EL PAíS › LOS APROPIADORES DE MARíA EUGENIA SAMPALLO PIDIERON LA ABSOLUCIóN
Argumentaron que no sabían que era hija de desaparecidos. Y que tenían buenas intenciones. No explicaron por qué la anotaron como propia. Citaron otros casos de penas leves.
› Por Laura Vales
Los defensores de Osvaldo Rivas y María Cristina Gómez Pinto, los apropiadores de María Eugenia Sampallo Barragán, pidieron al tribunal oral que el matrimonio sea absuelto en el juicio que se les hace por haber criado a la niña como si fuera propia. El argumento principal fue que la pareja no sabía que María Eugenia era hija de desaparecidos. “Eran personas de barrio que no tenían forma de saber que en el país había militares que sustraían bebés”, le dijo a los jueces el defensor oficial Víctor Valle. El propio Valle admitió, sin embargo, que Rivas anotó a la niña como si fuera hija propia usando un certificado de parto falso firmado por el médico militar Julio César Cáceres Monié, luego de recibirla, a la edad de dos meses, de manos del capitán Enrique Berthier.
Este es el primer juicio oral en el que una hija de desaparecidos querella a sus apropiadores. Hace diez días, María Eugenia, quien tiene hoy 30 años, y los fiscales hicieron su pedido de penas; coincidieron en solicitar que se aplique el máximo posible de prisión –25 años– a los acusados, Rivas, Gómez Pinto y Berthier. El ex militar deberá hacer hoy su alegato; es el único de los tres que está detenido y también el único que tiene abogado particular.
La defensa de Rivas y Gómez Pinto fue encarada con una estrategia conjunta por los defensores oficiales. Los defensores Víctor Valle y María del Pilar Millet reconocieron exclusivamente lo que quedó por escrito y firmado: que Rivas inscribió en mayo de 1978 a la niña como si fuera su hija, usando un certificado de nacimiento falso. En cambio, sostuvieron que su ex mujer no participó en este delito (aunque María Eugenia haya sido anotada también como propia), ya que su firma no aparece en los certificados. Así planteadas las cosas, Valle pidió que se considere inocente a Cristina Gómez Pinto. En segundo lugar propuso que se declararan prescriptas las acusaciones dado el tiempo transcurrido. Finalmente, y para volver posibles estos pedidos de absolución, los defensores cuestionaron la idea de que la apropiación de hijos de desaparecidos pueda ser encuadrada dentro de los delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles.
María Eugenia es hija de Mirta Mabel Barragán y Leonardo Sampallo. Mirta estaba embarazada de seis meses cuando los secuestraron; los llevaron al centro clandestino de detención El Atlético y luego a El Banco. Mirta fue sacada de allí en febrero del ’78 para dar a luz. Gómez y Rivas la recibieron tres meses después, por una gestión del militar Berthier, amigo de la apropiadora.
Millet fue quien desarrolló el planteo de que ninguno de los dos se enteró del origen de la beba. Dijo que aunque haya sido un militar quien les dio a la niña, “esto no implica que ellos hayan conocido su origen”. Alegó: “En el ’78, el ciudadano común no tenía información suficiente acerca de lo que acontecía en el país. La mayoría de la sociedad, al desconocer las aberraciones del gobierno militar, lo legitimaba y era su sostén. La gente desconocía la existencia de los centros clandestinos de detención”.
Valle completó la descripción de sus defendidos. Los pintó como si se tratara de una pareja ingenua y bienintencionada: “Lo que se pretendió con esta inscripción falsa fue darle una familia. La niña fue a la escuela, se le dieron todas las vacunas y hasta aprendió idiomas”, sostuvo. También habló de los malos tratos que María Eugenia contó haber recibido durante toda su infancia. Los vinculó casi a una cosa de mala suerte: “Fueron la consecuencia de que Rivas y Gómez Pinto hayan tenido un mal matrimonio”. Y apuntó que “los informes psiquiátricos y nuestra propia impresión es que Gómez padece de serios trastornos en la personalidad”.
El cierre del alegato fue un pedido para que, en el caso de que el tribunal los condene, lo haga con penas menores que les permitan continuar en libertad. ¿El argumento? Que otros apropiadores con historias mucho peores recibieron condenas leves. Los defensores citaron casos: “A Samuel Miara, quien actuó en la represión ilegal, se apropió de dos menores y se fugó al Paraguay, lo condenaron a siete años y medio (aunque la Cámara elevó esa pena); Eduardo Ruffo, ex agente de la SIDE que se fugó para eludir la Justicia, fue condenado a seis años; Rodolfo Silva, policía bonaerense, a tres años; el ex SIDE Miguel Angel Furci a siete; el ex subcomisario Rubén Lavallén, a tres”. La enumeración fue bastante impresionante. Tal vez incluso para el propio defensor, quien cuando terminó el listado aclaró: “Claro que de estos casos aislados no puede colegirse la existencia de un plan sistemático de apropiación de menores”.
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