ECONOMíA › FALLO A FAVOR DE LA AFIP
El Juzgado Federal de Mar del Plata rechazó un pedido de inconstitucionalidad de la reglamentación de la AFIP que determinó la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjetas de débito para las operaciones comerciales. La denuncia había sido presentada por un particular, quien alegó que dicha norma “vulneraba sus derechos”. El tribunal se apoyó en un fallo previo de la Corte Suprema sobre un caso similar, donde otro contribuyente reclamó la inconstitucionalidad de la norma, asegurando que ésta violaba sus derechos, pero “sin probar en ningún caso que exista la más mínima lesión de dichos derechos”, explicó la AFIP a través de un comunicado.
“Corresponde rechazar la impugnación de inconstitucionalidad de las resoluciones de la AFIP (dictadas en el marco de las facultades que emanan del art. 32 de la ley 11.683) que impusieron la obligación de adquirir los controladores fiscales, si los planteos configuran alegaciones abstractas sobre la supuesta violación del derecho de trabajar, de propiedad y de capacidad económica, sin que se haya aportado elemento probatorio concreto alguno sobre tales extremos, por lo que resultan agravios meramente conjeturales”, puede leerse en el fallo.
Según indicó la AFIP, la norma resulta relevante en “la lucha contra la evasión fiscal”, al obligar a los comercios a canalizar todas sus ventas a través del sistema bancario, “evitando la no facturación y, por consiguiente, la evasión fiscal”.
En su fallo, el Juzgado Federal de Mar del Plata aseguró que la AFIP tiene facultades delegadas para dictar las normas reglamentarias, de aplicación y de fiscalización, que entre otros temas creó el reintegro del Impuesto al Valor Agregado de las compras pagadas con tarjeta de débito.
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