Dom 10.11.2002

EL PAíS  › LA DESESPERADA FUGA DE BRINZONI

Todos para Uno

Alfonsín pidió al encargado de la Defensa de la Confederación que designe en la Corte Suprema a un juez que ayude a convalidar las leyes de impunidad. En defensa propia Brinzoni está dispuesto a sacrificar la reinserción social de los militares. Es un intento vano, ya que aun así los juicios proseguirían: por los casos anteriores a 1976, contra los civiles no incluidos, por los robos de bebés y saqueos de bienes, por el delito permanente de las desapariciones, en causas iniciadas luego de la derogación de esas leyes o una vez que la Corte Interamericana declare su incompatibilidad con las Convenciones vigentes. Demasiado costo, sólo para salvar a un hombre.

› Por Horacio Verbitsky

Por Horacio Verbitsky
@La incertidumbre con la que amenazó el ministro de Defensa Horacio Jaunarena si la Corte Suprema de Justicia confirmara la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida se limita a un hombre. Se llama Ricardo Yonofuí Brinzoni. Con tal de defender su situación personal el jefe del Ejército está dispuesto a sacrificar todos los avances hechos hasta hoy para la reinserción social de los militares.
Brinzoni era secretario general de la intervención militar en la provincia del Chaco en diciembre de 1976, cuando se produjo una de las peores masacres de la guerra sucia militar contra la sociedad argentina, en la localidad de Margarita Belén, donde más de veinte presos fueron extraídos de la cárcel de Resistencia y ejecutados en forma alevosa pretextando un inexistente intento de fuga. En 1984, el presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales, Emilio Mignone, identificó al entonces capitán Brinzoni entre los responsables. En 2001,
el mismo CELS solicitó el procesamiento de Brinzoni y de los demás responsables. Recién entonces Brinzoni dijo que aquel episodio no había sido una fuga sino un “fusilamiento encubierto de detenidos que fueron disimuladamente trasladados y eliminados durante el viaje”. Sin embargo, no admitió su propia responsabilidad. Brinzoni ha recorrido embajadas ofreciendo su versión rosada de los hechos. Uno de sus más notables interlocutores lo cortó en medio de su descargo: “Mi país y el suyo tienen muchos temas de interés común, pero éste no es uno de ellos. Quédese tranquilo. En nuestra civilización, todo hombre es inocente mientras no se demuestre lo contrario”. Para eso hace falta un juicio, y Brinzoni quiere impedirlo.
Lesa humanidad
La causa, a cargo del juez federal de Resistencia Carlos Skidelsky muestra avances significativos y esto explica la hiperactividad de Brinzoni. En otro expediente, iniciado a instancias de la organización H.I.J.O.S., Skidelsky dispuso hace un mes la detención de nueve miembros de la policía del Chaco que torturaron a detenidos en 1974 y 1975. Esos hechos nunca fueron cubiertos por las leyes de punto final y de obediencia debida, que se refieren sólo a los crímenes cometidos durante la dictadura militar. Skidelsky ordenó los arrestos por considerar que las torturas constituían crímenes contra la humanidad, cuya persecución no cesa por el mero paso del tiempo o, dicho en términos jurídicos, son imprescriptibles. De haberlos considerado delitos comunes debería haber cerrado la causa por prescripción, ya que los tormentos fueron cometidos hace 27 y 28 años y la pena máxima establecida en el artículo 144 del Código Penal es de 25 años. Esto permite inferir que cuando trate el pedido de procesamiento de los responsables de Margarita Belén, Skidelsky también anulará las leyes de punto final y de obediencia debida, ya que los crímenes contra la humanidad además de imprescriptibles son inamnistiables. Así lo declaró la propia Corte Suprema de Justicia argentina en 1995, en el caso de la extradición a Italia del criminal de guerra nazi Erich Priebke. Acorralado, Brinzoni está dispuesto a arrastrar a todo el Ejército. Lo mismo hizo el año pasado, cuando obligó a seis centenares de oficiales a designar como abogado de confianza al dirigente del partido Neo Nazi del Nuevo Triunfo, Juan Enrique Torres Bande.
Nulas
La nulidad de las leyes fue firmada en marzo de 2001 por el juez federal de la Capital, Gabriel Cavallo, a solicitud del CELS, en la causa por la desaparición del matrimonio Poblete-Hlazik. En octubre se le sumó su colega Claudio Bonadío, en la causa por la desaparición del contador Conrado Gómez, secuestrado por un pelotón de la ESMA. En noviembre, los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Luraschi y Horacio Cattani confirmaron ambas decisiones. “En el contexto actual de nuestro derecho interno la invalidación y declaración de inconstitucionalidad de esas leyes no constituye una alternativa. Es una obligación”, escribieron.
