12:20 › JUSTICIA DICTAMINA CONTRA DESCUENTO SINDICAL OBLIGATORIO

El porcentaje del sindicato

El juez Federal marplatense Eduardo Jiménez dictó una resolución que prohibe efectuar descuentos compulsivos de cuotas sindicales a trabajadores que no se encuentren afiliados a un sindicato.

Una jurisprudencia sostenía que los trabajadores que no estuvieran afiliados a un sindicato se les descontará igualmente una cuota mensual en ese concepto.

Ante un reclamo de trabajadores de la radio marplatense LU 9 adio Mar del Plata ante la justicia federal, el juez dictaminara a favor del pedido de que no se les realicen los descuentos mensuales para los aportes al Sindicato de Espectáculos Públicos cuando "no tengan afiliación directa al sindicato o entidad gremial porque va en contra de la libre elección sindical".

Los últimos convenios colectivos de trabajo homologados por la cartera laboral incluyeron cláusulas de aportes obligatorios de los trabajadores en relación de dependencia a los sindicatos, aunque no estén afiliados, en algunos casos de hasta el 4 por ciento de los salarios nominales.

Para practicar el descuento se tomaba como base una resolución de 1975 que autorizaba a los gremios a realizar esa quita como cuota sindical extraordinaria.

La presentación fue hecha por el abogado marplatense Eduardo Romanín ante la justicia federal marplatense quien sostuvo que "es el primer fallo a nivel nacional que le da a la cuota sindical extraordinaria un sentido que hasta el momento no tenía: hay que colaborar con los trabajadores que se agrupan en gremios pero no convertir esa cuota en algo regular ordinario y mensual".

"Esto iba contra derecho y, de alguna manera, era un abuso contra el trabajador que sin estar afiliado veía que todos los meses le quitaban entre el 3 y el 5 por ciento para las arcas del gremio cuando no elegía a los representantes del mismo por no formar parte de él", sostuvo Romanín.

Fuente: DYN

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