ECONOMíA
› SE PUBLICO EL DECRETO EN EL BOLETIN OFICIAL QUE FIJA EL AUMENTO DE TARIFAS
La batalla ahora será en los Tribunales
El Gobierno explicó en el decreto de necesidad y urgencia que el ajuste en luz y gas es transitorio hasta que se termine el proceso de renegociación de contratos con las empresas prestadoras del servicio. Ese es el nudo de la estrategia oficial para evitar que la Justicia frene los aumentos.
› Por Cledis Candelaresi
Ayer se promulgó el decreto de necesidad y urgencia que permite a las empresas prestadoras de los servicios de electricidad y gas aumentar sus tarifas “en forma transitoria” y “hasta tanto concluya el proceso de renegociación”. Esto significa que las subas fueron dispuestas a cuenta de los posibles incrementos futuros que surjan de esa revisión, lo que acotaría el margen para cuestionarlas judicialmente, argumentando que no son sólo la respuesta política a la presión de las empresas y no el resultado de un análisis integral de cada privatización. Para eludir un posible dictamen adverso de la Justicia, el Gobierno también alude al artículo 42 de la Constitución, el mismo que invocan las organizaciones de consumidores cuando defienden su derecho a participar de la génesis de un cambio tarifario. En esta ocasión, sin embargo, quedaron excluidos.
Según los considerandos del DNU, aquel mismo artículo obliga al Estado a asegurar la calidad y eficiencia de los servicios públicos. Es en protección de este derecho de los usuarios que el gobierno estaría ordenando una “readecuación transitoria” en las tarifas y para hacerlo haría uso de las facultades que expresamente, le delegó la ley de Emergencia Económica hasta el 2003.
El DNU prevé ajustes del 11 por ciento para los usuarios residenciales de Edesur y del 90 por ciento para los de Edenor incluidos en la categoría de R2, la que sigue en forma inmediata a los excluidos del incremento (hasta 300 kw/h por bimestre). Esta brecha entre una y otra distribuidora responde, según el Gobierno, a que los precios de la sureña estaban levemente atrasados en relación a la otra.
La suba es finalmente mayor para los industriales y superior aún para los transportistas de electricidad, pero aun así, en ningún caso contempla las expectativas empresarias, que presionaban por un salto mayor.
Por alguna razón no precisada, no se publicaron en el Boletín Oficial los nuevos valores para el gas. Pero el cuadro al que accedió Página/12
prevé ajustes en el orden de lo previsto y que, para los usuarios residenciales del R2, significa un 7,3 por ciento, salvo para alguna que otra distribuidora, como Camuzzi Sur, que baja al 5,6 por ciento. La razón es que esta compañía recibe anualmente la subvención estatal de 100 millones de pesos que permite a los patagónicos tener un gas más barato.
También en el caso de las transportadoras el Gobierno autorizó ajustes diferenciados. Por ello la tarifa de TGS aumenta un 10 por ciento contra el 7 por ciento de la de TGN: esta sociedad de Techint exporta alrededor del 20 por ciento de su producción, y esos ingresos en moneda dura le permiten afrontar más cómodamente insumos dolarizados.
Por ser readecuaciones transitorias a tener en cuenta en la renegociación de cada contrato, es más difícil objetarlas argumentando que el Gobierno no respetó el mandato de no indexar el precio de los servicios y hacer aquella revisión contractual. Sin embargo, el DNU ofrece otros flancos para atacarlo.
Ariel Caplan, representante de las asociaciones de consumidores en la comisión renegociadora de contratos, anticipó a este diario que las entidades presentarán una medida cautelar pidiendo que se suspenda la aplicación del decreto. Los argumentos a esgrimir son varios, empezando por el hecho de que no existiría la emergencia invocada por el gobierno para decidir el ajuste eludiendo las audiencias públicas y pasando por encima a los propios entes reguladores y al Congreso.
A juicio de Caplan no habría emergencia, simplemente, porque aun sin aumento el conjunto de las empresas tienen ingresos suficientes para operar el servicio, mantenerlo y, en algunos casos, hasta pagar parte de la deuda. Amén que “la posibilidad de reajustar a futuro queda abierta sine die”, al menos hasta que se termine la renegociación contractual que apenas acaba de empezar. Esto, sin embargo, difícilmente ocurra durante lagestión de Eduardo Duhalde, que por ser de transición poco anima a las empresas a sellar un acuerdo definitivo.
Las entidades estarán reunidas hoy con el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, quien, se descuenta, también querrá embestir contra el DNU número 2437 con la misma pasión que lo hizo contra los frustrados llamados a audiencia pública o la pesificación de los depósitos. Pero mientras el ombudsman define su estrategia, el legislador de la Ciudad y postulante por la UCR para reemplazar Aníbal Ibarra, Cristian Caram, hizo punta en los tribunales: ayer mismo presentó un amparo para que se suspenda la aplicación de la norma.
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