ECONOMíA › NUEVAS NORMAS DEL BANCO CENTRAL PARA ESTIMULAR EL CREDITO BANCARIO
El directorio del Banco Central aprobó una reducción en los requisitos de capital mínimo que deben mantener los bancos como seguro de riesgo, con el objetivo de liberar liquidez para que se vuelque a préstamos de consumo e hipotecarios.
El Banco Central dispuso ayer una nueva medida para estimular el crédito bancario para consumo e hipotecario. El directorio del organismo aprobó una reducción en los requisitos de capital mínimo que deben mantener los bancos como seguro de riesgo, con el objetivo de liberar liquidez para que se vuelque a estos préstamos. Se mantienen los requisitos máximos para préstamos en mora o denominados en moneda extranjera, mientras que para el sector público se reduce a cero. “La nueva normativa está orientada a fortalecer el sistema financiero, estimular el otorgamiento de crédito para sostener el crecimiento de la economía y adaptar la regulación argentina a los criterios internacionales”, señala la resolución aprobada por el directorio del organismo. Las nuevas disposiciones se encuentran en línea con los estándares del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y con los compromisos asumidos por la Argentina en el G-20 para preservar la estabilidad financiera.
Esta normativa complementa un conjunto de disposiciones aprobadas por el Central. En febrero de este año el organismo determinó un nuevo esquema de capital mínimo por riesgo operacional, que se estima alcanzará en diciembre próximo los 7500 millones de pesos. El requisito de integración de capital mínimo por riesgo operacional permite que los bancos cuenten con un colchón de capital propio para poder hacer frente a pérdidas operacionales. Esto es distinto de los encajes, que son inmovilizaciones de una parte de los depósitos como garantía para responder al retiro de fondos de sus clientes. La exigencia de un colchón para riesgo operacional responde a pérdidas por fraude, relaciones laborales, prácticas con clientes, productos y negocios y daños a activos materiales, entre otros. Se suma al riesgo por crédito, tasa de interés y mercado.
Las principales modificaciones aprobadas están vinculadas con la aplicación de los coeficientes preestablecidos, para ponderar el riesgo de las exposiciones crediticias. En este caso, se destaca el tratamiento de la cartera minorista y los préstamos para la vivienda, aunque también el organismo ajustó las proporciones para el sector público. Las financiaciones a las personas físicas y a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) estarán sujetas a un ponderador de 75 por ciento y los préstamos hipotecarios sobre la vivienda única al 35 por ciento, siempre que se cumplan determinadas condiciones. “En ambos casos la nueva norma reduce el ponderador respecto de los que rigen actualmente, establecidos en 100 y 50 por ciento”, señala la comunicación del Central. Esto permite liberar fondos para que sean prestados con este tipo de fines. “En la opción explicitada en las normas de Basilea II, que permite atenuar la ponderación de las exposiciones con el sector público, se resolvió que las exposiciones, directas o a través de un fideicomiso, con el sector público, denominadas y fondeadas en pesos, se ponderarán al cero por ciento”, explica la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont. Por su parte, las financiaciones otorgadas al sector público, pero nominadas en moneda extranjera se mantendrán ponderadas al 100 por ciento.
Las modificaciones también recayeron en la manera de calcular el mínimo de capital. Actualmente la exigencia de capital se realiza sólo respecto del valor nominal de los títulos y certificados de participación en fideicomisos que figuren en el activo de los bancos. El nuevo esquema establece que a partir del año próximo las entidades financieras deberán guardar capital por el total de los créditos transferidos a un fideicomiso a modo de garantía. Por último, en el caso de préstamos en modo, a partir de los noventa días, les corresponderá un ponderador fijo del 100 por ciento, tal como ocurre actualmente. “Con los cambios aprobados, los préstamos en mora recibirán ponderadores de riesgo que decrecen a medida que se incrementa la previsión por incobrabilidad”, concluye el comunicado del Central.
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