ECONOMíA › ANULó UN LAUDO QUE HABíA CONDENADO AL ESTADO
Un comité del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial anuló ayer un laudo de 2007 que había sido dictado a favor de la compañía estadounidense Sempra Energy International en una controversia contra la Argentina. A fines de 2002, Sempra inició un arbitraje ante el Ciadi a raíz de algunas de las medidas de emergencia tomadas por el gobierno en el ámbito del transporte y distribución de gas para hacer frente a la crisis que estalló en 2001. El nuevo fallo obliga a la compañía a reembolsar a la Argentina los costos del procedimiento de anulación.
La compañía alegó en 2002 que las medidas adoptadas tras la crisis violaban el tratado bilateral de inversiones (TBI) entre la Argentina y los Estados Unidos. El tribunal del Ciadi dictó un laudo el 28 de septiembre de 2007 condenando a la Argentina a pagar 128 millones de dólares más intereses. Poco después, la Argentina solicitó la anulación de esa decisión alegando, entre otras razones, que el tribunal se había extralimitado en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado con Estados Unidos que autorizaba al país a tomar las medidas cuestionadas.
El artículo autoriza a los Estados a tomar medidas necesarias para mantener el orden público y proteger sus intereses esenciales de seguridad. Según puntualizó la Procuración del Tesoro, la Argentina había manifestado que las medidas de emergencia adoptadas para hacer frente a la crisis estaban permitidas por ese artículo. Sin embargo, el tribunal del caso Sempra se negó analizar si las medidas cuestionadas estaban autorizadas por el artículo XI y resolvió que se había violado el tratado con Estados Unidos.
Ahora, el comité del caso Sempra –una suerte de tribunal de alzada dentro del sistema del Ciadi– decidió por unanimidad anular el laudo dictado en ese caso en virtud de que el tribunal se extralimitó manifiestamente en sus facultades al no aplicar el artículo XI del tratado con Estados Unidos. Asimismo, el comité ordenó a la compañía norteamericana reembolsar a la Argentina el monto total de los costos del Ciadi con relación al procedimiento de anulación.
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