ECONOMíA › OPINION
› Por Federico Thea *
En las últimas audiencias convocadas en el caso NML contra la República Argentina, el Juez Griesa no resolvió los numerosos pedidos de clarificación efectuados por terceras partes afectadas por sus órdenes –cuyo alcance aún nadie termina de comprender, ¡ni siquiera el propio Juez!— y se limitó a reiterar obstinadamente que la República Argentina debe cumplir con su sentencia.
El problema, sin embargo, es que la sentencia del Juez Griesa es de imposible cumplimiento. Y si bien la República Argentina lo ha venido explicando desde el comienzo de este proceso judicial, la Justicia de los Estados Unidos parece haber hecho oídos sordos no sólo a las advertencias de nuestro país, sino incluso a las del propio gobierno de los Estados Unidos; de terceros Estados, como Brasil, México, la República Francesa; del FMI; de la Unctad y de numerosas organizaciones internacionales y expertos en la materia.
Tal como se ha explicado infinidad de veces, estas decisiones que ordenan el pago del cien por ciento del valor de los bonos en posesión de los fondos buitre que se negaron a ingresar a un proceso de reestructuración de deuda –al que accedió más del 92,4 por ciento de los acreedores– no pueden ser obedecidas por ningún Estado Soberano que se precie de tal.
Las “órdenes pari passu” del Juez Griesa no sólo resultan extravagantes e irrazonables, sino que –más grave aún– pretenden establecer una obligación para Argentina que le exigiría violar las condiciones en las que reestructuró su deuda soberana –dejándola virtualmente sin efecto—, y con ello no sólo los contratos firmados con otros acreedores, sino también sus propias leyes internas y el Orden Público argentino.
La historia de los empréstitos en la Argentina comenzó con una tragedia, con un fracaso –recuérdese el empréstito con la Baring Brothers– y se han repetido, al menos hasta el año 2001, en forma de farsa. En 2001, la falta de capacidad de pago de la Argentina frente a su deuda soberana la obligó a diferir los pagos de aproximadamente $ 80 mil millones de dólares en bonos. La cesación de pagos fue la única decisión posible, frente a la imposibilidad de seguir ahogando al pueblo argentino en la sumisión al ajuste permanente, sin solución de continuidad, impuesto por organismos como el FMI o la misma banca internacional que hundió la economía mundial en 2008.
A no olvidarse: en 2001 las recetas fracasaron y los remedios también.
Frente a esta situación, la República Argentina siguió la práctica internacional establecida y reestructuró voluntariamente su deuda, primero en 2005 y posteriormente en 2010, alcanzando una aceptación del 92,4 por ciento de sus acreedores. Estas reestructuraciones fueron realizadas bajo el principio de equidad entre acreedores, que exige que todos los tenedores de deuda en default sean tratados de igual modo. Y desde el inicio de los procesos de reestructuración, la República Argentina ha manifestado repetidamente su compromiso de encontrar una solución para el 100 por ciento de los tenedores de bonos en condiciones justas, equitativas, legales y sustentables.
Sin embargo, el Juez Griesa no parece terminar de comprender que este caso no involucra a dos partes privadas, sino que una de las partes es un Estado Soberano, que tomó la decisión iure imperii de reestructurar su deuda soberana, y que goza de inmunidad de ejecución, tanto bajo el derecho internacional público como bajo las propias leyes de los Estados Unidos. El Juez Griesa –y los grupos de intereses locales que, como denunciaba Jauretche, cumplen la función cipaya falsificando la historia, dominando las cátedras y controlando los medios de comunicación– insiste en que la República Argentina debe acatar su sentencia porque en los propios contratos que firmó en la década de los noventa, el país renunció a su inmunidad de jurisdicción y de ejecución.
Sin embargo, tal renuncia fue efectuada dentro de los límites de la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos (FSIA, por su sigla en inglés), y en la confianza de la República de que los tribunales estadounidenses no se apartarían, directa o indirectamente, de los términos y principios de dicha norma fundamental.
