad del establecimiento asistencial de brindar tratamiento psicoterapéutico a la mujer desde el momento en que le es indicada la práctica del aborto no punible y hasta su rehabilitación.

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El proyecto garantiza a las mujeres el derecho a interrumpir el embarazo en casos previstos por la ley.
 
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