Vie 11.11.2011

ECONOMíA  › CUAL ES LA MATRIZ DE CAPACIDAD ECONOMICA QUE EMPLEA LA AFIP

Las claves para comprar moneda extranjera

› Por Fernando Krakowiak

La persona que desea adquirir dólares debe comunicar su número de documento, CUIT o CUIL y en tiempo real se le informa qué monto está en condiciones de adquirir. El problema es que el Programa de Consultas de Operaciones Cambiarias (COC) que implementó la AFIP no explicita los criterios que toma en cuenta. La resolución 3210 sólo aclara que efectúa “evaluaciones sistémicas” sobre los datos ingresados para emitir una respuesta de acuerdo con la información obrante en sus bases de datos y el titular del organismo, Ricardo Echegaray, no quiso dar detalles en sus contactos con la prensa. Sin embargo, Página/12 accedió a la Matriz de Capacidad Económica que toma en cuenta la AFIP para definir cuántos dólares pueden comprar los distintos tipos de contribuyentes.

- Relación de dependencia. La AFIP aplica una fórmula que autoriza a los empleados en relación de dependencia a destinar a la compra de dólares el 42,5 por ciento de su ingreso neto, independientemente de cuál sea. No se le descuenta a cada trabajador sólo el salario mínimo porque el organismo recaudador supone que cuanto mayores son los ingresos, más son los gastos. Por lo tanto, si sólo restara de la capacidad económica del trabajador los 2300 pesos de salario mínimo estaría subestimando los gastos que realizan los estratos más altos para vivir.

- Monotributistas. En el régimen de monotributo las categorías son 11 (de la B a la L, con Ingresos Brutos anuales máximos que van desde 24.000 a 300.000 pesos). Tal como informó Página/12 ayer, para calcular cuántos dólares puede comprar cada contribuyente, al techo de ingresos de cada categoría se le descuenta el monto anualizado de los 2300 pesos mensuales correspondientes al salario mínimo (27.600 pesos), pues la AFIP supone que la persona destina al menos ese monto para vivir. Además, en las categorías que van de la E a la I, donde la incidencia del salario mínimo sobre el total de ingresos es muy baja, se aplica un tope equivalente al 50 por ciento del techo de facturación. Ese tope no rige en las tres categorías más altas (J, K y L) porque el porcentaje del ingreso que puede destinar cada contribuyente a la compra de dólares es más bajo debido a que están obligados a tener 1, 2 y 3 empleados como mínimo, respectivamente. El monto anual que se considera disponible para comprar dólares en cada categoría es el siguiente:

Categoría B: Nada
Categoría C: 8400 pesos
Categoría D: 20.400 pesos
Categoría E: 36.000 pesos
Categoría F: 48.000 pesos
Categoría G: 60.000 pesos
Categoría H: 72.000 pesos
Categoría I: 100.000 pesos
Categoría J: 70.500 pesos
Categoría K: 67.500 pesos
Categoría L: 60.000 pesos

- Responsables inscriptos. En este caso, para precisar la capacidad de compra de divisas se toma en cuenta la declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales del año anterior y para el año actual se considera la declaración mensual de IVA donde figuran ingresos y gastos.

A los saldos que surgen en cada una de las categorías, hay que descontarles luego los pagos a la AFIP y a la Seguridad Social y las compras de moneda extranjera que el contribuyente ya haya realizado en el año. También pueden incidir en la capacidad de compra los ahorros del año anterior y las irregularidades con el fisco. Además, Echegaray advirtió ayer que la AFIP monitorea los consumos y en caso de detectar gastos que no se correspondan con la categoría declarada, también podría objetar la compra de divisas.

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