ECONOMíA
› CHALLU DIJO QUE ERA “UNA ALTERNATIVA EN ESTUDIO”
Amenazan con aplicar precios máximos
El secretario de la Competencia, Desregulación y Defensa del Consumidor, Pablo Challú, reveló ayer que el Gobierno estudia la posibilidad de aplicar precios máximos para aquellos productos en los que se observe un incremento de precios “muy superior” a sus costos de producción. Por otro lado, dicha Secretaría dispuso que las empresas que comercialicen productos perecederos deberán pagar a los proveedores en un plazo máximo de 30 días. La resolución, publicada en el Boletín Oficial, fue hecha a la medida del sector lechero: los tamberos podrán así exigir a la industria el pronto pago de sus ventas, en tanto que las empresas productoras podrán hacer lo propio con los supermercados.
“Estamos estudiando la alternativa de precio tope para aquellos casos en que los precios se van de la lógica”, dijo Challú, al ser consultado sobre los aumentos de precios en productos de la canasta familiar.
El funcionario, que inauguró las jornadas por la educación del consumidor, en festejo del “día del consumidor”, destacó también que “no hay ninguna justificación para nuevos aumentos de la leche y no tiene por qué aumentar, aunque se llegue a un incremento en el precio de litro de leche en tranquera de tambo”. “En la disposición del Ministerio de la Producción ya quedó claro que no hay justificación para el aumento del precio del litro de leche en góndola”, insistió.
En cuanto a los plazos de pago en el sector de alimentos perecederos, la resolución de la Secretaría de la Competencia dice que “toda persona física o jurídica que adquiera para su posterior comercialización productos alimenticios perecederos deberá efectuar el pago a sus proveedores dentro del plazo de 30 días de recibida la mercadería”.
La medida apunta a zanjar el conflicto abierto en las últimas semanas en el sector lechero, pero también es una respuesta concreta al reclamo formulado por las pymes productoras de alimentos, que debían afrontar plazos de pago de hasta 120 días, impuestos por las empresas de primera línea y los supermercados. La resolución dispone que el pago se deberá realizar dentro de los 30 días, en efectivo o mediante la entrega de un documento –cheque de pago diferido, factura de crédito o equivalentes– cuya fecha de vencimiento no supere el plazo mencionado.