La AFIP estableció las pautas para una nueva recategorización para los trabajadores autónomos. A partir de mayo comenzarán los cambios de categorías y los ajustes a pagar se determinarán de acuerdo con el índice de movilidad jubilatoria que fija la Anses, en marzo y septiembre de cada año. Así lo estableció ayer la AFIP a través del Boletín Oficial, en donde se indica que “se ha decidido que en cada oportunidad en que se establezca el índice de movilidad, se dispondrá de la difusión de los nuevos importes de las rentas de referencia, el mínimo de ingresos brutos anuales y los respectivos aportes que deberán pagar los autónomos, a través del sitio web del organismo”. Las recategorizaciones se realizarán anualmente durante mayo.
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