Sáb 05.04.2008

EL PAíS  › LA JUSTICIA SENTENCIó A OCHO Y SIETE AñOS DE CáRCEL A LOS APROPIADORES DE MARíA EUGENIA SAMPALLO

Una condena por “un vínculo cruel y perverso”

Fue el primer juicio que una hija de desaparecidos hizo contra sus apropiadores. El Tribunal Federal Oral Número 5 condenó con 8 y 7 años de prisión a los apropiadores y con 10 años al militar que la entregó. Hubo críticas por la levedad de las penas.

› Por Laura Vales

El Tribunal Federal Oral Nº 5 condenó con 8 y 7 años de prisión a Osvaldo Rivas y María Cristina Gómez Pinto, los apropiadores de María Eugenia Sampallo Barragán. Los jueces le dieron además 10 años al capitán retirado Enrique Berthier, el militar que la entregó. El juicio fue el primero que una hija de desaparecidos hace contra quienes la inscribieron y criaron como si fuera propia. María Eugenia había pedido que se aplicara a sus apropiadores el máximo de la pena prevista, por haberla privado de su identidad y del vínculo con su familia, de quien estuvo separada durante 24 años. Ayer, tras escuchar la sentencia, su abogado y las Abuelas de Plaza de Mayo criticaron la levedad de las penas: “Los jueces no entienden la gravedad de estos delitos”.

Tras oír el fallo, la joven salió de la sala de audiencias sin hacer declaraciones. En el pasillo la esperaba para saludarla el público de a la audiencia: amigos, familiares y militantes de Hijos y de Abuelas. El abogado Tomás Ojea Quintana fue quien habló en su nombre:

–Lo importante es que los tres acusados fueron condenados; en ese sentido, el balance es positivo. Que hayan sido condenados es muy importante, y María Eugenia está conforme con haber llegado a esto después de llevar adelante un proceso de siete años; pero obviamente para nosotros estos delitos necesitan de penas mayores.

También el fiscal Félix Crous habló en esos términos: satisfacción por la condena, inconformidad con sus montos (ver aparte).

Durante el juicio, los testigos habían relatado la historia de María Eugenia, que cumplió hace poco treinta años. Sus padres fueron secuestrados en 1977. Su madre, Mirta Mabel Barragán, trabajaba en la fábrica SIAP (Sociedad Industrial de Aparatos de Precisión), donde era delegada. Su padre, Leonardo Rubén Sampallo, trabajaba en el Astillero Río Santiago y era también delegado. Ambos militaban en el Partido Comunista Marxista Leninista. Mirta tenía un hijo de tres años –Gustavo– y estaba embarazada de seis meses cuando la secuestraron junto con Leonardo. Los represores dejaron al niño en una comisaría, de donde lo pudo rescatar su familia. A Mirta y Leonardo los llevaron al centro clandestino de detención El Atlético y después al Banco. En febrero del ’78 a Mirta la sacaron de allí para que diera a luz. María Eugenia nació entre marzo y abril, posiblemente en el Hospital Militar.

Osvaldo Rivas y María Cristina Gómez Pinto recibieron a la beba cuando tenía entre dos y tres meses de vida. Se las “consiguió” el capitán Berthier, que era amigo de la mujer. El matrimonio dio sus datos personales para que el médico militar Julio César Cáceres Monié les hiciera un certificado de parto falso, en el que consignó a la beba como si fuera hija de ellos. Rivas inscribió a María Eugenia como propia usando este certificado falso. Tenía entonces 35 y su mujer 30; él era empleado de Terrabussi y ella ama de casa.

María Eugenia vivió con el matrimonio toda su infancia y la adolescencia; al declarar, contó que fueron años de maltratos y que apenas pudo se fue a vivir con una amiga. Ella supo a los siete años que no era hija de Rivas y Gómez Pinto, lo que la pareja le hizo saber a través de una psicóloga, pero le ocultaron su origen dándole diferentes versiones de su filiación. Le dijeron que era hija de un matrimonio que había muerto en un accidente de tránsito, luego que su madre había sido una empleada doméstica que la había regalado o de una azafata que no la quiso tener. Ella insistía en preguntar por sus padres; en todos los relatos, Rivas y Gómez Pinto la describían como una beba que había sido abandonada. Un día, una allegada a la familia le reveló que el capitán Berthier era la persona que la llevó a la casa de los Rivas. Otro, en una discusión, su apropiadora admitió que fue el militar el que se las había dado.

