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La apropiación extorsiva de bienes será un boomerang

Por primera vez en el país se abre una causa por el delito de apropiación de muebles e inmuebles rapiñados por los militares genocidas que no prescribe y que cae sobre Videla y Menéndez.

Jorge Rafel Videla y Luciano Benjamín Menéndez con causa nueva.
El terrorismo de Estado también usó los bienes de sus víctimas.

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Por Mónica Guitérrez

t.gif (862 bytes) Luciano Benjamín Menéndez y Jorge Rafael Videla podrían ser citados a declarar por la justicia federal de Córdoba en la causa en la que se investiga la apropiación ilegal de la empresa Mackentor a manos de los militares en 1977. La jueza Cristina Garzón de Lascano estudia la medida después de que el fiscal Carlos Torres imputara a los militares los delitos de robo calificado y allanamiento ilegal, entre otros, y de que los abogados de la firma pidieran participación como querellantes particulares en el proceso.
El abogado de la empresa, Claudio Orosz, intenta demostrar que los delitos cometidos no están prescriptos por cuanto existen otros posteriores y permanentes, como la desaparición de personas denunciada después del indulto y por lo tanto no incluidas en él.
En lo que fue un caso distintivo en el accionar de la dictadura, la empresa Mackentor quedó virtualmente “saqueada” por los militares desde que el entonces comandante del Tercer Cuerpo de Ejército, Luciano BenjamínMenéndez, ordenara la ocupación de la empresa el 25 de abril de 1977, con el argumento de que sus dueños colaboraban con el grupo Montoneros.
Veinte empleados y todos los accionistas y jerárquicos de la firma fueron secuestrados y depositados en el centro de detención Campo de la Ribera, donde permanecieron más de cuatro años.
Sólo el presidente de Mackentor, Natalio Kejner y el síndico, Gustavo Roca, lograron huir del país para sufrir un largo exilio hasta que en 1982 los militares devolvieron la empresa, o lo que quedaba de ella, después de que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y la Corte Suprema anularan la condena a que fueron sometidos los directores de la empresa que habían sido ilegalmente detenidos. En esta situación estuvieron Marta Kejner –a cargo de la compañía– Angel Sargiotto, Ramón Ramis, Enzo Manassero, Carlos Zambón y Hermenegildo y Luis Paván.
Estos hechos, junto a la apropiación de los bienes muebles e inmuebles de la firma, fueron ventilados en 1985, cuando los Kejner entablaron un juicio civil contra el Estado nacional, demanda que fue rechazada en su momento por la misma jueza Garzón de Lascano y luego por la Cámara Federal de Córdoba, argumentando la prescripción de los hechos. En esa oportunidad, Graciela López de Filoñuk actuó como fiscal de Cámara, por lo que en esta nueva etapa debió apartarse y la causa fue analizada por Carlos Torres.
Para la solicitud de reapertura de la causa, los abogados de Mackentor se basaron en la ley de obediencia debida, que exceptúa a los delitos de “robo y ocultamiento de menores o sustitución de su estado civil y apropiación extorsiva de inmuebles”. El pedido lleva ya varios meses y ahora Claudio Orosz, abogado de la empresa, solicitó a la jueza la participación de su defendido como querellante.
Robo calificado, abuso de autoridad, allanamiento ilegal y usurpación son los delitos que imputó el fiscal Torres al ex dictador Videla, a Menéndez y a todos los que participaron de la apropiación.
Si bien Menéndez no podría ser juzgado por hechos anteriores a la ley de punto final que lo beneficiara en 1989, denuncias por desaparición de personas realizadas posteriormente podrían interrumpir la prescripción de estos delitos. Este es el caso de Rubén Crespín, el joven secuestrado en noviembre de 1977 y cuya desaparición fue denunciada por los familiares recién en 1995. El martes pasado prestaron declaración ante Torres la madre y la hermana de Crespín, y en los tribunales se especula con que aumentará el número de casos como éste, que no están incluidos en la ley de punto final ni en el indulto, dictados con anterioridad a la fecha de las denuncias.
Este es el primer caso en el país donde se pide la reapertura de una causa por apropiación extorsiva de bienes, la segunda excepción contemplada en la ley de obediencia debida después del robo de bebés. El planteamiento de los abogados, que apoyan su pedido en la denuncia más reciente de los familiares de un desaparecido, persigue el propósito de demostrar que no hay tal prescripción, porque el delito de desaparición permanente no fue incluido en el punto final que benefició a Menéndez. En el caso de Videla ya no caben tantos planteamientos, puesto que su situación de imputación por el robo de bebés habilitaría a la Justicia a actuar en relación al caso Mackentor.
Hoy la empresa prácticamente no existe y sus dueños comprobaron el vaciamiento del que fue objeto. Ahora es la jueza la que debe decidir.

