La convocatoria a Audiencia Pública por parte de la Intervención del Enargas a fin de poner a consideración de la sociedad un régimen tarifario de transición “en beneficio de los usuarios y las usuarias” de gas en el país, nos brinda una oportunidad de participación ciudadana para debatir qué tarifas justas y razonables, accesibles y asequibles están en condiciones de pagar usuarias y usuarios. Resulta imprescindible que la convocatoria no se convierta en un mero trámite para convalidar los cuadros tarifarios pretendidos por las licenciatarias.
No debemos soslayar que los tarifazos vigentes aprobados por la gestión de Mauricio Macri, resultaron confiscatorios para la mayoría de los usuarios, afectando un porcentaje excesivo de los ingresos familiares, llevando a situación de pobreza energética a alrededor de 3 millones de hogares.
El Poder Ejecutivo receptó esta realidad en el Decreto N° 1020/20, estableciendo llevar adelante una renegociación de las tarifas vigentes, y no la discusión de un nuevo cuadro tarifario, ya que ha quedado demostrado palmariamente que las tarifas no fueron justas, ni razonables, ni transparentes, conforme los resultados de las auditorías y revisiones realizadas por el Enargas.
Las definiciones de las normas regulatorias sectoriales son por demás ambiguas en este punto, como así también, ciertos fallos de la justicia. Los precios y tarifas confrontan a licenciatarias del servicio con sus usuarios y usuarias, tratándose aquí de servicios prestados en forma monopólica, como consecuencia de las elevadas inversiones necesarias para su prestación.
Frente a esta situación de monopolio natural, que no deja de ser un privilegio, la regulación obra una vital preponderancia. Significa protección del usuario como manifestación del Estado en su rol de gestor del bien común, potestad irrenunciable. Desde nuestra concepción la regulación no puede ser neutral, no puede ser simplemente un árbitro entre intereses y derechos diferenciados, debe proteger integralmente los derechos de los usuarios frente al poder negociador de las empresas.
La magnitud de los aumentos tarifarios del gobierno de Macri estuvo asentada en una serie de indicadores y coeficientes que fueron deliberadamente distorsionados y convalidados por el Directorio del Enargas. Baste mencionar como ejemplos, la sobreestimación de la base de capital de las empresas y de sus costos, como así también la elección del IPIM (precios mayoristas) como índice de actualización, que creció muy por encima de los salarios.
Estamos convencidos que la Audiencia Pública es por excelencia un ámbito necesario de participación ciudadana para tomar conocimiento, emitir opiniones y debatir en forma previa al decisorio del régimen tarifario que impactará en nuestra vida cotidiana. La convocatoria debe ser oportuna y amplia, dirigida a todos los sectores interesados, brindando toda la información adecuada y con antelación suficiente para que los participantes puedan analizarla y estudiarla para que el debate no resulte asimétrico y los ponga en inferioridad de condiciones frente a las propuestas empresariales.
También cobra trascendencia que los usuarios cuenten con acompañamiento y asesoramiento técnico profesional por parte del regulador para profundizar el conocimiento de las propuestas sometidas a audiencia, siendo el restablecimiento de la figura del Defensor de Usuarias y Usuarios, después de 18 años, una política pública relevante y democrática para hacer posible la adecuada protección de sus derechos.
El cuadro tarifario de transición debe discutirse ampliamente, sin condicionamientos previos, teniendo en cuenta que los servicios públicos son derechos esenciales, y que las tarifas resultantes deberán estar debidamente fundamentadas y contemplar la delicada situación social y económica actual, ser inclusivas, no discriminatorias y posibilitar un sendero de verdadero crecimiento económico.
* Presidente del Centro de Estudios de Servicios Públicos.
** Director de la Fundación Acción para la Comunidad.