Vie 14.03.2014

ECONOMíA  › LA CORTE SUPREMA HABILITó UNA ACCIóN COLECTIVA CONTRA LAS TELEFóNICAS

Una batalla por el control

Después de siete años de trámites judiciales, el máximo tribunal autorizó a una entidad de consumidores a reclamar para que los usuarios de telefonía fija puedan recibir el detalle de sus comunicaciones sin tener que pagar por el servicio.

› Por David Cufré

La posibilidad de los usuarios de telefonía fija de acceder a una factura con el detalle de sus comunicaciones, sin que ese servicio tenga un costo extra, está un paso más cerca. La Corte Suprema dictaminó el último viernes que las entidades de consumidores tienen derecho a plantear una acción colectiva para reclamar por ese derecho. Una de ellas, la Unión de Usuarios y Consumidores, intentó hacerlo hace ya siete años, pero un tema tan básico como éste demoró todo ese tiempo en la Justicia hasta que finalmente el máximo tribunal dio su aprobación. Ahora, la asociación podrá iniciar otra vez el recorrido judicial para intentar que los abonados a la telefonía fija puedan corroborar si la facturación que efectúan las empresas es correcta. “Esperemos que la Justicia no tarde otros siete años en resolver”, pidió Horacio Bersten, coordinador legal de la Unión.

El caso tiene significación por distintos motivos. Por un lado, las entidades de consumidores celebraron que la Corte siga sumando jurisprudencia en favor de las acciones colectivas. Esto es, juicios que involucran a todos los usuarios de un servicio sin que cada uno de ellos tenga que hacerlo de manera particular. Si a un cliente le cobran 5 pesos de más, seguramente no iniciará una acción legal contra la empresa, pero para la compañía esos 5 pesos pueden significar 5 millones si se los cobra a un millón de abonados. Esa es la importancia de las acciones colectivas, que buscan combatir situaciones de abuso por parte de las empresas.

En el caso en cuestión, lo que intenta la asociación de consumidores es que las telefónicas informen a los usuarios de manera gratuita la totalidad de llamadas efectuadas mes a mes. Es un tema que los usuarios por sí solos no reclamarían, por eso el camino debe ser una acción colectiva. Como se indicó al principio, la Unión tuvo que esperar siete años hasta recibir la habilitación de la Corte para realizar el reclamo judicial, el cual iniciará a partir de ahora. La misma entidad sigue esperando que el máximo tribunal la autorice a hacer lo propio con la telefonía celular, lo cual puede resultar un indicador de la relación de fuerzas entre las partes.

Según la Ley de Defensa del Consumidor, reformada en 2008, la información para los clientes de cualquier servicio debe ser gratuita. Sin embargo, el marco regulatorio de la telefonía fija autoriza a las empresas a cobrar un cargo a los usuarios que pidan el detalle de sus comunicaciones. En rigor, los clientes tienen derecho a solicitarlo sin costo una vez, mientras que después sí se aplica el cargo. La Unión cuestionará ese punto del marco regulatorio, amparándose en aquella ley. El objetivo es que los clientes tengan la posibilidad de chequear el registro de sus llamadas y así controlar que la facturación recibida sea correcta. “Las telefónicas se resisten a que las controlen”, interpretó ante Página/12 Bersten, quien también le apuntó a la Secretaría de Comunicaciones por no impulsar una modificación de aquel punto del marco regulatorio.

Un camino intermedio podría ser que los usuarios accedan al detalle de sus llamadas por Internet, a fin de evitarles a las telefónicas costos de impresión.

Además de este tema, la Corte Suprema se pronunció el último viernes con respecto a otro reclamo de la Unión de Usuarios y Consumidores contra la empresa Telefónica. El máximo tribunal también dio el visto bueno para una acción colectiva. En este caso, la demanda es porque la compañía supuestamente incumple con la obligación de descontar del abono de telefonía fija los días sin servicio, tal como lo indica la reglamentación para el sector. La norma establece que si el desperfecto dura hasta tres días, el reintegro es simple, es decir, el cliente no paga cada uno de los días que estuvo sin teléfono. Pero si el problema se extiende más de tres días, la devolución se duplica: por cuatro días sin servicio, por ejemplo, el descuento en el abono debe ser de ocho. Ahora que la Corte le dio lugar a la acción colectiva, la Unión avanzará con su queja. “Todo esto tiene que ver con la ineficacia de los organismos de control”, protestó Bersten.

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