ECONOMíA › FALLO CONTRA LAS TELEFONICAS
La Justicia federal se pronunció en contra de la posibilidad de que las empresas telefónicas puedan brindar servicios de radiodifusión, al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por la Asociación Argentina de Televisión por Cable. En el fallo, la titular del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Nº 4, Rita María Ailán, sostuvo que “las empresas telefónicas carecen de legitimidad para incursionar en el mercado de los servicios de radiodifusión”, de a-cuerdo con lo que establecen las normas vigentes. La decisión de la jueza Ailán fue tomada el 7 de septiembre pasado, aunque recién se conoció ayer.
Al fundamentar el recurso de amparo, la ATVC dijo que la presentación obedece a la “campaña mediática –según entienden, desplegada por las telefónicas– tendiente a la instalación pública del tema” en referencia a la prestación de servicios de radiodifusión. Los operadores de televisión por cable iniciaron la acción judicial contra el Estado, por considerar que tanto la Secretaría de Comunicaciones, como el Comfer y el Ministerio de Planificación Federal mantienen una actitud de “omisión e indiferencia” frente a dicha campaña, que incluye “lanzamiento de productos, iniciativas comerciales, declaraciones periodísticas, acciones de marketing”.
La presentación de la medida fue acompañada por los distintos reclamos administrativos que se realizaron ante los organismos de regulación y control. A criterio de la ATVC, las empresas de telefonía procuran “posicionarse bajo la estrategia de los hechos consumados e iniciar de facto la prestación de servicios de radiodifusión, para los cuales no se encuentran habilitados”.
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