ECONOMíA • SUBNOTA › LA AFIP PEDIRá INFORMACIóN A DISTINTOS PAíSES
La AFIP instrumentó un nuevo régimen de intercambio de información financiera mediante el cual obligará a instituciones como las entidades de depósito, custodia, inversión y ciertas aseguradoras a informar las cuentas que sujetos y entidades tienen en el exterior. La medida está contemplada en el protocolo de la OCDE y regirá a partir de enero. Será obligatoria para las cuentas que superen los 100 mil dólares.
La iniciativa se enmarca en la adhesión de la Argentina al nuevo estándar para el Intercambio Automático de Cuentas Financieras lanzado en octubre de 2014 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Según se especifica en el documento que inauguró este nuevo protocolo confeccionado por el organismo multilateral, “el objetivo es ganar la batalla contra la evasión fiscal”. La idea es que a través del intercambio se reduzca el margen de maniobra para los evasores.
La medida rige desde el primer día del próximo año y su alcance se irá extendiendo con el tiempo. “A partir de 2017 la AFIP intercambiará esos datos con 55 estados. En una segunda etapa, a partir de 2018, los hará con otros 40, totalizando 95, según los compromisos asumidos oportunamente”, señaló ayer la AFIP en un comunicado.
El organismo obligará a las entidades de depósito, custodia, inversión y ciertas aseguradoras a informar las cuentas de sujetos y entidades no residentes en la Argentina, con el fin de realizar el intercambio de dicha información con las autoridades fiscales de otros países. Regirá desde enero respecto de cuentas existentes o abiertas en ese año y subsiguientes y será obligatoria para aquellas cuyos saldos sean mayores a 100 mil dólares. De este modo, la AFIP obtendrá información de sujetos y entidades residentes en la Argentina con cuentas abiertas en instituciones financieras localizadas en el exterior. Comprende el saldo de las cuentas al 31 de diciembre de cada año y datos de los titulares.
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