Sábado, 20 de febrero de 2010 | Hoy
Por Facundo de Almeida *
Los lectores de m2 seguramente recordarán el reclamo de los ciudadanos de Tigre –encabezados por un grupo de jóvenes Sub 20– contra la demolición de la casa conocida como Quinta Cobo-Anchorena, que fuera de la familia que le dio el nombre y luego la primera sede del Club Tigre.
La demolición de la quinta que estaba ubicada en Lavalle y Libertador, frente el río Tigre, era sólo la punta del iceberg de una política desquiciada que había permitido la construcción indiscriminada de torres, modificando sustancialmente las características de la arquitectura de la ciudad de Tigre, reconocida por sus edificios de calidad y de estilos arquitectónicos variados, alterando la forma de vida de los habitantes y visitantes, afectado el medio ambiente, el paisaje, y en definitiva destruyendo gran parte del atractivo turístico de la zona.
Esa “derrota” para los defensores del patrimonio tuvo tres consecuencias directas. Primero, demostró que el tema del patrimonio arquitectónico no es un nicho de especialistas, sino que interesa a la ciudadanía y de a poco se va colando en la agenda política. También dejó en claro la deficiente –e inconstitucional– normativa municipal y provincial para preservar el patrimonio arquitectónico y lo absurdo del sistema judicial provincial, que no cuenta con una instancia específica para tratar los reclamos de los ciudadanos contra el Estado, por vía del recurso de amparo. El reclamo judicial por la Quinta Cobo-Anchorena terminó en manos de una jueza del Trabajo, acostumbrada a dirimir reclamos de trabajadores por falta de pago de sus salarios, más que a interpretar leyes vinculadas con la preservación del patrimonio edificado.
La tercera consecuencia, esta vez positiva, fue que el intendente se vio forzado a cumplir con su promesa de campaña y envió al Concejo Deliberante un proyecto limitando la altura de las construcciones, que, aunque parezca increíble, no tenía ningún límite antes de esa norma. El escándalo fue tal que los medios locales de aquellos días recordaban que en el mismo momento en que se traspasaba el poder de un intendente a otro se estaba aprobando una nueva torre. El debate legislativo tampoco estuvo libre de excentricidades: los concejales de Acción Comunal –el partido del intendente saliente– pidieron que en la misma norma que fijaría las alturas y que estaban por votar, se estableciera una excepción para un emprendimiento hotelero... casualmente en la parcela de la Quinta Cobo.
Por otra parte, no se trata simplemente de limitar las alturas, es preciso también decretar la protección de los inmuebles valiosos, que en la zona del Casco Histórico de Tigre, especialmente en la ribera de los ríos Tigre y Luján, y en el polígono comprendido por estos ríos y el Reconquista, son aún numerosos.
Desde la destrucción de la quinta pasaron dos veranos y en Tigre siguen creciendo las torres como hongos. Pero ahora los carteles de obra –incluyendo edificios que están aún sin demoler– tienen una curiosa inscripción: “Obra aprobada con anterioridad al Decreto Municipal 165/2008”. Hay dos opciones: Si es cierto que fueron aprobadas con anterioridad a ese decreto, entonces es muy deficiente el Código de Zonificación local, que no prevé un vencimiento de los permisos de obra no ejecutados, como ocurre hasta en códigos permisivos como el de la Ciudad de Buenos Aires. La otra posibilidad mejor ni mencionarla.
El avance inmobiliario en Tigre está atentando no solamente contra el área de la costa. Los depredadores inmobiliarios están avanzando sobre las islas, con megaproyectos como los denominados Isla del Este –ya construido–, Colony Park y Parque de la Isla, situados en la Primera Sección del Delta, que ponen en riesgo el ecosistema insular. Los funcionarios municipales parece que miran para otro lado, o lo que es peor para el mismo lado que los depredadores inmobiliarios. Esto, en lugar de defender los intereses de los ciudadanos que eligieron vivir allí porque buscaban una mejor calidad de vida y reclaman proteger el patrimonio arquitectónico y el medio ambiente, que son derechos constitucionales que ninguna ordenanza municipal puede socavar.
* Licenciado en Relaciones Internacionales. Magíster en Gestión Cultural por la Universidad de Alcalá de Henares.
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.