En esa infancia que la propia María Eugenia describió como de desamor, ella estuvo a punto de reencontrarse con su familia, porque las abuelas recibieron una denuncia, la encontraron y pidieron un adn. Sin embargo, en esa época su familia paterna no estaba en el banco de datos y la tecnología disponible no permitió llegar a un resultado. Ella recuperó su identidad recién en el 2001, luego de presentarse voluntariamente para un segundo análisis. Así se enteró de que su abuela Azucena, su hermano Gustavo y sus tías la estaban buscando hacía 24 años.

Ayer por la mañana, el tribunal abrió la jornada preguntando a los acusados si querían hacer uso del derecho a decir unas últimas palabras antes de pasar a deliberar. Los tres lo rehusaron. Berthier había sido llevado al recinto esposado (es el único de los tres que está preso). Cecilia Pando y su grupo de lobbistas castrenses estuvieron en la puerta de los Tribunales para apoyarlos, pero no pudieron ingresar al recinto. La semana pasada habían aplaudido al militar en su alegato de defensa y habían sido desalojados de la sala; Pando ayer tuvo que quedarse en las escalinatas de la entrada.

Tras la condena, los apropiadores Rivas y Gómez Pinto seguirán en libertad hasta que haya una sentencia firme, es decir hasta que el juicio pase por Casación y eventualmente por la Corte Suprema. Berthier podrá pedir la libertad cuando cumpla dos tercios de la condena. Como está preso desde hace más de cinco años, eso podría suceder en breve. Durante el juicio, ambos apropiadores se declararon inocentes.

¿Cuál sería una pena justa para quien se apropió del hijo de un desaparecido? ¿Cómo medir el daño que provocaron los que, sin haber sido parte directa en la represión, sin haber matado o torturado, se adueñaron de lo más valioso de la vida? ¿Fueron esas apropiaciones igual que una adopción, en todo caso que una adopción ilegal, o se trata de algo más grave aún? Esas son algunas de las preguntas que circularon en estas audiencias. Rosa Rosimblit, vicepresidenta de Abuelas, aseguró que la Justicia encuentra atenuantes cuando juzga a los apropiadores, una tendencia que no se modifica pese a los años. “Lo mismo le dieron al secuestrador de mi nieto y al de Carla” (Rutilo Artés, una hija de desaparecidos que fue restituida en 1985). Victoria Donda, nieta recuperada y legisladora, hizo una comparación: “A un pibe que sale a robar le dan más pena que al que robó una vida durante mas de 20 años”. María Eugenia, que habló muy poco con los medios (sólo dio una entrevista a Página/12 y ofreció una conferencia de prensa), pidió que no se confunda a sus apropiadores con padres adoptivos. “La pregunta es si una persona que robó a un recién nacido, que le ocultó que fue robado, que tal vez secuestró o torturó a sus padres, que lo separó de ellos y de su familia, que le mintió siempre respecto de sus orígenes, que –más frecuentemente de lo que cada uno quiere pensar– lo maltrató, humilló, engañó, si una persona que hizo todo o algo de todo esto puede saber y sentir qué es el amor filial. Yo respondo que no, que el vínculo con este tipo de personas queda determinado por la crueldad y la perversión”.

La condena de ocho años contra Rivas le fue dictada por los delitos de retención y ocultamiento de una menor de diez años, más falsedad ideológica de documento público; los siete años a Gómez Pinto fueron por el delito de retención (la diferencia es porque no firmó el acta de nacimiento falsa); los 10 años a Berthier, por ser considerado coautor del ocultamiento de la niña. El tribunal integrado por Guillermo Gordo, Héctor Farías y Daniel Obligado dará a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo viernes.

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