De hecho, si los fondos buitre estuvieron años litigando infructuosamente contra la República Argentina –intentando embargar embajadas, satélites, reservas del Banco Central, la Fragata Libertad, etc.— ha sido justamente porque la FSIA protege a los Estados de los intentos de ejecución de sus bienes inmunes. La FSIA establece que la propiedad de un Estado extranjero en los Estados Unidos goza de inmunidad de ejecución, excepto si dicho Estado ha renunciado a esa inmunidad y si la propiedad es utilizada para una actividad comercial en ese país.
Dado que los Estados son soberanos, y por tanto jurídicamente iguales, no pueden, como regla, ser sometidos a ejecución en tribunales internos de otros Estados, ya que esto podría implicar la afectación de bienes que son vitales para el cumplimiento de sus funciones esenciales. Este principio de igualdad soberana de los Estados constituye un elemento fundamental para la comunidad internacional, y fue receptado por el Congreso de los Estados Unidos en la FSIA, en el entendimiento de que un Estado Soberano no puede obligar a otro Estado igualmente Soberano a hacer algo o dejar de hacerlo.
Las órdenes pari passu dictadas por el Juez Griesa no son sino el mecanismo diseñado por los fondos buitre –y convalidado por el sistema judicial de los Estados Unidos– para evadir esta inmunidad de que gozan los Estados Soberanos. Según el propio Juez Griesa, “la ventaja del proceso de pari passu es que, finalmente, después de todos estos años, proporcionó un mecanismo para coaccionar a la República a pagar a los demandantes”.
Pero lejos de ser una “ventaja”, este mecanismo diseñado por los fondos buitre es la propia causa por la cual el Juez Griesa no puede hacer cumplir su sentencia. Sentencia que, como algunas de sus órdenes posteriores, son de imposible cumplimiento en la práctica.
Esta ilegítima coacción contra un Estado soberano pretende forzar a la República Argentina a realizar pagos en violación de sus leyes, su orden público y sus contratos, y asumiendo riesgos que comprometan el futuro del país. La reestructuración de la deuda soberana de la República Argentina realizada en los años 2005 y 2010 constituye un acto soberano (iure imperii), y la pretensión de la Justicia de los Estados Unidos de obligar al Estado a frustrar dicha reestructuración es violatoria de su inmunidad como Estado Soberano.
En este sentido, nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció recientemente en la causa Claren Corporation que el acto de diferimiento de pago de la deuda pública constituye una emanación de la soberanía nacional, explicando que si bien los contratos y títulos emitidos revisten una incuestionable naturaleza privada, el acto de cesación de pagos, dictado como consecuencia de las apremiantes circunstancias de emergencia pública “constituye una expresión de la voluntad soberana de la República Argentina, un acto de gobierno, respecto del cual el Estado Argentino no ha prorrogado su jurisdicción”.
El Juez Griesa no puede pretender aplicar esta sentencia como si estuviera frente a un sujeto de derecho privado. Está frente a un Estado Soberano. Por ello, debía aplicar la letra y el espíritu de la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos. Dado que no lo hizo, y dictó una orden cuidadosamente diseñada por los fondos buitre para evadir la propia Ley del Congreso de los Estados Unidos, se encuentra ahora en la incómoda situación de intentar hacer cumplir una medida que, como se explicó, es de imposible cumplimiento para cualquier Estado Soberano. Por todas estas razones, la sentencia del Juez Griesa es de imposible cumplimiento. Y por tales razones, la inaplicabilidad de estas órdenes judiciales no puede serle cargada a la Argentina, acusándola de no cumplir sus obligaciones.
La República Argentina ha reiterado una y otra vez su compromiso de honrar sus obligaciones con el 100 por ciento de sus acreedores, en condiciones justas, equitativas y legales; y lo seguirá haciendo, protegiendo la exitosa reestructuración de deuda de 2005 y 2010, y en cumplimiento de la Constitución nacional y el Orden Público argentino.
* Secretario Legal y Administrativo del Ministerio de Economía.
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