La Corte Suprema de Justicia aclaró ayer los efectos de un fallo dictado esta semana en materia previsional. “No se fijaron pautas ni limitaciones novedosas a la movilidad jubilatoria”, puntualizó el máximo tribunal, que ratificó el criterio dispuesto en el caso Badaro para la actualización de haberes por el período 2002-2006. La aclaración fue necesaria frente a algunas interpretaciones que indicaban que el nuevo fallo limitaba los alcances del caso Badaro. El máximo tribunal explicó que no hay ningún cambio respecto de lo dispuesto en ese expediente y que aquellos jubilados que se encuentren en similares condiciones a las de Badaro seguirán recibiendo igual trato que ese jubilado, con un aumento para sus haberes del 88,6 por ciento por el período 2002-2006. La confusión surgió porque la Corte rechazó esta semana que se le aplicara a otro jubilado, de apellido Cirillo, esa actualización. Cirillo había obtenido previamente al fallo Badaro una actualización del 70 por ciento en un fallo de primera instancia, que no apeló. La que sí apeló ese beneficio fue la Anses, y entonces la Cámara de Seguridad Social no sólo ratificó el derecho a la actualización sino que aprovechó para elevarla al 88,6 por ciento. La Corte rechazó ese ajuste porque Cirillo no había apelado la decisión del primer tribunal.
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