El índice de movilidad con que se calculan los aportes de los trabajadores autónomos aumentó un 11,42 por ciento, por lo que a partir de septiembre la escala de aportes irá de 48,68 pesos a 1534,24 pesos mensuales. Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 389/2012, publicada ayer en el Boletín Oficial. La norma indica que se “determinó el haber mínimo garantizado a partir de septiembre en 1879,67 pesos” y que la base mínima y máxima aplicables a partir de ese mes será de 653,81 y 21.248,45 pesos, respectivamente. Los aportes mensuales pasarán a ser de 348,68 pesos para la categoría I; 488,17 para la II; 697,39 para la III; 1115,82 para la IV, y 1534,24 para la V. En el caso de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas, a las que les corresponde un régimen previsional diferencial, las categorías quedaron de la siguiente manera: para la categoría I, 381,37 pesos; para la II, 533,93; para la III, 762,77; para la IV, 1220,43, y para la V, 1678,07. A su vez, se especificó que las afiliaciones voluntarias, como para los menores de 21 años, serán de 348,68 pesos mensuales. Para las amas de casa que opten por el aporte reducido, éste se fijó en 119,86 pesos.
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