ECONOMíA
La Procuración prepara el contraataque ante el Ciadi
Después del fallo del tribunal del Banco Mundial que le ordena pagarle a CMS Energy 133 millones de dólares, la Procuración del Tesoro prepara su planteo de nulidad y abrirá un proceso que, según confían las autoridades, no demorará menos de un año y medio.
› Por Cledis Candelaresi
Después del primer revés en el Ciadi, que dictaminó pagar 133 millones a la norteamericana CMS Energy, la Argentina tratará de ganar tiempo: en un máximo de cuatro meses, la Procuración del Tesoro presentará ante el propio organismo su planteo de nulidad y abrirá así un proceso que, según se especula en medios oficiales, podría culminar recién dentro de un año y medio. Mientras, el Gobierno analizará qué otra medida puede tomar localmente para neutralizar la posible catarata de fallos adversos, fundados en el hecho de que la pesificación y congelamiento de las tarifas de servicios públicos vulneró la obligación de darles a los inversores extranjeros un “trato justo y equitativo”.
El fallo a favor de la socia de Techint en Transportadora de Gas del Norte tiene algunos aspectos singulares. Entre ellos, el que propone al Estado argentino quedarse con las acciones de la compañía, previo pago de aquella indemnización. Los árbitros liderados por el chileno Francisco Orrego Vicuña desestimaron el planteo empresario de que CMS había sufrido expropiación. Pero con aquella cesión accionaria se daría una figura similar, ya que el monto de la compensación a pagar está cercano al valor del capital que tiene la firma favorecida por el Ciadi. En otros términos, se estaría forzando al Estado a reestatizar parcialmente la TGN.
Los abogados estatales trabajarán en el planteo de nulidad del fallo con el argumento central de que la demandante es socia minoritaria de TGN y, por consiguiente, no tiene entidad para reclamar, menos aún cuando la sociedad adjudicataria (por lo tanto, sus socios mayoritarios) están renegociando con el Gobierno. Según fuentes oficiales, este planteo deberá ser evaluado por un nuevo tribunal del Ciadi, que se constituirá a partir del reclamo argentino.
Esta instancia se transforma de hecho en una especie de apelación, a pesar de que los fallos del Ciadi son inapelables. La única diferencia es que el nuevo trío arbitral sólo se limitaría a reconocer o desechar la validez de la propia demanda, formulada por accionista minoritario.
Otro punto de la estrategia oficial fue el pedido de Guglielmino a la Unidad de Renegociación para que elimine de los posibles acuerdos con las privatizadas la denominada “cláusula de indemnidad”. Según ésta, no es el Estado sino los socios de la sociedad adjudicataria los que deberían hacerse cargo de la eventual indemnización o compra de acciones de la demandante.
Pero, para el procurador es estratégicamente más ventajoso olvidar esa condición y avanzar en el cierre de un acuerdo con la privatizada que, al rubricar un nuevo contrato, renunciaría a todo reclamo indemnizatorio. Este planteo talla especialmente en el caso de TGN y de Gas Natural BAN, cuya sociedad está integrada por otra litigante, la norteamericana LE&G.
El flamante dictamen del tribunal bancomundialista sienta un precedente peligroso para los intereses del Estado argentino, si se considera que hizo lugar al argumento de que la Argentina no prodigó a la empresa un “trato justo y equitativo” como ordena el tratado bilateral de inversión firmado con Estados Unidos. Un amparo al capital extranjero que se concede en cada uno de los casi sesenta acuerdos internacionales que el país firmó en la década pasada.
Quizá por esto hay un afán desesperado porque todos los acuerdos con las privatizadas queden fuera de la jurisdicción extranjera, un objetivo que ayer reiteró el ministro de Justicia Horacio Rosatti. Desde el Congreso, no faltan iniciativas políticas en este sentido. El diputado del ARI, Eduardo Macaluse, acaba de presentar un proyecto de resolución para que se reconozca la exclusividad de la jurisdicción argentina a todas aquellas cuestiones en las que la Nación, provincias, organismos o empresas estatales sean parte y para que se declare nula la ley por la cual la Argentina adhiere al Ciadi como instancia para solucionar controversias.