En mayo de este año fue el juez federal de Salta, Miguel Antonio Medina, quien declaró inconstitucionales las leyes y reabrió la causa por la masacre de Palomitas, del 6 de julio de 1976, donde fueron asesinados doce presos políticos. En agosto, también el juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, sostuvo que esas leyes inconstitucionales no podían interponerse en el enjuiciamiento del ex juez federal Víctor Brusa y de cinco ex policías, cuya detención ordenó. El mismo mes el Procurador General Nicolás Becerra dictaminó que ambas leyes eran nulas para proteger a los autores de crímenes contra la humanidad. Todos ellos se sumaron a la Cámara Federal de Bahía Blanca, que ya en el momento de su promulgación había considerado inconstitucionales las leyes. “Velar por la legalidad implica necesariamente remediar los casos concretos de injusticia, tener en cuenta que en estos acontecimientos históricos siempre estuvieron presentes seres humanos que, como Antígona en su desesperación, claman resarcimiento conforme a la ley o conforme a los derechos implícitos que tutelan la vida, la seguridad y la integridad; y que la única solución civilizada a estos problemas ha querido llamarse Derecho. De alguna forma hay que salvar el decoro de una sociedad que debe sobrevivir con dignidad y cuyos intereses la Constitución nos manda defender. La planificación política jamás debiera asfixiar a la prudencia jurídica porque el jurista y el juez son la voz del Derecho que sirve a la Justicia”, sostuvo el Procurador Becerra. Sólo queda la instancia de la Corte Suprema de Justicia y sobre ella se concentran todas las presiones.
Un lugar en la historia
El domingo pasado, el diario Clarín informó que Brinzoni había mantenido una reunión reservada con los ministros de la Corte Julio Salvador Nazareno y Augusto Belluscio. “El motivo: la inquietud del militar por la falta de votos necesarios para declarar la constitucionalidad de las leyes. La cuestión tiene hasta ahora el respaldo garantizado de Nazareno, de Eduardo Moliné O’Connor y de Adolfo Vázquez”, escribió el columnista Eduardo Van der Kooy. Es decir que la impunidad sólo contaría hasta el momento con tres votos seguros. Peor aún, según el propio van der Kooy, Vázquez estaría meditando renunciar para proseguir sus servicios al menemismo en un cargo electivo. Antonio Boggiano es un experto en derecho internacional privado y le resultaría muy difícil votar por la validez de leyes que en forma ostensible contradicen el texto constitucional y los compromisos internacionales del país. Belluscio está considerando la posibilidad de excusarse, debido a los conceptos que virtió en un memorándum interno en un caso anterior de apropiación de menores. Guillermo López aún no ha fijado una posición definitiva. Enrique Petracchi y Carlos Fayt se inclinarían por derivar la decisión a la Cámara de Casación Penal, como tribunal superior de la causa, que aún no se ha pronunciado y en ningún caso votarían en el sentido deseado por Brinzoni.
Antes de ser juez, Belluscio fue militante radical. Por esa vía la presión de Brinzoni llegó al conocimiento del ex presidente y ex senador Raúl Alfonsín, quien hace tres lustros envió al Congreso las leyes ahora en cuestión. Jaunarena era su ministro de Defensa en aquel momento. Alfonsín lo llamó y descubrió que Brinzoni no había consultado ni informado a Jaunarena antes de su expedición sobre la Corte Suprema. Alfonsín decidió plantear el tema al senador Eduardo Duhalde, en su carácter de encargado de la Defensa Nacional y de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina. Pero no lo hizo para reclamarle que pidiera cuentas al extralimitado jefe del Ejército. Por el contrario, lo que desea es que se cubra lo antes posible la vacante que dejó en la Corte Suprema la renuncia del juez Gustavo Bossert con un candidato sensible a las urgencias de Brinzoni. También Alfonsín y Jaunarena tienen interés personal en la cuestión. En el caso de Brinzoni, peligra su libertad. En el de los políticos radicales, lo que ellos creen su lugar en la historia. Sólo si la validez de las leyes fuera confirmada, se sentirían reivindicados. Lo contrario constituiría un desaire histórico.
En el gobierno nacional se dibujan dos líneas antagónicas, como pudo verse en agosto cuando el Procurador Becerra terminaba su dictamen. El ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Juan José Alvarez, hizo saber que el Poder Ejecutivo no ponía interés especial en el caso. En cambio el ministro de inteligencia, Tomanzano, presionó para que el dictamen pusiera a salvo a Brinzoni, pero no tuvo éxito. Durante los diez meses que duró el juicio político a la Corte Suprema de Justicia, la mayoría automática intentó negociar su suerte con el gobierno. Pero el interés del Poder Ejecutivo se concentraba en los fallos de repercusión económica, por el corralito y la pesificación, no en la obediencia debida.
