Jue 28.05.2009

EL PAíS  › APELARON EL FALLO QUE HABILITó AL REPRESOR A SER CANDIDATO

“El juez no evaluó los antecedentes de Patti”

Los familiares de Diego Muniz Barreto, Gastón Gonçalves y Osvaldo Cambiaso apelaron la resolución del juez federal de La Plata Manuel Blanco que habilitó la candidatura a diputado nacional del represor Luis Abelardo Patti. Argumentaron que, en su resolución, el magistrado evitó evaluar los antecedentes de la participación del ex comisario en graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar y el contexto de impunidad que impidió la investigación de esos hechos.

“La impugnación de Patti se fundó en su falta de legitimidad constitucional para presentarse como candidato a un cargo público, de conformidad con lo prescripto por diversas normas nacionales e internacionales, así como por la doctrina emanada de los órganos de aplicación y control del cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos”, recordaron los abogados Carolina Varsky, del CELS, Ana Oberlin (HIJOS) y Pablo Llonto. También le reprocharon al juez que no valoró la prueba que presentaron –sobre los crímenes en los que está invulcrado Patti–, no produjo otras pruebas solicitadas y no se pronunció sobre la solicitud de convocar a una audiencia pública sobre el tema.

La presentación fue realizada ante Blanco y éste debe remitirla a la Cámara Nacional Electoral para que se expida. Mientras la Justicia analiza su situación, el represor preso en la cárcel de Marcos Paz tiene previsto hablar hoy desde un teléfono público en un acto en el teatro Brodway que oficiará de lanzamiento oficial de su lista.

Los abogados resaltaron que el propio magistrado dijo que no había controversia alguna sobre los delitos atribuidos al represor pero se limitó a rechazar la impugnación porque Patti todavía no había sido condenado. Lo que se buscó dejar en claro en este escrito es que más allá de que el Código Nacional Electoral contemple que las personas “condenadas” no pueden ser candidatos, el planteo apuntaba a discutir la posibilidad de presentarse para un cargo público de aquellas personas que cometieron delitos de lesa humanidad, sobre todo teniendo en cuenta que durante veinte años no hubo posibilidad de llevar a los sospechados de esos crímenes ante la Justicia. Recordaron que el Comité de Derechos Humanos de la ONU consideró en 1995 y 2000 que el Estado argentino debía adoptar las medidas necesarias para la exclusión de cargos estatales de personas sospechadas de participación en graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar a fin de modificar la “sensación de impunidad”. “El proceso de impuganción iniciado contra el candidato Patti no es ni más ni menos que una variante para el cumplimiento de esta obligación, ineludible para el Estado argentino”, destacaron. También hicieron mención al proyecto de ley que apunta a prohibir a los represores presentarse a elecciones, que obtuvo media sanción en general en la Cámara de Diputados. “Es otra variante más que el Estado argentino está desarrollando en la materia”, señalaron. Y aclararon que “la falta de una regulación específica no es óbice para que el Poder Judicial descarte sin más su obligación de desarrollar los esfuerzos y medidas necesarios para determinar la separación de personas sospechadas de participación en graves violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura”.

La apelación de los familiares de algunas víctimas de Patti contesta a Blanco en tanto el magistrado aludió a la resolución con la que la Corte Suprema dijo que el Congreso no tenía facultades para excluir al dictador Antonio Domingo Bussi del cuerpo, que fue usada luego como antecedente para el ex comisario: “La Corte analizó la facultad de la Cámara de Diputados para juzgar la idoneidad de sus miembros, aquí se trata de las obligaciones legalmente impuestas a la justicia electoral”.

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