Sáb 17.11.2012

ECONOMíA  › LAS AUDIENCIAS DEL TRIBUNAL DEL MAR SERAN EL 29 Y 30 DE NOVIEMBRE

30N, el día D para la Fragata

El Gobierno se mostró conforme con la decisión del tribunal de Hamburgo. La Presidenta consideró una buena noticia que se haya ordenado restablecer el suministro de agua y electricidad a la embarcación e insistió en que el embargo es inconcebible.

El Tribunal del Mar fijó para el 29 y 30 de noviembre las audiencias entre la Argentina y Ghana por el embargo de la Fragata Libertad. “Aceptamos tanto las fechas propuestas por el tribunal como los demás aspectos de procedimiento que se plantearon durante una teleconferencia”, sostuvo la Cancillería a través de un comunicado. En el transcurso de la semana, el titular del Palacio San Martín, Héctor Timerman, se había mostrado confiado en obtener una respuesta positiva –como ocurrió– por parte de este tribunal internacional con sede en Hamburgo, Alemania. En su presentación, el funcionario reclamó el pago de una indemnización por los daños causados. Por otro lado, las autoridades ghanesas restituyeron el suministro de agua y luz a la fragata.

“Es una buena noticia que ordenaran restablecer en forma inmediata el suministro de agua y electricidad a la fragata, que era inconcebible y no entraba dentro de ningún sistema legal. Vamos a seguir trabajando porque la verdad es que (este hecho) ha constituido una violación flagrante a las leyes internacionales y a las soberanías nacionales que no se discute en ninguna parte del mundo”, afirmó la presidenta Cristina Fernández de Kirchner durante un acto en Santa Cruz.

La Fragata Libertad está retenida en el puerto ghanés de Tema luego de que la Justicia comercial de ese país diera curso a un pedido de embargo del fondo buitre NML-Elliot Management y Huntlaw Corporate Service, que reclaman el pago de unos 370 millones de dólares por títulos de deuda defaulteados en 2001. Esta deuda se reestructuró en dos oportunidades, operación que tuvo una adhesión superior al 92 por ciento.

El día previo a las próximas instancias judiciales, el Tribunal realizará consultas con las partes. El presidente de dicho Tribunal explicó que se mantendrá en contacto con ellas a efectos de realizar las averiguaciones que estime necesarias.

Timerman enfatizó que “los gobiernos son responsables por las acciones de sus habitantes, y la firma de las convenciones obliga a que el derecho internacional sea respetado por todas las instancias judiciales y administrativas de un país”. La tesis del Ejecutivo es que existen bienes soberanos que no pueden ser embargados por ningún Estado o sector privado. “La decisión de Ghana viola su obligación de respetar las inmunidades de jurisdicción”, sostiene el informe presentado por el Ejecutivo.

En un sentido similar se expresó días atrás la especialista en Derecho Internacional Stella Maris Biocca, miembro de la Academia Interamericana de esa materia. “El Derecho Internacional General excluye a los bienes soberanos –esto es, aquellos que debe utilizar el Estado en el indiscutido ejercicio de la soberanía– de la posibilidad de ser objeto de un embargo. Y entre esos bienes excluidos se encuentran los buques de guerra.” Luego la especialista se refirió a un punto sensible en este caso: “El conflicto quizá se resuelva por la vía política, pero es un ejemplo más de la necesidad de derogar toda ley que admita la prórroga de jurisdicción y de admisión de la ley extranjera en todas las relaciones jurídicas en que el Estado es parte”.

En este sentido, la Justicia de Ghana opina lo contrario, ya que el fallo del juez Richard Adjei Frimpong, que decidió la retención de la fragata, consideró que la Argentina resignó la soberanía de sus bienes al vender bonos de la deuda al fondo NML-Elliot, que hoy reclama 370 millones de dólares. El fondo de la controversia se resolverá una vez transcurridas las audiencias.

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