El noveno hombre
El noveno juez de la Corte requiere dos tercios de los votos del Senado para su confirmación. A principios de año un grupo de organizaciones no gubernamentales especializadas en cuestiones de justicia, entregaron al gobierno nacional un documento titulado “Una Corte para la Democracia”, en el que proponían cambios en el modo de designación y remoción de los ministros de la Corte Suprema y en el funcionamiento interno del tribunal. El documento firmado por la Asociación por los Derechos Civiles, el CELS, Poder Ciudadano, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales y la Asociación Consumidores Libres, afirma que una de las fuentes de deslegitimación de la Corte Suprema, es la designación de magistrados “de ostensible carácter partidista y sin los antecedentes, la trayectoria pública y el prestigio necesarios para ocupar el cargo”.
Como remedio propusieron que en el ejercicio del enorme poder que implica la facultad presidencial de proponer candidatos a la Corte, el Poder Ejecutivo autolimitara su discrecionalidad, “sometiendo sus propuestas a la consulta previa de entidades académicas, asociaciones de abogados y jueces y organizaciones de la sociedad civil, o requiriendo de ellas sugerencias de candidatos”, de modo de elegir “personas que gocen de un apoyo plural e intachable”. Como la Constitución nada dice al respecto, también podría dictar “un código deontológico para la selección de candidatos, fijando estándares mínimos que aseguren una trayectoria y una conducta pública compatibles con la dignidad que el cargo exige”. Además hay una responsabilidad del Poder Legislativo, “que podría sancionar una ley que establezca la publicidad y el mecanismo de audiencia pública para el debate previo a la votación de los acuerdos en el Senado. Finalmente, el mismo Senado podría incorporar estos mecanismos al procedimiento de discusión y aprobación de pliegos mediante una resolución interna”, dijeron.
Como siempre
Nada de eso ocurrió en la provincia de Buenos Aires, donde el gobernador Felipe Solá acaba de designar a una radical y un peronista, ninguno con la formación constitucional que se esperaría de un miembro de la Suprema Corte. Sus nombres surgieron de una negociación política entre radicales y justicialistas y una vez enviados los pliegos su confirmación fue instantánea. La vieja política goza de buena salud.
El Colegio de Abogados de Bahía Blanca declaró que el método utilizado “es ajeno no sólo a las aspiraciones de los abogados sino al mandato constitucional que surge del artículo 175 primer párrafo de la Constitución Provincial”, el que establece que el acuerdo del Senado para los jueces de la Suprema Corte debe otorgarse “en sesión pública por mayoría absoluta de sus miembros”. Los abogados requieren que “para tales nombramientos, relacionados en su máxima expresión con la idoneidad e independencia del Poder Judicial, se cumplan una serie de exigencias tendientes a resguardar dichos valores esenciales, a través de audiencias públicas a celebrarse en los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia y la consulta a las entidades representativas de la abogacía y de la magistratura. De esta manera se evitarían las designaciones realizadas por meros acuerdos partidarios entre quienes gozan de una mayoría circunstancial, y se fortalecería la independencia y eficiencia del Poder Judicial, que es la base fundamental para garantizar la existencia de un verdadero estado de derecho, nombrándose para tan altos cargos a juristas destacados, o abogados de reconocida trayectoria, no comprometidos con los sectores políticos”.
Uno de los designados es el ex policía Luis Genoud. A su estrepitosa falta de idoneidad jurídica se suma la responsabilidad política y ética que le cabe, por omisión de control, en los asesinatos de los jóvenes Darío Santillán y Maximiliano Kosteki el 26 de junio, que motivaron su alejamiento del gabinete. Su único título es la lealtad personal al gobernador, quien repite así los peores vicios que han hundido en una ciénaga a la justicia nacional.
Caminos cerrados
Si todos los obstáculos fueran removidos, si Alfonsín persuadiera a Belluscio de no excusarse y a Duhalde de designar a un noveno juez que sumado a los anteriores formara la mayoría necesaria para disponer una vez más la impunidad, esto tendría un alcance muy reducido, por varias razones:
1 En diversas causas el fiscal Miguel Osorio, el ex juez Adolfo Bagnasco, los camaristas de la Sala I Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani y el Procurador General Becerra dijeron que las privaciones ilegales de la libertad, son delitos permanentes que se siguen cometiendo hasta la aparición de la víctima. Así lo dispone la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que Argentina suscribe. Esto implica que cualquier amnistía o indulto sólo valdría hasta el día en que fueran sancionados, pero no a la mañana siguiente. El mismo criterio se aplica en Chile donde hay docenas de militares detenidos pese a la ley de amnistía con que el pinochetismo trató de protegerlos.
