Mié 16.04.2014

ECONOMíA  › LA CORTE LE REPROCHó A STANDARD & POOR’S FALSEAR INFORMACIóN Y “FALTA DE INTEGRIDAD”

La calificadora descalificada

La Corte Suprema ratificó la sanción impuesta por la CNV a Standard & Poor’s en una calificación de emisión de deuda injustificadamente favorable al Citibank y BankBoston. Según el fallo, su accionar erróneo “compromete la seguridad jurídica”.

La Corte Suprema confirmó ayer una multa contra la filial local de la calificadora de riesgo Standard & Poor’s. La Justicia ratificó a través del fallo la decisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV) de aplicar una sanción contra la institución financiera por incumplir con procedimientos para evaluar la calidad de emisión de deuda de bancos multinacionales en el mercado argentino. Los jueces de la Corte apuntaron que la calificadora incurrió en contradicciones operativas y judiciales. También que realizó declaraciones falsas, al decir que las casas matrices de los bancos emisores habían autorizado la operatoria, lo cual no fue cierto. La Argentina es uno de los países que se ha mostrado más activo en el foro de discusión global del G-20 para regular el sistema financiero a través del rediseño de las calificadoras de crédito.

La sucursal local de Standard & Poor’s realizó una calificación de la emisión de deuda de las filiales argentinas de Citibank y BankBoston, asignándole mejor calidad y más bajo riesgo, para lo cual no cumplió con procedimientos de su propio manual registrado ante la CNV. La situación llevó a la entidad que hoy conduce Alejandro Vanoli a aplicar en 2006 una multa contra la calificadora por 20 mil pesos. La sanción fue ratificada ayer por un fallo de la Corte Suprema. La falta de prudencia para seguir el reglamento fue el principal argumento de la Justicia local. “Debido a la gran influencia que ejerce en el mercado tanto nacional como internacional la actividad exige una altísima responsabilidad, debiendo llevarse a cabo con especial cuidado y prudencia y con estricto apego a las normas reglamentarias”, dijo la Corte. Los incentivos de las calificadoras para distorsionar el nivel de riesgo de una emisión de títulos (deuda) son elevados, porque los propios emisores son los que se encargan de pagar esta tarea de evaluación.

Desde la Corte Suprema hicieron especial hincapié en elementos morales de la calificación de deudas. “Las sociedades calificadoras de riesgo cumplen un rol fundamental en el desarrollo de los mercados de capitales y en la promoción de la transparencia de la información”, aseguraron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni. Agregaron que “la calificación de títulos que se colocan a través del régimen de oferta pública constituye un servicio que, al ser realizado en beneficio del conjunto de inversores, compromete el interés público, y por tal razón, requiere que sea desempeñado por empresas cuyos integrantes cuenten con un alto nivel de especialización en la materia y con una moral irreprochable”.

El fallo de la Corte destacó que Standard cometió fuertes incoherencias administrativas y judiciales para calificar la emisión de títulos de los bancos privados Citi y BankBoston. Los jueces apuntaron a una falta de integridad de la calificadora. También, a una falla en el cuidado y la transparencia que requieren las tareas de evaluación de deuda de este tipo de instituciones financieras, las cuales quedaron sumamente desprestigiadas a partir de la crisis global de 2008. El estallido de las hipotecas subprime en Estados Unidos, con fuertes tensiones del sistema financiero internacional, dejó al descubierto la ineficiencia de las calificadoras.

A su vez, la Corte consideró reprochable la operatoria “nociva” de la sucursal local de Standard, la cual había asegurado que la emisión de títulos de los dos bancos estaba respaldada por sus casas matrices, lo cual no era cierto.

Las críticas del Supremo Tribunal apuntaron también a las distorsiones estructurales que pueden generar estas instituciones para el sistema financiero local e internacional. “Este tipo de comportamientos por parte de las calificadores de riesgo, lejos de cumplir con las funciones que las normas les asignan, son susceptibles de generar confusión y hasta error en el público inversor. La seguridad jurídica está comprometida cuando los consumidores y usuarios padecen la falta de certeza o los errores de quienes deben darle confianza”, cerró la Corte.

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