Vie 22.10.2010

ECONOMíA  › EL INSTRUMENTO SERA GRATUITO. ENTRARA EN VIGENCIA A FIN DE NOVIEMBRE

El Banco Central aprobó el cheque cancelatorio

Después de la implementación de las cajas de ahorro gratuitas, el directorio del Banco Central aprobó ayer la creación del cheque cancelatorio, el cual estará habilitado para su uso hacia fines de noviembre. Este instrumento servirá para pagar operaciones por montos de dinero significativo, tanto en pesos como en dólares, y no tendrá costo alguno para el usuario. La medida forma parte del paquete de acciones que anunció el Gobierno a fines del mes pasado para reducir la utilización de dinero en efectivo y evitar las salideras bancarias.

“El cheque cancelatorio constituye un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo, brindando seguridad y eficacia tanto a quienes lo otorgan como a quienes lo reciben”, destacó el BCRA a través de un comunicado. “Se trata de una herramienta gratuita, ya que en ningún caso los bancos podrán cobrar un costo adicional por su utilización”, remarcó. Los bancos emitirán el cheque contra el saldo de la cuenta, el cual quedará inmovilizado hasta que se concrete la operación.

Los cheques cancelatorios podrán ser librados en pesos o en dólares, pero estos últimos sólo podrán utilizarse para cancelar operaciones de compraventa de inmuebles. Tanto las entidades financieras como el público podrán realizar verificaciones on line acerca de la legitimidad de estos instrumentos, mediante un sistema de consultas que se habilitará en la página web del Central.

Quien desee comprar un cheque cancelatorio deberá hacerlo en la entidad financiera en la cual tenga una cuenta y firma registrada. El banco librará el cheque cancelatorio por el valor que solicite el cliente, dentro de un rango que va de 5000 a 400.000 pesos o de 2500 a 100.000 dólares. En caso de que el cliente necesite pagar un monto superior podrá pedirle a la entidad que libre más de un cheque hasta cubrir el total.

Las personas físicas podrán comprar un cheque cancelatorio en pesos mediante un débito en su cuenta. Si el instrumento es en dólares podrán hacerlo tanto a través de un débito como entregando dólares billetes. Las personas jurídicas, en cambio, sólo podrán comprar cheques cancelatorios emitidos en dólares y utilizando el débito en cuenta.

Quien desee cobrar un cheque cancelatorio también deberá hacerlo en la entidad financiera en la cual tenga cuenta y firma registrada. Las personas físicas podrán cobrarlos en efectivo o bien depositarlos en su cuenta. Las personas jurídicas, en cambio, sólo tendrán esta última opción. Asimismo, el cheque cancelatorio podrá ser endosado hasta dos veces, siempre que el primer beneficiario sea una persona física. Los endosos deberán realizarse en el dorso del documento frente a un escribano, funcionario de la entidad financiera o autoridad judicial, quienes certificarán la firma, explicó el Banco Central.

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