ECONOMíA › LA CORTE PODRíA TOMAR UN CASO CONTRA LAS RESTRICCIONES CAMBIARIAS
El máximo tribunal pidió un expediente a la Cámara en lo Contencioso donde se tramita el reclamo de un contribuyente por la imposibilidad de comprar dólares en el mercado oficial para cancelar un préstamo para la vivienda en moneda extranjera.
La Corte Suprema de Justicia solicitó ayer a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que le remita el expediente de la causa de un contribuyente que presentó un recurso extraordinario ante la Justicia para que se le permita comprar dólares para cancelar mensualmente los pagos de dos préstamos hipotecarios. La causa fue presentada por el abogado José Manuel Moyano Nores, quien había tomado un crédito para adquirir una vivienda con garantía hipotecaria en moneda extranjera. En la presentación argumentó que su acreedor se niega a recibir los pesos equivalentes por la cuota. El amparo fue rechazado por un juzgado de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal y luego la Cámara confirmó esta decisión. Por medio de un recurso de queja, el caso llegó a la Corte, que podría pronunciarse sobre la cuestión de fondo: la validez de las restricciones a la compra de moneda extranjera, aunque también podría rechazar el planteo.
El abogado presentó su reclamo contra el Estado nacional, a través de la AFIP, en el que esgrime una supuesta imposibilidad de cancelar la deuda hipotecaria “sin cometer un delito”, derivado de recurrir al mercado ilegal de cambios. Tras la aplicación de distintas barreras a la salida de capitales, el Banco Central dispuso prohibir la venta de moneda extranjera al público que no tenga como destino viajes, turismo y fines muy específicos. Esta situación estimuló una ola especulativa en el segmento informal, donde el dólar paralelo llegó a duplicar en precio la cotización oficial (ver aparte). En simultáneo, el Gobierno decidió estimular la pesificación del mercado inmobiliario, situación que no pudo cristalizarse en el caso de los inmuebles usados y que derivó en un estancamiento de esa actividad. Ahora, a partir del proyecto del blanqueo de capitales, se crean dos instrumentos financieros, uno de ellos con destino a la actividad inmobiliaria (Cedin).
Según los fallos previos, el demandante no habría podido probar el efectivo perjuicio en su contra o un daño patrimonial como consecuencia de las restricciones cambiarias. El fallo de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal, y la confirmación de la Cámara, determina que “el accionante no demostró adecuadamente el perjuicio que le ocasionaban las normas que restringieron la compra de moneda extranjera”. “Y, además, que no resultaba posible en el marco sumarísimo de la acción de amparo y con la prueba reunida determinar si la conducta de la AFIP y del BCRA estaba viciada de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, por tratarse de una cuestión opinable”, se explica en el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte.
Frente a ese revés judicial, Moyano Nores presentó ante la Corte Suprema una “queja por recurso extraordinario denegado, en una acción de amparo en la que se cuestiona la validez de las normas que impuso el gobierno nacional”, explicaron desde el CIJ. Durante el transcurso de la tarde se informó que la Corte había solicitado a la Procuración General de la Nación, a cargo de Alejandra Gils Carbó, que se pronuncie –su dictamen no es vinculante– sobre el caso. Esto implicaría que la Corte hubiese aceptado el caso. No obstante, la Corte aclaró más tarde a través de la directora de Comunicación Pública, María Bourdin, que “no giró el expediente a la Procuración, como consignan algunos medios, sino que pidió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que le remitan el expediente”.
El pedido de lo actuado por la Cámara se realizó con la presencia de seis de sus siete miembros, ya que el juez Raúl Zaffaroni se encuentra actualmente en Italia y volverá la semana próxima. “Para examinar debidamente las cuestiones planteadas en esa queja, la Corte dispuso solicitar el expediente principal a la mencionada Cámara de Apelaciones”, explica el centro de información del máximo tribunal. Luego de reunida la documentación solicitada a la Cámara, la Corte deberá decidir si accede a analizar la vigencia de las restricciones cambiarias. La Corte Suprema puede directamente rechazar el planteo. Desde que se aplicaron los controles a la compra de moneda extranjera hubo una catarata de presentaciones ante la Justicia contra la AFIP para que se les permita acceder al mercado oficial de cambios, de las cuales hasta el momento más de un centenar tuvieron fallos favorables para el órgano recaudador.
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