Vie 15.12.2006

ECONOMíA  › IMPUESTO A LA RIQUEZA EN VERSION BONAERENSE

Ricos de la provincia, poneos

El ministro Gerardo Otero y su recaudador, Santiago Montoya, presentaron ayer la iniciativa en la Legislatura bonaerense.

› Por Cledis Candelaresi

A través de un flamante proyecto enviado ayer a la Legislatura, el gobierno de la provincia de Buenos Aires planea avanzar en el vidrioso terreno de gravar los activos financieros que sus contribuyentes tengan en el país y en el exterior: depósitos en pesos y en dólares, acciones o títulos de deuda. La iniciativa es parte de una embestida fiscal mayor sobre la base de crear el impuesto a la riqueza, que alcanzará con una alícuota adicional a los inmuebles y autos de aquellos titulares que posean un patrimonio total superior a los 500 mil pesos. El afán de Rentas es conseguir una recaudación adicional de 300 millones de pesos anuales, vitales para oxigenar las comprometidas cuentas provinciales.

El ministro de Economía bonaerense, Gerardo Otero, y el subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, fueron ayer a la sede de la Legislatura para explicar personalmente los pormenores de la iniciativa con la que la administración de Felipe Solá aspira a crear un gravamen que en un futuro será sustituto de Bienes Personales (de recaudación nacional), cuya vigencia expiraría en el año 2009, si entonces no se dispusiera una prórroga adicional.

Hasta entonces, estaría vigente el nuevo tributo que, de obtener el aval legislativo, comenzará a regir en enero del 2007. Se trata de un gravamen que aumenta la carga fiscal actual, pero sólo sobre los contribuyentes que acrediten un patrimonio superior al medio millón de pesos como resultado de sumar las valuaciones de sus inmuebles, autos y activos financieros. En tal caso, la tasa nueva supone un esquema progresivo, ya que carga más a los que más tienen: 0,25 por ciento hasta activos por 700 mil; sube a 0,50 por ciento hasta 1,20 millón y trepa al 0,75 por ciento cuando la base a gravar supera ese tope.

Pero quizás el punto más controvertido y audaz de la iniciativa, más allá de ese refuerzo sobre lo que hoy se tributa, es que también afecta a los activos financieros no sólo radicados en el país sino también fuera de él. Así, todos los contribuyentes bonaerenses involucrados en esta iniciativa estarán obligados a una contribución en base a aquella escala por cualquier título público o depósito en moneda argentina y extranjera “en plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro (salvo el jubilatorio) u otras formas de captación”. Una obligación que también afecta a las cuentas “en instituciones financieras del exterior”, según consigna expresamente el artículo cuarto de la norma en ciernes.

El texto girado que hoy obra en poder de los legisladores bonaerenses tiene un capítulo específico titulado “Presunción sobre la existencia de activos en el exterior”. Allí se consigna que para el caso de las personas físicas que sean titulares de tarjetas de crédito o débito emitidas por entidades financieras de otros países se presumirá que los respectivos consumos registrados en la Argentina durante cierto período fiscal están sujetos al nuevo impuesto a la riqueza, según una críptica fórmula de cálculo plasmada en la iniciativa.

El fundamento político de esta propuesta es inobjetablemente progresista: alcanzar a los contribuyentes con más capacidad contributiva, con un esquema tributario “más equitativo”. Desde el punto de vista práctico, la defensa que asume Montoya y el resto del staff recaudador es también difícil de rebatir: a su juicio los recaudos que existen a la hora de gravar los depósitos bancarios no han logrado el cometido de evitar la fuga de capitales cuando hay otras condiciones de la propician.

Una fuente de información básica para concretar esta propuesta serán las declaraciones juradas que presenten los propios contribuyentes. Pero, según se jactan en Rentas, esa repartición ya dispone de una completísima base de datos también nutrida por la información que proporcionan los bancos. Esta es la que le habría permitido disponer el embargo administrativo de 57 mil cuentas de contribuyentes morosos, hasta el monto de la acreencia en cuestión. La apuesta más ambiciosa consiste en extender esta prerrogativa fuera de los límites del país.

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