 


 

LA CAMARA FEDERAL DE LA PLATA DENUNCIO A UN MEDICO POLICIAL
Por esconder información o mentir

Por Victoria Ginzberg

t.gif (862 bytes) Incumplimiento de los deberes de funcionario público, sustracción de objetos destinados a servir de prueba y encubrimiento. La Cámara Federal de La Plata denunció por estos delitos al ex director del Departamento de Medicina Legal de la policía de la provincia de Buenos Aires, Néstor De Tomas. La acusación se debe a que el tribunal sospecha que De Tomas esconde información o miente acerca del destino de 23 libros de reconocimiento médico-legal que son de suma importancia para esclarecer la identidad de cientos de desaparecidos que fueron sepultados como NN en el cementerio de La Plata.
La madre de Plaza de Mayo de La Plata Adelina Dematti de Alaye presentó el año pasado, en el juicio en que se investiga lo sucedido con más de dos mil desaparecidos, más de 300 actas de defunción de NN. Todas correspondían a personas jóvenes asesinadas durante la última dictadura militar. La causa de la muerte se repetía: destrucción de masa encefálica por disparo de arma de fuego. Alaye expresó, además, que en el cementerio municipal existió la misma cantidad de sepulturas NN entre 1976 y 79 y que muchas habían sido trasladadas al osario.
La Cámara platense realizó luego una inspección ocular al cementerio y decretó la prohibición de modificar 58 tumbas. Al cotejar las actas y el libro de inhumaciones, el tribunal concluyó que las muertes de los NN enterrados en el cementerio habían sido certificadas en la morgue policial de La Plata, en dependencias de la Dirección de Medicina Legal. Varios profesionales que habían firmado las actas narraron que los reconocimientos de los cadáveres se asentaban en los llamados “libros de guardia” o “libros de reconocimiento médico-legales”. Estos documentos son de suma importancia porque allí constan detalles de las características físicas de los cuerpos. La Cámara sólo recuperó uno de los 24 tomos, ya que estaba incorporado en una causa iniciada por la ex presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Isabel “Chicha” Mariani.
El tribunal pudo reconstruir que los libros fueron entregados a un juzgado de primera instancia, pero el 22 de agosto de 1986 fueron devueltos a la Dirección de Medicina Legal. El recibo está firmado por Néstor De Tomas, en ese momento médico de guardia. De Tomas fue convocado tres veces por la Cámara Federal de La Plata, pero nunca pudo explicar quépasó con los libros. Admitió haber tenido en su poder la documentación, pero dijo haberla entregada a su superior, Augusto Albisu. Este último lo negó y, al ser careados, ambos se mantuvieron en sus dichos. Según el tribunal, las respuestas de De Tomas resultaron “imprecisas y elusivas”.
Los jueces presentes ayer en la audiencia –Carlos Alberto Nogueira, Antonio Pacilio y Leopoldo Schiffrin– tuvieron en cuenta otro hecho para denunciar al médico: el Equipo de Antropología Forense solicitó a De Tomas –cuando era director de Medicina Legal– el acceso a libros de diferentes morgues judiciales y el médico contestó con una cita “poco clara y ambigua” de un reglamento que obliga a conservar los documentos sólo por diez años, sin aclarar si el material pedido había sido incinerado o conservado. Varios empleados declararon que no se habían buscado los libros. Los jueces consideraron a De Tomas responsable de la pérdida de esta valiosa documentación y lo denunciaron ante el fiscal, que deberá presentar la querella en un juzgado de primera instancia. Los delitos por los que fue acusado tienen penas máximas de dos, tres y cuatro años.

 

El hermano desaparecido
Por V.G.

Daniel Molina tiene 50 años y desde hace 22 busca a su hermano Rubén, que desapareció en La Plata mientras hacía el servicio militar en Hidrografía Naval. Como muchos familiares de desaparecidos, Molina presentó varios pedidos de hábeas corpus que fueron rechazados. Ayer, ante la Cámara Federal de La Plata narró detalles del supuesto enfrentamiento que se produjo en la casa de Rubén el 27 de enero de 1977. Según versiones que no pudo confirmar, el operativo fue comandado por el comisario Miguel Osvaldo Etchecolatz. Al terminar la declaración, Daniel Molina, médico pediatra que preside una organización por la memoria en Necochea, tuvo un impacto al escuchar una versión acerca del destino de su hermano. Los jueces le anunciaron sin anestesia que tenían en su poder un certificado de defunción con el nombre de Rubén Molina. La fecha y el lugar del fallecimiento coincidían. En ese documento no consta el lugar en el que fue enterrado el joven, en ese momento de 25 años. Pero los camaristas prometieron revisar los libros del cementerio para ubicar el sitio de la inhumación. Aunque cabe la posibilidad de que los restos hayan sido removidos. El papel demuestra que la Justicia rechazó los hábeas corpus presentados por la familia aún existiendo constancia de dónde estaban los restos de Molina. El joven no fue enterrado como NN, pero aún continúa desaparecido.

 

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