ECONOMíA › LA IMPUNIDAD FRIAMENTE CALCULADA
El proyecto sobre delitos económicos que envió el Ejecutivo al Congreso y ya obtuvo media sanción en Diputados establece cinco tipos de figuras penales hasta ahora no contempladas:
- Manipulación de información. Reprime con prisión de seis meses a dos años las maniobras para hacer subir o bajar el precio de mercaderías por medio de “noticias falsas, negociaciones fingidas o por reunión o coalición entre los principales tenedores de una mercadería, con el fin de no venderla o no hacerlo sino a un precio determinado”. Igual pena se establece para el director, administrador, liquidador o síndico de una sociedad anónima o cooperativa que publique o certifique balances o informes falsos o incompletos, a sabiendas, “cualquiera hubiese sido el propósito perseguido”. También establece penas de prisión de uno a cuatro años por manipulación de valores bursátiles, cuando se hiciera bajar o subir las cotizaciones valiéndose de noticias falsas o negociaciones fingidas, o acuerdos entre tenedores. La pena se eleva de dos a seis años si es cometido por el representante, administrador o fiscalizador de una sociedad.
- Uso de información privilegiada. Prisión de uno a cuatro años al director, síndico, accionista, etc, que suministre o utilice información privilegiada “a la que hubiera tenido acceso por su actividad, para la negociación, cotización, compra, venta o liquidación de valores negociables”. La pena mínima se elevará a dos años “cuando se utilizaren o suministraren información privilegiada de manera habitual, o diera lugar a la obtención de un beneficio”. La pena máxima se elevará a seis años cuando “causare un grave perjuicio en el mercado de valores, o el delito fuere cometido por un director, miembro del órgano de fiscalización o de sociedades calificadoras de riesgo, ejerciera profesión que requiere habilitación o matrícula, o fuera funcionario público”.
- Captación no autorizada de fondos. Penas de dos a seis años por realizar actividades de intermediación financiera sin autorización. La pena mínima se eleva a cuatro años cuando se hayan utilizado publicaciones periodísticas u otro procedimiento de difusión masiva.
- Estafa. Penas de dos a seis años de prisión por documentar operaciones crediticias inexistentes para obtener beneficio o causar perjuicio.
- Cohecho. Prisión de uno a seis años para quien reciba dinero u otra ventaja económica por facilitar, permitir, ordenar o aconsejar la realización de una operación financiera o de inversión en entidades autorreguladas.
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