EL MUNDO › TRAS LA DEMANDA MARITIMA QUE HIZO BOLIVIA ANTE LA CORTE
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) aclaró ayer que es la única que puede decidir sobre jurisdicción en un contencioso de un Estado contra otro, en relación con la demanda interpuesta por Bolivia contra Chile para buscar una salida al océano Pacífico.
Ciertas fuentes dijeron en La Haya que si Chile pusiera en tela de juicio la competencia de este alto tribunal en la demanda de Bolivia, correspondería a ese tribunal decidir si el caso entra en su mandato. “En el caso de que un Estado no acepte la base jurídica de una demanda presentada en su contra por otro Estado, debe hacérselo saber mediante un escrito a la Corte”, explicaron. Luego, agregaron que, en esa situación, la CIJ tendría que convocar a las partes en una audiencia para saber sus argumentos a favor y en contra.
La aclaración llegó después de una declaración oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores chileno que señaló que lamentaba profundamente que Bolivia haya iniciado esta acción carente de fundamentos de hecho y de derecho. Luego defendió que no está obligado a negociar un acuerdo para ceder soberanía a Bolivia únicamente por la demanda interpuesta por ese país en la CIJ.
Las fuentes consultadas dijeron que si los jueces deciden que la CIJ tiene jurisdicción en un caso, éste puede celebrarse incluso en ausencia de una de las partes, según las reglas de ese Alto Tribunal. También se refirieron a que en otros contenciosos entre países latinoamericanos, ya se acudió al llamado Pacto de Bogotá como base jurídica, y recordaron que los países firmantes aceptaron la jurisdicción de la CIJ. Sin embargo, Bolivia y Chile ratificaron con reservas el Pacto de Bogotá, también conocido como Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, que fue suscripto en abril de 1948 por los países independientes americanos reunidos en la IX Conferencia Panamericana.
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