ECONOMíA
› NO SE ADMITE EL PAGO DE TARJETAS DE CREDITO CON FONDOS EN EL CORRALITO
Nuevo desafío a la paciencia del ahorrista
El Banco Central reglamentó las normas que amplían a 5000 dólares el margen de fondos que podrán ser transferidos a cuentas a la vista, pero pesificados a 1,40, para retirarlos de a 1200 pesos por mes. El plazo para ejercer la opción vence el 15 de febrero.
¿Se pueden sacar dólares de la caja de ahorro? ¿Puedo pagar la deuda con el plazo fijo? ¿Qué hago con el cheque en dólares que todavía no cobré? Desde hace dos meses los argentinos dedican algún momento del día a reflexionar sobre el corralito. Pero llegó el momento de actualizar conocimientos, dado que hoy entra en vigencia la tercera versión de este nuevo invento nacional. El Banco Central emitió anoche las resoluciones que reglamentan los anuncios hechos la semana pasada por el Ministerio de Economía. Y aunque pasaron apenas cinco días, aparecen algunas diferencias. La más notable es que fue eliminado el punto que permitía utilizar los depósitos para cancelar deudas con las tarjetas de crédito, lo que queda expresamente prohibido.
Otro tema aún no clarificado es qué ocurrirá con las excepciones al corralito aunque, como anticipó Página/12, habrá un régimen especial para algunos casos. Aldo Pignanelli, director del Central, sostuvo que “está prácticamente lista” la circular que establecerá ese régimen, que tendrá como beneficiarios “a las personas de 75 u 80 años, a los afectados por enfermedades graves, a quienes necesiten financiar operaciones y a los que tienen por cobrar indemnizaciones por despido o por accidentes de trabajo”. Entre los ejemplos que mencionó el funcionario no figuran los casos de quienes tienen dentro de los bancos el dinero de indemnizaciones por seguro de vida. Sin embargo, es probable que se incluyan al listado de situaciones que se tomarán en consideración para eludir las restricciones bancarias.
Pignanelli aclaró que sólo se devolverá efectivo a quienes lo requieran por enfermedad, en tanto que para las restantes excepciones “podrán disponer de sus ahorros dentro de un esquema de cuentas a la vista en pesos”. Es decir, se habilitará el traspaso de fondos retenidos en plazos fijos a cajas de ahorro o cuentas corrientes, para que puedan hacerse pagos con transferencias bancarias o con cheques. Pero siempre, previa pesificación.
La nómina de excepciones se estudia en consultas con jueces para saber cuáles son los casos más comunes que se presentan a reclamar la apertura del corralito, “a fin de poder reglamentarlos”, subrayó Pignanelli, quien reconoció que “la frazada es corta y no puede tapar a todos”. Respecto a las nuevas reglas generales, los puntos centrales son los siguientes:
Disponibilidad de depósitos. Existe la posibilidad de pesificar, de manera voluntaria, los depósitos de cualquier cuenta en dólares. Pero ya no habrá posibilidad de extraer dólares billetes, a menos que se prefiera esperar de uno a cuatro años para la devolución de plazos fijos y demás cuentas reprogramadas.
Cajas de ahorro. Se pueden pesificar hasta 5000 dólares, a la paridad de 1,40. Los 7000 pesos resultantes tienen libre circulación dentro del sistema financiero. Es decir, se podrán hacer pagos con tarjeta de débito o transferencias entre entidades. El plazo para ejercer la opción vence el 15 de febrero. Quien no lo haga, y hasta el monto de 5000 dólares, podrá sacar hasta 500 dólares por mes, pero siempre con la obligación de convertir previamente ese dinero en pesos.
Plazos fijos. También se pueden pesificar hasta 5000 dólares, a la paridad de 1,40, y antes del 15 de febrero. Para quien decida no hacerlo, deberá someterse al cronograma de devolución que comienza en enero de 2003. Para sacar el dinero, rige el límite de los 300 pesos semanales o 1200 mensuales. Pero si hizo extracciones de la caja de ahorro en dólares, deberá descontar ese monto.
Cuentas corrientes. En el caso cuyos titulares sean personas físicas, podrán pasar a pesos hasta 10.000 dólares al cambio de 1,40, con la misma disponibilidad sobre esos fondos que la explicada para los casos anteriores. Si se trata de cuentas de empresas o de personas físicas que desarrollen una explotación unipersonal, tienen la opción de pesificar todo el saldo, sin plazos.
Pagos de sueldos e impuestos. Toda cuenta cuyo titular sea una empresa o un particular constituido como empresa (pyme o microemprendimiento) podrá disponer del total de los fondos de sus cuentas para el pago de salarios e impuestos, ya sean nacionales, provinciales o municipales. En ambos casos, primero se deben pesificar los montos transferidos.
Pagos de deudas. Una deuda por préstamos en dólares podrá ser cancelada, total o parcialmente, con depósitos en dólares, si ambas cuentas pertenecen a una misma entidad. Los préstamos en pesos podrán ser abonados, también total o parcialmente, con depósitos en pesos de cualquier entidad.
Venta de dólares contra cheques. Los bancos no pueden vender dólares contra entrega de cheques ni contra transferencias de fondos que no sean de libre disponibilidad fuera del corralito.
Cheques en dólares o cancelatorios. Los documentos emitidos antes del 4 de enero que no hayan sido efectivizados deberán ser canjeados por otros cheques en pesos, a la paridad de 1,40.
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