ECONOMíA › LA CAMARA FEDERAL DE LA PLATA DECLARO NULAS LAS RESOLUCIONES QUE FIJARON LOS AUMENTOS
Los magistrados justificaron su decisión por la falta de audiencias públicas previas a las subas. También frenaron el ajuste de la luz, pero sólo en Provincia. El Gobierno apuesta a la Corte Suprema.
› Por Fernando Krakowiak
La Sala II de la Cámara Federal de La Plata le puso freno ayer al tarifazo del gas en todo el país al declarar nulas las resoluciones 28 y 31 que fijaron los aumentos. Los magistrados César Álvarez, Olga Ángela Calitri y Leopoldo Schiffrin consideraron procedentes las apelaciones del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) y de Consumidores Argentinos, que habían planteado la obligatoriedad de realizar audiencias públicas antes de aplicar cualquier ajuste de tarifas. Los mismos camaristas hicieron lugar además a una apelación presentada por un grupo de legisladores bonaerenses del Frente para la Victoria y suspendieron por noventa días el aumento en la tarifa de la luz eléctrica, aunque en este caso sólo en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, dejando afuera incluso a los clientes de Edesur y Edenor. “Daremos todos los pasos procesales necesarios para defender las medidas tarifarias que hemos dictado y que están plenamente basadas en los marcos legales de cada uno de los servicios públicos involucrados”, aseguró el Ministerio de Energía a través de un comunicado. La expectativa oficial es que sea la Corte Suprema la que le de luz verde al tarifazo en la reunión de acuerdos que mantendrá el próximo martes.
En respuesta a los fallos de ayer, lo primero que hará el gobierno será presentar un recurso extraordinario ante la Cámara solicitando que el tema pase a la Corte y si se lo rechazan insistirá con un recurso de queja directamente ante el máximo tribunal para que tome el tema. Más allá de esta estrategia, el gobierno ya presentó un pedido de per saltum ante la Corte porque son numerosos los jueces que vienen frenando aumentos en distintas provincias y localidades (ver aparte). El objetivo oficial es que los supremos avalen el tarifazo y apuesta a que los dos nuevos miembros designados por el ejecutivo, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, tercien a su favor, junto con el siempre dispuesto Ricardo Lorenzetti.
Los fallos de ayer de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata dejan en claro que el gobierno no la tiene fácil, pues los argumentos que utilizó para justificar la no convocatoria a audiencias públicas antes de aplicar el tarifazo vienen siendo duramente cuestionados. En el caso del gas, los camaristas hicieron lugar a dos apelaciones presentadas por Cepis y Consumidores Argentinos. Ambas entidades argumentaron que es necesario realizar audiencias públicas, como garantía de participación ciudadana, antes de concretar cualquier tipo de ajuste. El Ministerio de Energía retrucó, en cambio, que la audiencia pública no es obligatoria para la entrada en vigencia de la resolución 28 que fijó un nuevo precio de gas en boca de pozo porque la producción de gas natural no configura un servicio público y su precio está sujeto a las leyes del mercado, mientras que en el caso de la readecuación tarifaria contemplada en la resolución 31 supuestamente tampoco haría falta la audiencia porque no es una Revisión Tarifaria Integral sino una “adecuación transitoria” que forma parte de una renegociación contractual iniciada hace más de diez años, para la cual ya se realizó audiencia pública en 2004.
En su fallo, el juez Álvarez rechazó el argumento oficial de que la audiencia pública ya fue hecha, pero hace 12 años. “Dicha afirmación no resiste análisis como justificativo de la ausencia de celebración de audiencia pública previa al dictado de las resoluciones 31/2016 y 28/2016, medidas que conllevan una implicancia económica directa sobre las tarifas del servicio público de gas natural, toda vez que no se puede tener por satisfecha la obligación fundamental del Estado, respecto de los usuarios y consumidores, de brindar las herramientas de participación y protección de los derechos constitucionales de incidencia colectiva, a través de audiencias públicas celebradas años atrás”, remarcó el magistrado. “Máxime, cuando las circunstancias sociales y económicas eran disímiles a las actuales en el momento del dictado de las resoluciones que se impugnan”, agregó.
A raíz de ello, el camarista le ordenó al Estado Nacional convocar a una audiencia para posibilitar la participación ciudadana y aseguró que “las citadas resoluciones devienen nulas por no haber sido precedido su dictado de las audiencias públicas”. En lo que refiere al alcance del fallo, el juez Álvarez afirma que “ningún inconveniente existe en adoptar un criterio de amplitud con respecto a la pauta territorial”. A su vez, la jueza Calitri, que junto con Schiffrin adhirió a los argumentos de Álvarez, resolvió “acumular a la presente todas las acciones colectivas que correspondan”, por lo que varios analistas interpretaron que el alcance del fallo es nacional.
En el caso de la luz eléctrica, los mismos magistrados dictaron ayer otro fallo donde también cuestionan el tarifazo debido a la falta de audiencia pública, aunque, a diferencia de lo decidido para el gas, no anularon las resoluciones sino que las suspendieron por tres meses. Otra diferencia clave es que en este segundo fallo aclararon expresamente que su vigencia se limita “al territorio de la provincia de Buenos Aires”. Incluso quedaron al margen de la resolución, los partidos del conurbano atendidos por Edenor y Edesur, ya que ambos operadores están bajo jurisdicción federal.
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