Viernes, 17 de agosto de 2007 | Hoy
SOCIEDAD › FALLO DE LA CAMARA DE CASACION EN LA CAUSA POR CROMAÑON
El tribunal penal consideró que el jefe de Gobierno no podía estar al tanto de las deficiencias en las inspecciones a los boliches, lo cual era responsabilidad del titular del área, su secretario de Justicia y Seguridad, Juan Carlos López.
Por Eduardo Videla
El mismo día en que recibió su diploma de legislador, el ex jefe de Gobierno Aníbal Ibarra quedó sobreseído en la causa por las 194 muertes provocadas por el incendio del boliche República Cromañón. La Cámara de Casación Penal confirmó ayer la resolución que habían adoptado previamente un juez de primera instancia y la Cámara del Crimen, respecto de Ibarra. No corrió la misma suerte el ex secretario de Justicia y Seguridad Juan Carlos López: el mismo tribunal le revocó el sobreseimiento que se había dictado a su favor, al considerar que desde su cargo “no adoptó los recaudos necesarios y pertinentes para cumplir adecuadamente con las inspecciones” a los boliches de la ciudad. La decisión judicial, en principio, no es definitiva, ya que los familiares de las víctimas adelantaron que apelarán el sobreseimiento de Ibarra, y López hará lo propio con su procesamiento.
En un fallo de 53 carillas al que tuvo acceso Página/12, la Sala Tercera de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Eduardo Rafael Riggi, Angela Ester Ledesma y Guillermo José Tragant, consideró que “debe diferenciarse la situación de Aníbal Ibarra de la concerniente a Juan Carlos López”.
Al considerar la situación de Ibarra, el tribunal evaluó que, como jefe de Gobierno, debía “atender simultáneamente las necesidades de todos los departamentos del Estado”, lo cual “reduce las exigencias en cuanto a pormenorizar el nivel de conocimiento y exigencia en cada una de ellas, para lo cual puede apoyarse legítimamente en los distintos secretarios de área”. Es decir que, para los jueces, si el jefe de Gobierno debiera atender el funcionamiento de cada área –entre ellas, las inspecciones a los boliches– “el cúmulo de asuntos desbordaría por completo sus capacidades humanas, imposibilitándolo para trazar políticas generales”. Ibarra, consultado por Página/12, consideró que este fallo “demuestra que existió un acuerdo de legisladores para quedarse con un gobierno, al margen de lo que opinaban la sociedad y la Justicia” (ver recuadro).
Por su parte, el abogado José Iglesias, querellante y padre de un joven fallecido en Cromañón, opinó ante una consulta de ese diario: “Este es un fallo político, fruto de una negociación entre la Justicia y el Gobierno, que nos entrega a López para liberar a Ibarra”.
Ibarra había sido sobreseído en primera instancia por el juez de Instrucción Julio Lucini y, tras la apelación de los querellantes, la Cámara del Crimen confirmó la medida. En cambio, Lucini había procesado a López por el delito de “homicidio culposo”, es decir, por haber actuado con negligencia. La Cámara lo sobreseyó, en abril del año pasado, con lo cual la funcionaria de más alto rango involucrada en la causa pasó a ser Fabiana Fiszbyn, subsecretaria de Control Comunal, ya no por homicidio culposo sino por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. En sus pedidos de revisión de los sobreseimientos, los querellantes sostuvieron que Ibarra y López podrían ser considerados “partícipe secundario de homicidio y lesiones gravísimas bajo la característica de delito impropio de omisión dolosa” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
Tras considerar los recursos, la Cámara de Casación volvió a confirmar el sobreseimiento de Ibarra, pero anuló el que beneficiaba a López, por lo cual, para el ex secretario vuelve a tener vigencia el primer procesamiento del juez Lucini.
“Se encuentra prima facie acreditado que, pese a tener conocimiento del descontrol que existía en la Subsecretaria de Control Comunal, López no adoptó los recaudos necesarios y pertinentes para lograr que esa área cumpliera adecuadamente con las inspecciones” a los boliches, afirmaron los jueces.
“Era a Juan Carlos López a quien competía la responsabilidad primaria de velar por el correcto desempeño de las reparticiones que de él dependían”, indicaron los jueces y destacaron que en la dependencia que dirigía “debían resolverse los desajustes iniciales que presentaban los entes de control”. Señalaron que “las severas deficiencias operativas que se verificaron en la Unidad Polivalente de Inspecciones se vinculan con un descontrol operacional ocasionado no tanto por la carencia de inspectores sino más bien con el ineficaz desempeño del personal jerárquico del área”. El tribunal consideró “ilógico” que López no tomara en cuenta un informe de la Defensoría del Pueblo de la ciudad que advertía que 86 por ciento de los boliches porteños no cumplía con las normas de prevención de incendios, y que había sido publicado por los medios de prensa.
El ex funcionario podría incorporarse al lote de acusados que serán llevados a juicio oral: Omar Chabán, los músicos de Callejeros, Fiszbyn y otros dos funcionarios y tres policías.
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