Sáb 12.03.2005

EL MUNDO • SUBNOTA  › LOS CAMBIOS EN LA
POLITICA ANTITERRORISTA DE ESPAÑA

La mira, de la ETA a Al Qaida

Por Elizabeth Nash *
Desde Madrid

Después de las bombas de Madrid, el gobierno socialista electo en España reformó la estrategia antiterrorista del país para apuntar a islamistas de Al Qaida en vez de a separatistas vascos de la ETA mediante un paquete de medidas firmadas ayer. Sin embargo, ningún político español desafía el marco antiterrorista subyacente, desarrollado tras décadas de combatir a la ETA, que continúa basado en la Constitución de 1978, elaborada después de 40 años de dictadura y que garantiza de manera explícita las libertades individuales.
Las medidas adoptadas ayer incluyen un control más estricto del transporte y el uso de explosivos; el reclutamiento de cientos de oficiales de seguridad antiterroristas y traductores de árabe; el congelamiento de fondos terroristas y un control más severo de cuentas bancarias; una base de datos conjunta y compartida por la policía, la guardia civil paramilitar y los servicios de inteligencia; el control y el aislamiento de prisioneros islámicos; controles más fuertes en las fronteras y vínculos internacionales antiterroristas.
En la década de 1980, el gobierno socialista de Felipe González quedó tan desacreditado por los intentos del Estado por perseguir a sospechosos etarras con grupos de choque clandestinos, los GAL, que ningún gobierno desde entonces se ha atrevido a pisar fuera del marco de la Constitución española, rígidamente definida.
En 2003, el gobierno conservador endureció las penas para crímenes de terrorismo, modificando el Código Penal para alargar las condenas de prisión y endureciendo las condiciones para acceder a la libertad condicional. Los socialistas instaron a los conservadores para que consideren medidas antiterroristas más allá de las diferencias partidarias, como un tema de consenso nacional.
Los límites de cualquier legislación antiterrorista están claramente definidos por el artículo 17 de la Constitución española: todos tienen derecho a la libertad y a la seguridad y nadie puede ser privado de su libertad excepto bajo las siguientes condiciones: una detención preventiva no puede exceder el tiempo necesario para averiguación de datos, y después de un máximo de 72 horas, un detenido debe ser liberado o llevado ante un juez. Todos los detenidos deben ser informados inmediatamente y claramente de sus derechos y las razones de su detención, y no tienen obligación de declarar. Un detenido tiene derecho a un abogado en todos los procedimientos policiales y legales.
La ley establece el procedimiento de “hábeas corpus” de forma que cualquier persona ilegalmente detenida inmediatamente tenga un proceso judicial. Y la ley determina la máxima condena a prisión. Una cláusula enterrada profundamente en las provisiones legales de la Constitución dice: “La justicia emana de la gente... están prohibidas las cortes excepcionales”. Cambiar algo de esto requiere de una mayoría de tres quintas partes en ambas cámaras del Parlamento, y la aprobación mediante un referéndum nacional.

* De The Independent de Gran Bretaña. Especial para Página/12.
Traducción: Ximena Federman.

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