2Las propias leyes de impunidad excluyeron de sus beneficios determinado tipo de delitos, como “violación, sustracción y ocultación de menores, sustitución del estado civil y apropiación extorsiva de inmuebles”, lo cual permitiría proseguir con las causas cualquiera fuera la decisión de la Corte Suprema.
3Tampoco protegen los delitos cometidos antes del golpe de 1976, como lo ejemplifica el procesamiento de los policías torturadores chaqueños.
4Su amparo nunca se extendió a los colaboradores civiles del genocidio. El mes pasado, esa brecha fue explotada por los organismos de derechos humanos del Uruguay, que consiguieron la detención del ex canciller Juan Carlos Blanco.
5 En 1998 ambas leyes fueron derogadas por el Congreso, por lo cual no podrían ser invocadas en causas que se abrieran después de esa fecha.
6El año pasado, en el caso peruano de Barrios Altos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció que eran “inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas, todas ellas prohibidas por contravenir derechos inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. Una vez conocido este fallo, los procesos interrumpidos en Lima por una ley de amnistía del ex dictador Alberto Fujimori se reanudaron. Si la Corte Suprema argentina intentara interrumpir el curso de los procesos, las víctimas acudirían a la instancia interamericana y en un par de años obtendrían una resolución favorable, obligatoria para el Estado nacional.
7Un sondeo de opinión publicado cuando Cavallo firmó la nulidad indicó que el 78 por ciento de la población estaba a favor de la reanudación de los juicios.
El desgaste político para el gobierno y para los jueces que intentaran remar contra esta sólida corriente doctrinaria, jurisprudencial, ética, política, nacional e internacional, ni siquiera tendría efectos prácticos apreciables. Tal vez Brinzoni quedara a salvo, pero no el grueso de sus compañeros en las masacres de la guerra sucia.
Parque de aversiones
Brinzoni no sólo procura detener la maquinaria judicial. También intenta reivindicar a los mayores criminales de la dictadura militar. El jueves, el ex comandante del Cuerpo de Ejército III, Luciano Benjamín Menéndez, fue invitado a compartir la ceremonia de aniversario del Cuerpo, junto a su actual titular, Julio Alberto Hang, quien se pronunció en favor de la constitucionalidad de las leyes sometidas a consideración de la Corte Suprema. Cuando se jactaba ante la prensa de que el Ejército estaba “más cerca que nunca de la comunidad”, los periodistas le preguntaron si ignoraba la irritación que a parte de la sociedad le provoca la presencia de un represor como Menéndez.
–El juicio sobre las personas está librado a la Justicia– dijo Hang.
–Menéndez no está libre por decisión de la justicia sino por un indulto presidencial– le recordaron. En junio, el propio Brinzoni había compartido el palco con Menéndez en otra ceremonia castrense.
Las presiones en contra de cualquier revisión judicial de los crímenes de la dictadura también se hizo sentir en dos decisiones recientes, del Consejo de la Magistratura y de la Cámara Nacional de Casación Penal, en contra de los Juicios por la Verdad que llevan adelante la Cámara Federal de Bahía Blanca y el Tribunal Oral de Mar del Plata. El Consejo, presidido por Nazareno, negó los 4.000 pesos que el tribunal bahiense había solicitado para filmar las audiencias. Invocó estrechez financiera, que no se advierte en los desplazamientos de Nazareno y Moliné. El Tribunal Oral marplatense estaba llevando adelante el Juicio de la Verdad por delegación de la Cámara Federal, con la conformidad de los familiares de las víctimas, que se declararon conformes con la investigación realizada desde noviembre de 2000. El tribunal ordenó conservar sin alteraciones la ex Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina, que la Armada había alquilado para el funcionamiento de un acuario y parque de aversiones. La Armada apeló y en mayo pasado la Cámara de Casación requirió el expediente completo. Por decisión de los camaristas Gustavo Hornos y Ana María Capolupo revocó la medida cautelar apelada, quitó el expediente al Tribunal Oral y lo remitió a la Cámara Federal. En disidencia votó la jueza Amelia Berraz de Vidal, quien dijo que la Casación sólo tenía jurisdicción para resolver el destino del predio. La Comisión de la Memoria de la provincia de Buenos Aires sostuvo que esa decisión arbitraria y alarmante cercena en forma ilegal “una de las pocas vías judiciales que aún quedan habilitadas en la Argentina para conocer la Verdad”, lo que implica “sumar más desesperanza a la ya acumulada con el dictado de las leyes e indultos que produjeron impunidad, silencio y pretensión de negar la memoria”. El colapso cardíaco del ex juez Leopoldo Russo en la puerta de los tribunales federales de La Plata, luego de un careo en el que trató en forma despectiva a la madre de un detenido-desaparecido y de los insultos que le dedicaron otros familiares de víctimas, realza en forma dramática las consecuencias de clausurar el recurso a la justicia.

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