Mié 23.10.2013

EL MUNDO  › EXCARCELARON A UNA ETARRA TRAS DAR POR CUMPLIDA SU SENTENCIA POR UN NUEVO CáLCULO DEL TRIBUNAL EUROPEO

De tres mil a veintiséis años en el calabozo

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra España por la vulneración de sus derechos fundamentales abrió la puerta a la salida de prisión de un centenar de etarras y otros presos comunes que cometieron delitos graves.

La etarra Inés del Río Prada, condenada a más de 3800 años de prisión, salió ayer en libertad después de que se ordenara su excarcelación tras cumplir más de veintiséis años en prisión. De este modo, la Justicia española cumple con una sentencia de la máxima corte europea para la protección de los derechos humanos.

La liberación de esta mujer puede ser la primera de muchas otras, ya que el fallo de anteayer del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra España por la vulneración de sus derechos fundamentales abrió la puerta a la salida de prisión de un centenar de etarras y otros presos comunes que cometieron delitos graves.

Poco después de la liberación de Del Río Prada, también en cumplimiento de la sentencia de la Corte de Estrasburgo, el Tribunal Superior de Justicia de Londres decretó la libertad condicional de Antonio Troitiño Arranz, otro miembro de la organización vasca, cuya extradición a España había sido aprobada. El fallo del TEDH enterró la llamada Doctrina Parot, establecida por el Tribunal Supremo español, que invita a aplicar los beneficios penitenciarios sobre la totalidad de la condena y no sobre los 30 años de estancia máxima en prisión que establece la ley en España. Muchos de los etarras que fueron condenados por terrorismo han sido juzgados conforme al Código Penal de 1974, ley vigente en el momento de la comisión de sus crímenes.

Hasta la reforma de 1995, la ley concedía a los condenados por cualquier delito la posibilidad de redimir un día de condena por cada dos de trabajo en prisión –muy excepcionalmente uno por uno– y en todos los casos la aplicación de la reducción de penas se hacía a partir del máximo cumplimiento. Sin embargo, en febrero de 2006 el Supremo cambió el criterio y comenzó a computar, de forma retroactiva, la liquidación de las penas de los etarras sobre la totalidad de la condena para evitar la excarcelación de un buen número de miembros de la ETA. Esta jurisprudencia fue considerada ilegal y derogada por el TEDH.

La primera consecuencia del fallo llegó a primera hora de ayer, cuando los 17 miembros del Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional de España resolvieron, por unanimidad, liberar a Del Río Prada acatando el dictamen de la Corte de Estrasburgo, por tratarse de una decisión firme y de obligatorio cumplimiento, según indicaron fuentes judiciales. Pasadas las 16.30, Del Río Prada, de 55 años, abandonó la prisión gallega de Teixeiro, en La Coruña, poniendo fin a veintiséis años y tres meses de encierro.

La etarra, que había sido condenada a 3828 años de prisión por 24 asesinatos, salió de la cárcel con la cara tapada por una “ikurriña” (bandera vasca) junto a su abogada y un grupo de familiares, y no hizo declaraciones a la prensa. “Ni olvido ni perdón”, le gritaron a la etarra dos hombres que dijeron ser hijos de militares víctimas de la ETA y que se acercaron a la prisión con una bandera española con el escudo tachado, porque dijeron que “no representa nada”.

El gobierno del Partido Popular de Mariano Rajoy, que no está de acuerdo con el fallo del TEDH, aseguró que será la Justicia española, en concreto la Audiencia Nacional, en lo concerniente a delitos de terrorismo, y los tribunales provinciales en otros delitos, los que decidan en cada caso particular cómo se aplicará el fallo. El Ejecutivo español remarcó que no habrá impunidad y no permitirá que se vulneren los derechos de las víctimas de la ETA con actos de enaltecimiento ante las previsibles excarcelaciones.

“La fiscalía estudiará caso por caso”, manifestó ayer el fiscal general, Eduardo Torres Dulce, garantizando a las víctimas de ETA que no se va a alentar la liberación de presos etarras. Ahora, la Audiencia Nacional estudiará a fondo la sentencia de la Corte de Estrasburgo y decidirá los pasos a seguir con el resto de reclusos sentenciados que se encuentran en una situación similar a la de Del Río Prada.

Sobre la mesa, el tribunal tiene un recurso de Josefa Mercedes Ernaga, condenada a 794 años de prisión por el atentado al supermercado Hipercor, de Barcelona, en junio de 1987, en el que murieron 21 personas, y que lleva 26 años encarcelada. También deberá resolver sobre Juan Manuel Píriz López, quien lleva ya 29 años en prisión y que fue condenado a 61 años por haber asesinado a otro miembro de la ETA. Una treintena de recursos están en manos de la Audiencia y un número similar dependen del Tribunal Constitucional.

En su primera sentencia por el caso de Del Río Prada, en julio de 2012, el Tribunal de Estrasburgo ya aseguró que España vulneró el derecho a la libertad de la etarra al mantenerla en prisión tras una revisión de su condena, en la que se le aplicó la Doctrina Parot. La excarcelación de esta etarra estaba prevista para el 2 de julio de 2008, tras cumplir 20 años de prisión, pero con la revisión fue ampliada en nueve años, hasta 2017.

La sentencia concluye que así la Justicia violó el artículo 7 del Convenio Europeo de DD.HH, que sostiene que no puede haber pena sin una ley, y el artículo 5, que vela por el derecho a la libertad y la seguridad. Las asociaciones de víctimas del terrorismo pidieron que no se acate el fallo de Estrasburgo, pero el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, dijo que el gobierno tiene un margen muy estrecho para atender estas demandas.

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