Vie 03.10.2008

ECONOMíA  › EL GOBIERNO PREPARA EL ANUNCIO DE OTRA SUBA DE JUBILACIONES

Un aumento antes de la movilidad

El incremento en los haberes sería de entre 7 y 8 por ciento y entraría en vigencia en noviembre. Sería el último ajuste antes de que empiece a regir la nueva ley de actualizaciones automáticas. Anses, con un excedente de 4500 millones de pesos.

› Por David Cufré

Ahora que el Congreso aprobó el proyecto de movilidad previsional, el Gobierno avanzará con un aumento de las jubilaciones. La Secretaría de Seguridad Social, la Anses y el Ministerio de Economía trabajan sobre el anuncio, que se concretaría en el transcurso de este mes. La alternativa con mayores chances es un incremento de entre 7 y 8 por ciento, aunque este diario escuchó de fuentes oficiales que el ajuste podría llegar al 10. La suba entraría en vigencia el 1º de noviembre y tendría alcance generalizado. La Anses acumuló a lo largo del año un superávit de 4500 millones de pesos, excedente más que suficiente como para afrontar otro aumento.

Los últimos cuatro años, el Gobierno elevó la jubilación media por arriba de lo que creció el salario promedio de la economía. En lo que va de 2008, en cambio, los sindicatos consiguieron mejoras para los trabajadores del orden del 22 por ciento, mientras que los jubilados tuvieron dos subas de haberes de 7,5 por ciento cada una. Esa diferencia quedará saldada el mes que viene. Será el último aumento que conceda el Poder Ejecutivo antes de la entrada en vigencia de la ley de movilidad, que determinará dos incrementos por año de manera automática, en los meses de marzo y septiembre.

La oposición reclamó durante el tratamiento de ese proyecto que el índice de movilidad comenzara a aplicarse de inmediato. Sin embargo, el oficialismo insistió en desvincular la ley, que busca resolver una cuestión estructural, de un aumento coyuntural. En consecuencia, dejó que el Gobierno defina el asunto según su criterio.

La Anses presenta una situación desahogada en materia de financiamiento por cuatro razones fundamentales:

- Los aportes de los trabajadores y las contribuciones de las empresas crecen por el incremento nominal de los salarios.

- La caída de la desocupación y la disminución de la informalidad incorporan aportantes todos los meses.

- Desde este año, todas las personas que ingresan al mercado laboral derivan sus aportes al sistema de reparto, salvo que opten expresamente por una AFJP. Así quedó establecido en la reforma previsional que dio lugar a la libre opción entre reparto y capitalización. Por el sistema privado se inclina apenas el 10 por ciento de los nuevos cotizantes.

- El 50 por ciento de los recursos de Anses provienen de impuestos generales, como IVA, Ganancias, combustibles y cigarrillos, entre otros. La recaudación de esos tributos también viene creciendo a un buen ritmo a lo largo del año.

Para 2009, el Gobierno estima que la actualización de jubilaciones no bajará de 18 por ciento. El jefe de Gabinete, Sergio Massa, desafió anteayer a la oposición diciendo que si los aumentos que surjan del índice de movilidad llegan a ser menores a ese nivel de 18 puntos, él acepta que lo remuevan del cargo. Amado Boudou, director ejecutivo de Anses, puntualizó que sólo el incremento esperado para marzo es de entre 10 y 12 por ciento. Antes que eso, fuentes del Gobierno indicaron a PáginaI12 que habrá otra suba, cuyo nivel se proyecta en este momento entre 7 y 8 por ciento. Como siempre en el kirchnerismo, la decisión final y el manejo de los tiempos políticos los decidirá la Presidenta. Por ahora trascendió que el anuncio podría llegar dentro de quince o veinte días.

Por otra parte, para 2009 la Anses tiene previsto cancelar 40 mil sentencias de juicios por recomposición de haberes. Ya se pagaron 120 mil por causas similares a las que dieron lugar al fallo Badaro de la Corte Suprema. El organismo previsional accedió a no apelar más los fallos de primera instancia referenciados en ese caso para no dilatar los pagos. Con ello, asegura estar cumpliendo con su compromiso ante la Corte Interamericana de liquidar las sentencias en un plazo que no exceda los 120 días hábiles.

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