ECONOMíA › LA JUSTICIA RECHAZó UNA CAUTELAR DE LA FIRMA
› Por Sebastián Premici
La Justicia Federal rechazó una medida cautelar presentada por Shell. De esta manera, la petrolera no tuvo más remedio que anunciar la baja de sus precios, que habían sido incrementados el pasado 28 de enero entre un 2 y un 3,6 por ciento. Con este fallo y la consecuente decisión de la empresa, la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno, logró imponer una resolución justificada en la Ley de Abastecimiento. Sin embargo, la causa de fondo –el pedido de inconstitucionalidad de la normativa– continúa su curso legal.
“En razón de que la medida cautelar que se solicitara junto con la acción de amparo para que se suspendiera preventivamente la aplicación de la norma de Comercio interior fue desestimada en primera instancia, se procederá a fijar los precios de los combustibles líquidos a los valores del día 28 de enero de 2011”, señaló la compañía.
La resolución de Comercio Interior fue publicada en el Boletín Oficial hace diez días, pero Shell había tomado la decisión de no acatarla, bajo el argumento de que era “arbitraria e ilegal por ser contraria al marco legal vigente”. Durante este lapso, Moreno abrió 15 expedientes con posibles multas para la compañía por el no acatamiento de la resolución, que ahora quedarían en suspenso. “Confiamos en que la Justicia resolverá a nuestro favor las acciones legales de fondo presentadas y aquellas que se planteen en el futuro”, agregó el comunicado de la compañía.
Entre diciembre del año pasado y enero de 2011, la nafta súper de Shell rondaba los 4,149 pesos, aunque en algunas estaciones de servicio de la ciudad de Buenos Aires podía encontrarse a 3,926 pesos. En todo 2010, la compañía aumentó sus combustibles líquidos un 24 por ciento, a diferencia de YPF, que lo hizo en un 27 por ciento. Tras el último aumento aplicado, la petrolera llevó sus naftas a 4,299 pesos. La resolución judicial de ayer, y la presión de Comercio Interior, obligó a la empresa a retrotraer sus precios a los vigentes en la primera parte del año.
Más allá de que el fallo del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, a cargo de Esteban Furnari, no aceptó la medida cautelar, continúa analizando el pedido de inconstitucionalidad de la resolución de la Secretaría de Comercio, basada en la Ley de Abastecimiento, normativa que es cuestionada por otros empresarios del sector y dirigentes de la oposición.
Sancionada en 1974, la ley en cuestión estaba contemplada en el conjunto de normas con facultades delegadas. Como éstas cayeron en agosto del año pasado, hay quienes reclaman la caducidad de la Ley de Abastecimiento. Sin embargo, otra postura indica que cada vez que el Ejecutivo hace uso de esta norma, “no estaría legislando nuevamente, sino que sería un acto administrativo basado en una ley existente”. Y como lo que cayó fue la delegación de facultades, y no la normativa, ésta seguiría vigente.
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