Vie 26.08.2016

ECONOMíA  › EL ENARGAS DEFINIO EL REORDENAMIENTO TARIFARIO

Reintegros y pagos en cuotas

El Enargas estableció el mecanismo para que las distribuidoras de gas de todo el país reintegren a los usuarios las boletas que se hayan abonado con los aumentos que quedaron anulados por la Corte Suprema. Esos excedentes se tomarán como un crédito en las próximas boletas hasta que se complete la suma abonada durante estos meses de vigencia del tarifazo. El Ejecutivo además reglamentó la aplicación del tope del 500 por ciento para usuarios no residenciales anunciado a principios de julio luego de las críticas a los incrementos tarifarios.

El Gobierno ordenó a las prestadoras del servicio de gas que el valor de la factura se retrotraiga al esquema tarifario vigente al 31 de marzo, en línea con el fallo de la Corte. “Con relación a los montos abonados en exceso por los usuarios, deberán ser acreditados comenzando en la primera factura que se emita a partir de la fecha y en las siguientes facturas, hasta reintegrar por completo la diferencia”, definió el Enargas.

Además, el Gobierno estableció que “por el término de sesenta días corridos las distribuidoras no podrán aplicar los mecanismos de notificación de deuda previo al corte de suministro por falta de pago respecto de la facturación de consumos realizados a partir del 1° de abril de 2016”. También se definió que los usuarios que reciben la tarifa social continúen con el beneficio si que es que la marcha atrás del tarifazo no les supone una rebaja de la boleta.

Como el fallo de la Corte sólo impactó sobre los usuarios residenciales, el Gobierno definió que los usuarios comerciales, industriales y otros no residenciales deben pagar por las facturas que se emitan por los consumos a partir del 1 de abril de 2016 y hasta el 31 de diciembre aunque con el límite del 500 por ciento de suba en relación a la factura del mismo período del año anterior. Ese límite fue el parche que propuso el Gobierno para desactivar en su momento la presión popular en contra del tarifazo, aunque sin los resultados esperados. Si el usuario no residencial pagó su factura con una suba que superó el límite, también obtendrá una bonificación. Por último, los usuarios que no pagaron las facturas emitidas con posterioridad al 1° de abril de 2016 podrán hacerlo en cuatro cuotas mensuales consecutivas, iguales y sin incluir intereses hasta el momento de la facturación.

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